El Constitucional acuerda seguir activo para casos urgentes
El alto tribunal contempla que deba resolver impugnaciones electorales sobre Galicia y el Pa¨ªs Vasco o medidas cautelares
El Tribunal Constitucional ha acordado seguir activo para asuntos urgentes pese al estado de alarma decretado ante la crisis del coronavirus. As¨ª lo han decidido los magistrados tras una ronda de consultas realizada por el presidente de la instituci¨®n, Juan Jos¨¦ Gonz¨¢lez Rivas, que desemboc¨® ayer en un pleno celebrado telem¨¢ticamente. En principio, los asuntos urgentes que podr¨ªan surgir ser¨ªan los relacionados con las elecciones de Galicia y el Pa¨ªs Vasco, aunque como han anunciado el lehendakari, ??igo Urkullu, y el presidente de la Xunta, Alberto N¨²?ez Feij¨®o, estas no se celebrar¨¢n.
No obstante, se ha querido mantener la previsi¨®n de que pudiera haber recursos electorales, por ejemplo, sobre la composici¨®n o proclamaci¨®n de candidaturas. Este tipo de recursos electorales no permiten demoras, porque tienen plazos de resoluci¨®n muy perentorios. Otro supuesto que el Constitucional ha querido tener previsto es el de la posible solicitud de medidas cautelares vinculadas a alg¨²n recurso de amparo. No es una hip¨®tesis frecuente, pero puede darse, y tambi¨¦n tienen que resolverse en plazos muy breves, porque en esos supuestos se trata de evitar un da?o que, en caso de no impedirse, resultar¨ªa irreversible.
No se prev¨¦, en cambio, que el Constitucional vuelva a tener pleno presencial alguno al menos hasta despu¨¦s de Semana Santa. La semana pasada ya hubo una reuni¨®n plenaria que se levant¨® sin haber concluido, al agravarse la situaci¨®n sanitaria que llev¨® a la declaraci¨®n del estado de alarma. Estaba previsto que la semana pr¨®xima hubiera otro pleno, ahora ya suspendido.
El Constitucional manten¨ªa abierto, entre otros asuntos, el debate sobre la ley de seguridad ciudadana ¡ªinvocada ahora en el contexto de las posibles sanciones a quienes incumplan las medidas derivadas del estado de alarma¡ª, pero es seguro que no habr¨¢ sentencia en breve plazo. La conocida como ley mordaza mantiene, por tanto, toda su vigencia y todos sus preceptos ¡ªincluidos los relativos a sanciones administrativas¡ª.
El acuerdo del Constitucional supone, por otra parte, que quedan suspendidos los plazos para realizar cualesquiera actuaciones procesales o administrativas ante el tribunal. Es decir, quien tuviera un plazo concreto para formular alegaciones, por ejemplo, sabe que en las actuales circunstancias no ha de atenerse a las fechas inicialmente previstas. Ahora bien, el Constitucional subraya en un comunicado que ¡°sin perjuicio de la suspensi¨®n del c¨®mputo de los plazos, podr¨¢n seguir present¨¢ndose recursos y dem¨¢s escritos que afecten a los distintos procesos constitucionales o administrativos a trav¨¦s del registro electr¨®nico accesible en la sede electr¨®nica www.tribunalconstitucional.es¡±.
El Tribunal Constitucional deja claro, por tanto, que ¡°la declaraci¨®n del estado de alarma no interrumpe el funcionamiento de este ¨®rgano constitucional, que continuar¨¢ dictando las resoluciones y medidas cautelares que fueren necesarias, en los procesos constitucionales que lo requiriesen, en garant¨ªa del sistema constitucional y de los derechos fundamentales y libertades p¨²blicas¡±. No habr¨¢ previsiblemente plenos presenciales ni cabe esperar en breve sentencias sobre los asuntos de mayor relevancia, como los recursos de inconstitucionalidad, por ejemplo, porque para ello ser¨ªa preciso convocar sesiones plenarias que no es probable que el Constitucional vuelva a celebrar antes de la cuarta semana de abril.
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