La justicia ordena repetir el juicio del ¡®crimen de los tirantes¡¯
El Tribunal Superior de Arag¨®n considera que el veredicto del jurado que conden¨® a cinco a?os de c¨¢rcel a Rodrigo Lanza no est¨¢ motivado
El Tribunal Superior de Justicia de Arag¨®n declar¨® este martes nulo el juicio del llamado crimen de los tirantes, que conden¨® a cinco a?os de c¨¢rcel al militante antisistema Rodrigo Lanza por la muerte, en diciembre de 2017, de Victorino La¨ªnez, un hombre que vest¨ªa esta prenda con la bandera de Espa?a. Los magistrados consideran que el veredicto del jurado, que desemboc¨® en una condena por homicidio imprudente, no estuvo suficientemente motivado, por lo que ordenan que la causa sea devuelta a la Audiencia Provincial de Zaragoza para que se celebre una nueva vista con un jurado y un magistrado diferentes.
La sentencia ahora anulada, hecha p¨²blica en noviembre de 2019, consider¨® probado que el origen del crimen fue una discusi¨®n entre el agresor y su v¨ªctima en la madrugada del 8 de diciembre de 2017 en el bar Tocadiscos, en Zaragoza, en el transcurso de la cual Lanza llam¨® a La¨ªnez ¡°facha, fascista o nazi¡±, mientras que la v¨ªctima se refer¨ªa a ¨¦l como ¡°sudaca y extranjero¡±. El fallo se?alaba que el condenado agredi¨® a La¨ªnez ¡°con alevos¨ªa¡± pero que no buscaba provocarle la muerte. El condenado, conocido por su ideolog¨ªa antisistema, ya hab¨ªa estado en prisi¨®n acusado de dejar tetrapl¨¦jico a un guardia urbano de Barcelona en 2008.
La sentencia aplic¨® una agravante al considerar que el ataque tuvo motivos ideol¨®gicos, pese a que no dio por probado que el agresor tuviera conocimiento de que su v¨ªctima vest¨ªa los tirantes con la bandera de Espa?a. Tambi¨¦n aplic¨® una atenuante al concluir que Lanza actu¨® en un arrebato. Adem¨¢s de los cinco a?os de c¨¢rcel, el agresor ¡ªque est¨¢ en prisi¨®n provisional desde su arresto¡ª fue condenado a indemnizar a la familia de la v¨ªctima con 200.000 euros. La Fiscal¨ªa, que hab¨ªa pedido 25 a?os de c¨¢rcel por asesinato con agravante ideol¨®gico, recurri¨® la sentencia, al igual que la acusaci¨®n particular y la popular. El Tribunal Superior de Justicia da la raz¨®n a estos ¨²ltimos.
Lesionar o matar
En el fallo notificado este martes, los magistrados destacan que el acta de votaci¨®n de los miembros del jurado no recog¨ªa ni los elementos de convicci¨®n para calificar los hechos como homicidio imprudente ni ¡°una sucinta explicaci¨®n de las razones por las que han declarado o rechazado declarar determinados hechos como probados¡±. En opini¨®n de la Sala, ello supone ¡°una vulneraci¨®n del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva¡± al impedir a las partes y al propio tribunal ¡°conocer el proceso l¨®gico-jur¨ªdico que ha conducido al fallo, contrastar la razonabilidad de la sentencia y controlar la aplicaci¨®n del Derecho¡±.
El tribunal cree que el jurado deber¨ªa haber explicado por qu¨¦ acept¨® unas declaraciones y pruebas periciales y rechaz¨® otras. Alude, en concreto, a los diferentes informes m¨¦dicos presentados, claves para determinar si el condenado tuvo intenci¨®n de matar o solo de lesionar y que arrojaban conclusiones contrapuestas sobre la causa final de la muerte de La¨ªnez. Los magistrados recalcan que el veredicto no razon¨® ni explic¨®, ¡°ni siquiera esquem¨¢tica y sucintamente¡±, por qu¨¦ se hab¨ªa inclinado por una de estas periciales. El fallo recalca que el principal d¨¦ficit del veredicto es la ¡°falta de explicaci¨®n de las razones por las que se considera que solo existi¨® dolo de lesionar y no dolo de matar¡±.
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