El Supremo obliga a Sanidad a informarle cada 15 d¨ªas de sus medidas para facilitar protecci¨®n a los sanitarios
El alto tribunal requiere al Gobierno para que adopte ¡°todas las medidas a su alcance¡± para ¡°la mejor distribuci¨®n" de mascarillas, guantes y gafas entre los m¨¦dicos
El Ministerio de Sanidad tendr¨¢ que dar cuenta cada 15 d¨ªas al Tribunal Supremo de las medidas que vaya adoptando para facilitar material de protecci¨®n a todos los centros sanitarios p¨²blicos y privados. As¨ª lo ha establecido este lunes el alto tribunal, que ha rechazado la petici¨®n de los sindicatos m¨¦dicos para que se instara al Gobierno a suministrar este material de forma urgente, pero ha acordado una f¨®rmula intermedia por la que requiere a Sanidad para que adopte ¡°todas las medidas a su alcance¡± para ¡°la mejor distribuci¨®n de los medios de protecci¨®n de los profesionales sanitarios¡± e informe cada dos semanas de ello al Supremo.
La decisi¨®n llega despu¨¦s de que el tribunal rechazara en marzo pasado una primera petici¨®n de la Confederaci¨®n Estatal de Sindicatos M¨¦dicos que solicitaba que se dieran 24 horas a Sanidad para suministrar a todos los centros sanitarios material de protecci¨®n frente al coronavirus. La Sala de lo Contencioso-Administrativo argument¨® entonces que, aunque la falta de material de protecci¨®n era obvia, no pod¨ªa adoptarse esa medida sin haber o¨ªdo antes a la Administraci¨®n, a la que pidi¨® informaci¨®n sobre su gesti¨®n.
Ahora, una vez escuchada la Abogac¨ªa del Estado, que ha aportado documentaci¨®n sobre la gesti¨®n realizada antes y despu¨¦s de la declaraci¨®n del estado de alarma, y la Fiscal¨ªa, que tambi¨¦n se ha opuesto a la adopci¨®n de la medida cautelar que ped¨ªan los m¨¦dicos, la sala mantiene que no se puede obligar al Gobierno a proveer de todo el material en 24 horas (los sindicatos ped¨ªan batas impermeables, mascarillas de tipo FPP2 y FPP3, gafas de protecci¨®n y contenedores de grandes residuos), pero que s¨ª debe acordar alg¨²n tipo de medida de control para ¡°preservar el derecho fundamental a la integridad f¨ªsica y el derecho a la salud de los profesionales sanitarios¡± y de los enfermos.
Esa f¨®rmula intermedia establecida requiere a Sanidad para que ¡°emprenda de inmediato¡± las actuaciones a su alcance para conseguir la mejor distribuci¨®n de los medios de protecci¨®n al personal sanitario. Adem¨¢s, tendr¨¢ que informar quincenalmente a la Sala de lo Contencioso de las medidas que vaya adoptando. La informaci¨®n ha de incluir los medios puestos a disposici¨®n de los profesionales sanitarios, su distribuci¨®n entre las comunidades aut¨®nomas y la que estas efect¨²en. Por ello, el Ministerio de Sanidad, ¡°al que corresponde la competencia y la responsabilidad,¡± deber¨¢ recabar de ellas los datos correspondientes, se?ala el Supremo en un auto notificado este lunes. Es decir, la decisi¨®n del Supremo no solo obliga al Gobierno central a detallar qu¨¦ material de protecci¨®n distribuye y c¨®mo lo reparte, sino que tambi¨¦n va a forzar a las Comunidades a dar cuenta del reparto que haga de las mascarillas, guantes, batas y resto del material.
Cuando hace unas semanas rechaz¨® por primera vez obligar a Sanidad a facilitar de forma urgente el material de protecci¨®n a los centros sanitarios, el Supremo argument¨® que no hab¨ªa indicios de que Sanidad estuviera realizando ninguna actuaci¨®n ¡°contraria a esa exigencia evidente¡±, sino m¨¢s bien al contrario: ¡°Son notorias las manifestaciones de los responsables p¨²blicos insistiendo en que se est¨¢n desplegando toda suerte de iniciativas para satisfacerla¡±, se?al¨® el tribunal. En el auto de este lunes, la sala mantiene que no puede conceder la medida cautelar que piden los sindicatos m¨¦dicos porque no es ahora el momento de valorar ¡°si existe o no inactividad¡± por parte de la Administraci¨®n para facilitar el material. Eso es lo que deber¨¢ determinar la sentencia definitiva sobre el caso, recuerda el tribunal.
La falta de material de protecci¨®n frente a la covid-19 ha llevado a muchos sindicatos y asociaciones profesionales a buscar en los tribunales una orden judicial que obligara a los responsables del sector a facilitar a los trabajadores mascarillas, guantes o batas. En los primeros d¨ªas del estado de alarma se sucedieron resoluciones discrepantes, pero la decisi¨®n del Supremo de rechazar la solicitud de los sindicatos m¨¦dicos sirvi¨® para unificar el criterio. Desde entonces, la mayor¨ªa de jueces han desestimado poner un plazo para que las Administraciones (casi siempre Sanidad, Interior, Justicia o las respectivas consejer¨ªas auton¨®micas) tengan que facilitar ese material. Est¨¢ por ver si la f¨®rmula intermedia adoptada ahora por el Supremo tiene su r¨¦plica en otros tribunales.
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