Sanidad se reserva la posibilidad de recuperar el control si hay un rebrote
En el decreto que regular¨¢ la nueva normalidad se ve, no obstante, una clara intenci¨®n de devolver todo el poder a las autonom¨ªas
Este lunes empieza la devoluci¨®n del poder a todas las comunidades que pasan a fase 3, que retomar¨¢n el control de todas las decisiones sobre la pandemia. Sin embargo, el Gobierno, a trav¨¦s del ministerio de Sanidad, se reserva la posibilidad de recuperar el control si hay un rebrote fuerte. As¨ª figura en el borrador del decreto de la llamada nueva normalidad, que est¨¢ en plena discusi¨®n con las autonom¨ªas y ser¨¢ aprobado el martes. En situaciones de ¡°urgente necesidad¡±, Sanidad podr¨¢ tomar medidas sin informar a las comunidades previamente.
El decreto que regular¨¢ la nueva normalidad est¨¢ pensado para regular el momento en el que decaiga el estado de alarma, el 21 de junio, y en toda su redacci¨®n se ve una clara intenci¨®n de devolver todo el poder a las autonom¨ªas. Pero al final del texto se a?ade una disposici¨®n adicional para que Sanidad pueda tomar decisiones r¨¢pidas, como ha hecho durante todo el pico de la pandemia, si las cosas se descontrolan en alguna comunidad. Este es el asunto m¨¢s pol¨¦mico con los nacionalistas e independentistas, que han exigido en todo momento al Gobierno que les devolviera el control de competencias.
El texto es bastante claro en esa disposici¨®n adicional: ¡°La declaraci¨®n de actuaciones coordinadas en salud p¨²blica corresponder¨¢ al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad, en cuyo caso se tomar¨¢n las medidas que sean estrictamente necesarias y se les informar¨¢ de manera urgente de las medidas adoptadas¡±.
Precisamente este viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa, reuni¨® a este consejo interterritorial, con todos los consejeros auton¨®micos, para debatir este texto y plantear el escenario de esta nueva normalidad. Este consejo ser¨¢ clave a partir de ahora en la gobernanza de la pandemia. Y el texto lo regula: ¡°La declaraci¨®n de actuaciones coordinadas obliga a todas las partes incluidas en ella y deber¨¢n encuadrarse en alguno de los supuestos siguientes: responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud p¨²blica. Dar cumplimiento a acuerdos internacionales, as¨ª como a programas derivados de las exigencias de la normativa emanada de la UE, cuando su cumplimiento y desarrollo deba ser homog¨¦neo en todo el Estado¡±.
Tambi¨¦n se a?ade un nuevo art¨ªculo relevante, que obliga a las comunidades a informar con detalle de cualquier rebrote. El Gobierno ha tenido muchos problemas para recabar datos de las comunidades hasta ahora y por eso fija por ley esta obligaci¨®n ahora que les devuelve el poder. ¡°Los ¨®rganos competentes en materia de salud p¨²blica de las comunidades aut¨®nomas deber¨¢n, en el caso de una situaci¨®n de emergencia para la salud p¨²blica y sin perjuicio de lo establecido en el art¨ªculo 65 de esta ley, aportar con car¨¢cter inmediato al Ministerio de Sanidad la informaci¨®n epidemiol¨®gica que se requiera y la identificaci¨®n de las personas responsables de la misma, as¨ª como las medidas de prevenci¨®n, control y contenci¨®n adoptadas por las comunidades aut¨®nomas y las entidades locales comprendidas en su ¨¢mbito territorial, en los t¨¦rminos que se establezcan por el Ministerio de Sanidad¡±, se?ala el texto.
El Gobierno devuelve el poder, pero se reserva de nuevo la posibilidad de tomar medidas. ¡°Corresponder¨¢ a los ¨®rganos competentes de las comunidades aut¨®nomas y de las entidades locales las funciones de vigilancia, inspecci¨®n y control del correcto cumplimiento de las medidas establecidas en este real decreto-ley, as¨ª como la instrucci¨®n y resoluci¨®n de los procedimientos sancionadores que procedan, en el ¨¢mbito de sus respectivas competencias¡±. Pero inmediatamente despu¨¦s remata: ¡°Con car¨¢cter excepcional y cuando as¨ª lo requieran motivos de extraordinaria gravedad o urgencia, la Administraci¨®n General del Estado promover¨¢, coordinar¨¢ o adoptar¨¢ cuantas medidas sean necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en este real decreto ley, con la colaboraci¨®n de las comunidades aut¨®nomas y de acuerdo con sus respectivas competencias¡±.
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