Gri?¨¢n recurre su condena en los ERE por ¡°vulnerar¡± su derecho a la presunci¨®n de inocencia
El expresidente andaluz alega ante el Supremo que la Audiencia de Sevilla ¡°prescindi¨®¡± de las pruebas de descargo presentadas durante el juicio celebrado en 2018
El expresidente de la Junta de Andaluc¨ªa Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia de la pieza pol¨ªtica del caso de los ERE que le conden¨® el pasado noviembre a seis a?os de prisi¨®n y 15 de inhabilitaci¨®n por malversaci¨®n y prevaricaci¨®n continuadas. Gri?¨¢n denuncia en su recurso de casaci¨®n que la Audiencia de Sevilla ¡°prescindi¨®¡± de las pruebas de descargo presentadas durante el juicio celebrado en 2018, y las tild¨® de ¡°meras alegaciones¡±, convencida de su ¡°culpabilidad¡± y sin ¡°coherencia ni racionalidad¡±, por lo que vulner¨® su derecho a la presunci¨®n de inocencia y a la tutela judicial efectiva.
El pasado oto?o Gri?¨¢n result¨® condenado junto a su antecesor, Manuel Chaves ¨Deste a nueve a?os de inhabilitaci¨®n por prevaricaci¨®n¨D y la exc¨²pula de la Junta, incluidos cuatro exconsejeros, por urdir ¡°un sistema fraudulento¡± dotado con 680 millones que reparti¨® sin control fondos a empresas en crisis. El tribunal dict¨® una reprimenda a las pol¨ªticas de empleo del Gobierno andaluz, gobernado por el PSOE durante 36 a?os ininterrumpidos hasta hace un a?o y medio. Ahora el expresidente andaluz pide su absoluci¨®n al recurrir la sentencia ante el alto tribunal, que previsiblemente tardar¨¢ a¨²n un a?o o dos en dictar un fallo firme.
El escrito, de 320 p¨¢ginas, refuta la tesis de la Audiencia de Sevilla sobre su culpabilidad y destaca que ignorara la resoluci¨®n del juez instructor del Supremo, Alberto Jorge Barreiro, que excluy¨® a Gri?¨¢n de la posible malversaci¨®n de fondos p¨²blicos tras estudiar el caso por el aforamiento que entonces manten¨ªan cinco excargos inculpados.
En su recurso, el expresidente andaluz alega que en un principio el tribunal excluy¨® del juicio las 250 piezas separadas de la macrocausa ¨Dal margen de la principal y pol¨ªtica¨D, pero finalmente las utiliz¨® como base de la condena en su sentencia habiendo impedido que las defensas presentaran pruebas sobre estas causas. ¡°La sentencia impugnada deja al descubierto lagunas, vac¨ªos y ausencia de fundamentaci¨®n en su iter discursivo sobre su convicci¨®n de culpabilidad de elementos esenciales objetivos y subjetivos de los tipos por los que condena a Gri?¨¢n. La resoluci¨®n impugnada, respecto de elementos esenciales, no ofrece explicaci¨®n alguna o la que ofrece recurre reiteradamente a meras presunciones y presunciones de presunciones¡±, argumenta el expresidente socialista.
Adem¨¢s, Gri?¨¢n considera que los hechos probados de la sentencia no se ajustan a los delitos de prevaricaci¨®n ni de malversaci¨®n, ya que hubo actuaciones suyas que puedan ser consideradas como ¡°resoluciones¡± y cualquier decisi¨®n tomada como exconsejero de Econom¨ªa y Hacienda entre 2004 y 2009 fue culminada con la aprobaci¨®n de una ley presupuestaria en el Parlamento andaluz. El fallo relata que el expresidente pudo haber asumido que los fondos se destinaban a un fin distinto al previsto, pero no lo declara como probado, condici¨®n necesaria para una condena por malversaci¨®n, seg¨²n el expresidente auton¨®mico.
La Audiencia de Sevilla le conden¨® por ignorar las alertas de la Intervenci¨®n General de la Junta y no actuar para corregir los defectos del fondo de los ERE durante el lustro que estuvo al frente de la Consejer¨ªa de Econom¨ªa y Hacienda. Y ahora el socialista alega que hay documentos que subrayan c¨®mo ¡°fue informando puntualmente, asumiendo, haciendo suyas y promoviendo a norma de obligado cumplimiento todas y cada una de las indicaciones, sugerencias y mejoras propuestas por la Intervenci¨®n¡±.
El expresidente acusa a los jueces de ¡°poca claridad¡± en los hechos probados, al utilizar expresiones y t¨¦rminos abiertos, polis¨¦micos, ambiguos, gen¨¦ricos, equ¨ªvocos, planos y confusos, tales como ¡®particip¨® en la elaboraci¨®n del presupuesto¡¯, ¡®posibilit¨®¡¯ o ¡®asumi¨® la eventualidad¡±. Gri?¨¢n considera que los hechos probados del fallo atribuyen a las instituciones conocimientos como sujetos activos de delitos: ¡°La Consejer¨ªa conoc¨ªa¡±, ¡°El ejecutivo andaluz tomo la decisi¨®n¡±. Y a?ade: ¡°En otros caso, el sujeto de la acci¨®n queda en la sombra, sin identificar, mediante la reiterada utilizaci¨®n de pronombres impersonales (¡°se¡±). (¡) Aparecen numerosas referencias, circunlocuciones y expresiones imprecisas (¡°esos hechos¡±, ¡°se conoc¨ªa¡±, ¡°fines destinos distintos de los p¨²blicos a los que estaban presupuestados¡±) y la sentencia reitera frases estereotipadas y patrones narrativos abstractos id¨¦nticos por anualidades¡±.
Al censurar la sentencia de 1.821 p¨¢ginas, Gri?¨¢n concluye en el escrito presentado por su abogado, Jos¨¦ Mar¨ªa Calero: ¡°El resultado final es la impresi¨®n, la falta de concreci¨®n, de claridad respecto de datos, detalles o elementos esenciales para que sea posible personalizar m¨ªnimamente el relato de hechos¡±.
Hace una semana el exvicepresidente andaluz Gaspar Zarr¨ªas fue el primero de los condenados que present¨® su recurso ante el alto tribunal, cuando aleg¨® que la designaci¨®n del juez instructor ?lvaro Mart¨ªn de la pieza pol¨ªtica del caso ERE fue arbitraria y quebr¨® el principio de juez ordinario predeterminado por la ley, entre otros motivos. El plazo de entrega de los recursos ante el Supremo finaliza el pr¨®ximo 25 de junio.
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