La jueza sobre Zaplana: ¡°Los indicios contra ¨¦l perduran y se acrecientan con la instrucci¨®n¡±.
Rechaza que la causa se investigue en la Audiencia Nacional porque la acci¨®n delictiva se inici¨® en la Comunidad
El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 8 de Valencia ha rechazado que la causa contra el expresidente de la Generalitat Valenciana y exministro de Trabajo con el PP Eduardo Zaplana, por el caso Erial, se remita a la Audiencia Nacional y ha afirmado sobre su exculpaci¨®n: ¡°Los indicios contra ¨¦l perduran y se acrecientan con la instrucci¨®n¡±.
As¨ª se desprende del auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que la jueza desestima la petici¨®n de los abogados de Zaplana para que el procedimiento se remita a Madrid al alegar que los presuntos delitos se cometieron en el extranjero, fuera del partido judicial de Valencia.
En concreto, en Valencia se investigan presuntos sobornos a cambio de adjudicaciones de las ITV y el Plan E¨®lico Valenciano en una causa en la que est¨¢ imputado Eduardo Zaplana por presuntos delitos de blanqueo, malversaci¨®n y prevaricaci¨®n.
Fue un juzgado valenciano el que comenz¨® a investigar este asunto puesto que parti¨® de unos documentos hallados en el despacho del letrado del exgerente de Imelsa Marcos Benavent dentro del caso Imelsa.
Los abogados de Zaplana consideraban que el juzgado instructor hab¨ªa perdido la competencia para seguir investigando los hechos porque la actividad supuestamente il¨ªcita se habr¨ªa registrado en el extranjero, m¨¢s concretamente en Luxemburgo, Suiza o Andorra, lugares en los que se produjeron pagos y sobornos. Tambi¨¦n volvieron a exculpar al expresidente de la Generalitat de los hechos que se le imputan.
La jueza difiere de estos argumentos. Sobre este ¨²ltimo punto, la instructora afirma que los indicios de criminalidad contra ¨¦l "perduran y se acrecientan" con la valoraci¨®n conjunta de lo instruido, y a?ade que su defensa menciona "unas pruebas a su elecci¨®n obviando el resto de la instrucci¨®n".
En relaci¨®n con la competencia, la jueza advierte de que el procedimiento se debe seguir en Val¨¨ncia porque toda la acci¨®n delictiva se inici¨® en la Comunitat, as¨ª como las presuntas adjudicaciones ilegales que supusieron el cobro de determinadas cantidades dinerarias por los investigados. Adem¨¢s, las sociedades adjudicatarias estaban domiciliadas en Valencia y en Villarreal. Tambi¨¦n la sociedad Imision S.L. e Inversiones Impega S.L. fueron creadas en la ciudad.
"Todo el n¨²cleo de entramados societarios iniciales se constituyen aqu¨ª, aunque evidentemente, y para ocultar el dinero obtenido de forma il¨ªcita, se haga uso de los llamados 'para¨ªsos fiscales' en el extranjero, utilizando o creando sociedades en los mismos o 'testaferros' que crean apariencia de ser ellos los titulares de determinados productos financieros, cuentas corrientes o sociedades", agrega.
Y apostilla: "Pero todos los actos iniciales de los delitos investigados, el urdimiento de la trama, el uso o creaci¨®n de sociedades, los contratos y las adjudicaciones se producen y perpetran en Valencia y desde Valencia".
A su entender, la utilizaci¨®n de sociedades, cuentas bancarias y personas en el extranjero son "la continuaci¨®n y consecuencia l¨®gica de una acci¨®n delictiva iniciada en Valencia y cuyo desarrollo l¨®gico, habida cuenta de los presuntos delitos cometidos, suponen la necesidad y el uso de esa actividad en el extranjero".
Y ello, a juicio de la magistrada, no basta para determinar la competencia de la Audiencia Nacional, pues de ser as¨ª, ¡°un gran n¨²mero de causas de los Juzgados de Instrucci¨®n se remitir¨ªan a la Audiencia, pues con la globalizaci¨®n, muchos delitos de todo tipo tienen ramificaci¨®n en el extranjero¡±. En este caso, insiste, al tener origen la causa en Valencia, la competencia para su investigaci¨®n es de los juzgados de instrucci¨®n de la ciudad, como tambi¨¦n opina Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n.
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