El Tribunal de Cuentas condena al exjefe de la televisi¨®n de Cospedal por gastar casi 70.000 euros con dos Visa Oro
Ignacio Villa, director general de Radio Televisi¨®n Castilla-La Mancha, pag¨® restaurantes, hoteles y sac¨® dinero de cajeros sin justificaci¨®n, seg¨²n la sentencia
El Tribunal de Cuentas ha condenado por malversaci¨®n de caudales p¨²blicos a Ignacio Villa, director de Radio Televisi¨®n Castilla-La Mancha durante la presidencia de la popular Mar¨ªa Dolores de Cospedal, por gastar 69.349,02 euros de manera injustificada con dos Visa Oro. Los gastos corresponden a comidas, cenas y alojamientos en hoteles que, seg¨²n la sentencia, a la que tuvo acceso EL PA?S, no se destinaron a fines p¨²blicos relacionados con la actividad de la televisi¨®n.
¡°El demandado provoc¨® un da?o real, efectivo, econ¨®micamente evaluable e identificado respecto a fondos p¨²blicos determinados¡±, asegura el Tribunal de Cuentas, que habla de ¡°menoscabo¡± en el patrimonio del ente p¨²blico. ¡°El demandado actu¨® con negligencia grave¡±, a?ade, ya que vulner¨® ¡°el canon de diligencia profesional que le era exigible como gestor de fondos p¨²blicos¡±.
El fallo se?ala que los pagos de comidas, cenas, alojamientos y la extracci¨®n de dinero de cajeros no se hicieron para adquirir bienes y servicios para ning¨²n departamento de la Radiotelevisi¨®n castellano-manchega ni consta en el procedimiento que se tratara de invitaciones a personas concretas relacionadas con el trabajo. Villa aleg¨®, entre otras cosas, que no era el ¨²nico autorizado para disponer de fondos a trav¨¦s de las tarjetas. Si as¨ª fuera, concluye el Tribunal de Cuentas, ¡°deber¨ªa haberse identificado por el demandado pues, de acuerdo con las reglas de distribuci¨®n de la carga de la prueba antes expuestas, era a ¨¦l a quien incumb¨ªa desvelar qu¨¦ persona o personas pod¨ªan supuestamente utilizar este medio de pago y qu¨¦ gastos realizados con el mismo deber¨ªan imputarse a tales personas¡±.
Adem¨¢s de Villa, la sentencia considera responsables contables directos a tres empleados del ente p¨²blico: Ram¨®n Villaverde, Jer¨®nimo de Mesa y Luis Vic¨¦ns. Los tres contabilizaron indebidamente los pagos pese a que no estaban sustentados por la justificaci¨®n exigible para acreditar que ten¨ªan fines p¨²blicos relacionados con la actividad del ente. Villaverde y Vic¨¦ns, que fueron directores financieros, ¡°incumplieron la normativa econ¨®mico-financiera que resultaba aplicable al ejercicio de sus funciones como directores financieros¡±, se?ala la sentencia.
Ignacio Villa gast¨® un total de 133.818 euros en cuatro a?os con las dos visas oro que le entreg¨® el ente p¨²blico para gastos de representaci¨®n, y que no pudieron ser fiscalizadas durante su mandato (se neg¨® reiteradamente a facilitar el extracto de las tarjetas al comit¨¦ de empresa y a los grupos de la oposici¨®n), seg¨²n public¨® EL PA?S en 2015.
La mayor¨ªa de los cargos efectuados por Villa entre agosto de 2011 y julio de 2015, un 92% del total, corresponden a establecimientos de hosteler¨ªa, muchos de ellos hoteles y restaurantes de lujo. ¡°Los gastos del extracto de la tarjeta no son gastos personales, sino gastos de relaciones p¨²blicas de la empresa: reuniones con presidentes de equipos de f¨²tbol, empresarios taurinos, bodegueros, gente vinculada a la econom¨ªa de la regi¨®n¡±, asegur¨® el periodista entonces. ¡°Muchas veces las invitaciones eran a seis o siete personas, todo est¨¢ perfectamente justificado¡±, a?adi¨®.
Cinco a?os despu¨¦s, el Tribunal de Cuentas considera que cerca de 70.000 euros no se destinaron a pagar gastos de relaciones p¨²blicas. La consejera del tribunal Mar¨ªa Antonia Lozano enumera en la sentencia los pagos que s¨ª ten¨ªan un fin p¨²blico y han quedado fuera del alcance: comidas con otros directivos del ente o de equipos deportivos de la comunidad aut¨®noma, comidas por asistir a eventos que cubr¨ªa la televisi¨®n... Sin embargo, hubo otros, como ¡°eventos deportivos o taurinos sin identificar¡±, ¡°seguimiento presencial de la grabaci¨®n de ciertos programas¡± o ¡°asistencia a fiestas populares en diversas localidades¡± injustificados. La sentencia se?ala que no puede aceptarse que el mero hecho de que un programa o reportaje se grabara en un determinado lugar acredita que el director general estuvo all¨ª y gast¨® dinero p¨²blico con fines institucionales.
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