El Constitucional cierra filas con el Supremo para garantizar el cumplimiento de las penas
El Alto Tribunal insiste en evaluar ¡°diversos factores¡± antes de dar beneficios penitenciarios
El Tribunal Constitucional se ha alineado con el Tribunal Supremo en materia de cumplimiento de las penas impuestas en la causa del proc¨¦s, en lo que supone un cierre de filas ante los beneficios penitenciarios concedidos por las autoridades penitenciarias de la Generalitat a los l¨ªderes independentistas condenados por sedici¨®n. En su ¨²ltimo auto, el tribunal de garant¨ªas ha denegado la puesta en libertad de la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, con ar...
El Tribunal Constitucional se ha alineado con el Tribunal Supremo en materia de cumplimiento de las penas impuestas en la causa del proc¨¦s, en lo que supone un cierre de filas ante los beneficios penitenciarios concedidos por las autoridades penitenciarias de la Generalitat a los l¨ªderes independentistas condenados por sedici¨®n. En su ¨²ltimo auto, el tribunal de garant¨ªas ha denegado la puesta en libertad de la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, con argumentos m¨¢s rigoristas que en pronunciamientos anteriores. La decisi¨®n se produce solo unos d¨ªas despu¨¦s de que el Supremo revocara las salidas semanales que la Generalitat concedi¨® en abril a Forcadell en aplicaci¨®n del art¨ªculo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Este precepto permite a la Administraci¨®n penitenciaria aplicar a reclusos en segundo grado algunos de los beneficios del tercer grado o semilibertad como son las salidas diarias de prisi¨®n o de fin de semana.
El auto del Constitucional se ha aprobado, adem¨¢s, por unanimidad, cuando resoluciones previas registraron varios votos particulares en contra de la severidad que supuso la larga prisi¨®n preventiva de los l¨ªderes independentistas. La coincidencia de criterios entre ambos tribunales se desprende de los razonamientos de las dos resoluciones, que subrayan la relevancia de que las decisiones judiciales se cumplan. El Constitucional deniega la suspensi¨®n de la pena impuesta a Forcadell argumentando que la adopci¨®n de una medida de este tipo ¡°supondr¨ªa una perturbaci¨®n grave de un inter¨¦s protegido constitucionalmente, como es el de la garant¨ªa de la efectividad de la actuaci¨®n de los poderes p¨²blicos, en este caso del poder judicial¡±.
La resoluci¨®n ¡ªde la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narv¨¢ez¡ª razona que han de evaluarse ¡°diversos factores, entre los que se encuentran la gravedad y naturaleza de los hechos enjuiciados y el bien jur¨ªdico protegido, su trascendencia social, la duraci¨®n de la pena impuesta y el resto de tiempo que reste de cumplimiento de la misma¡±, as¨ª como ¡°el riesgo de eludir la acci¨®n de la justicia¡±.
El auto del Supremo, dictado el pasado d¨ªa 23, subrayaba a su vez que ¡°los cauces previstos en la legislaci¨®n penitenciaria¡± no pueden ser utilizados ¡°en fraude de ley y para mostrar un desacuerdo m¨¢s o menos encubierto con la condena impuesta¡±.