Un embrollo jur¨ªdico en ¨¦poca de pandemia
Las resoluciones de los tribunales han ido marcando el paso a los pol¨ªticos en una situaci¨®n in¨¦dita
El embrollo jur¨ªdico que ha acarreado la pandemia del coronavirus ha escrito otro cap¨ªtulo esta semana con una nueva declaraci¨®n del estado de alarma en Madrid despu¨¦s de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la comunidad revocase las medidas que imped¨ªan a los ciudadanos salir de la capital y de otros nueve municipios de la regi¨®n. Esta resoluci¨®n, conocida apenas unas horas antes de que se validasen otros confinamientos similares en otros partes de Espa?a, ha contribuido al desconcierto de la poblaci¨®n. Y el propio Gobierno ha tenido que aclararlo: ¡°Todo sigue igual, simplemente con otra cobertura jur¨ªdica¡±, resumi¨® este viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa, sobre Madrid.
Las diferentes Administraciones espa?olas llevan mucho tiempo caminando por el alambre. Desde que se levantase el pasado 21 de junio el estado de alarma, las comunidades aut¨®nomas recuperaron el mando de las competencias sanitarias sin ese respaldo jur¨ªdico que permite restringir derechos fundamentales de forma generalizada. A partir de entonces, cada vez que toman nuevas medidas que pueden afectar a esas libertades, deben contar con el respaldo de los tribunales, que tienen que estudiar cada caso concreto y valorar si las iniciativas aprobadas son ¡°desproporcionadas¡± o no. En muchos casos, les han dado el visto bueno. En otros, no. Marcando as¨ª el paso a los pol¨ªticos.
En estos tres meses, por ejemplo, una juez tumb¨® el intento de la Generalitat de confinar en ¡°su domicilio¡± a los habitantes de ocho municipios de Lleida al considerar que el Govern pretend¨ªa imponer un estado de alarma encubierto cuando esa competencia era del Ejecutivo central ¡ªaunque la administraci¨®n catalana sorte¨® despu¨¦s el veto mediante un decreto ley, cuestionado por algunos juristas¡ª. Y en Melilla, dos jueces negaron al Gobierno aut¨®nomo la posibilidad de encerrar en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) a todos los extranjeros que viv¨ªan en ¨¦l: esa iniciativa era ¡°semejante a la prisi¨®n provisional¡±, concluyeron.
El consenso s¨ª se hab¨ªa encontrado a la hora de respaldar los denominados confinamientos perimetrales. Es decir, impedir a los ciudadanos salir de unas determinadas ¨¢reas geogr¨¢ficas, pero permitirles moverse dentro de ellas. Los magistrados consideraron proporcionadas y dieron el visto bueno a adoptar este tipo de restricciones en localidades como Aranda de Duero (Burgos); Egea de los Caballeros (Zaragoza); Peralta (Navarra); Pesquera de Duero (Valladolid); o Calahorra, Arnedo y Rinc¨®n de Soto (las tres en La Rioja).
Illa contra Enrique L¨®pez
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid tambi¨¦n aval¨® lo mismo para 37 ¨¢reas sanitarias fijadas por el Gobierno de Isabel D¨ªaz Ayuso (PP) el pasado 18 de septiembre, que despu¨¦s se ampliaron a casi 50. Pero, este jueves, este mismo TSJ rechaz¨® una restricci¨®n de movilidad similar para toda la capital y otros ocho municipios de la regi¨®n. ?La raz¨®n? El armaz¨®n jur¨ªdico que se hab¨ªa montado detr¨¢s para justificarlo. Mientras que el confinamiento perimetral por barrios ten¨ªa como base una ley org¨¢nica de 1986 que habilita a las Administraciones a restringir derechos fundamentales, el cierre total de la capital ordenado por la Comunidad a instancia del Ministerio de Sanidad se amparaba en una ley ordinaria de 2003 que, en opini¨®n de los jueces, no avala esa restricci¨®n de circulaci¨®n que se pretend¨ªa. De hecho, este mismo viernes, otros dos TSJ ¡ªde Andaluc¨ªa y Castilla y Le¨®n¡ª s¨ª respaldaron el cierre de Casariche (Sevilla), Almod¨®var del R¨ªo (C¨®rdoba), Le¨®n, Palencia y San Andr¨¦s del Rabanedo (Le¨®n) al entenderse que se fundamentaban en la primera de esas normas.
¡°La diferencia entre la resoluci¨®n del tribunal de Castilla y Le¨®n y la de Madrid se explica fij¨¢ndose en c¨®mo se plantean ambas ¨®rdenes. Madrid se apoya en la ley de 2003, y Castilla y Le¨®n lo hace en esa y tambi¨¦n en la de 1986¡±, especifican fuentes jur¨ªdicas. Castilla y Le¨®n no se refer¨ªa espec¨ªficamente a la de 1986, pero a?ad¨ªa una bater¨ªa de normas auton¨®micas que se basan en ella. La Junta de Andaluc¨ªa, por su parte, s¨ª citaba expresamente la de 1986.
Sin embargo, el Gobierno de Madrid solo busc¨® respaldo en la de 2003 y no hac¨ªa menci¨®n a la otra al transponer la orden de Sanidad. S¨ª se refiri¨® a la de 1986 en las resoluciones con las que confin¨® previamente las ¨¢reas b¨¢sicas de salud. ¡°Estamos donde estamos porque algunos han querido llegar aqu¨ª¡±, acus¨® este viernes el socialista Illa. ¡°?Qu¨¦ pretende [el ministro]? ?Qu¨¦ adem¨¢s de que nos intentan imponer una orden ilegal, lo hagamos diciendo que estamos de acuerdo y en virtud de nuestras competencias?¡±, respondi¨® despu¨¦s el consejero de Justicia de Madrid, Enrique L¨®pez (PP).
Con este contexto como tel¨®n de fondo, el Gobierno de Pedro S¨¢nchez decidi¨® este viernes decretar definitivamente el estado de alarma en Madrid para los pr¨®ximos 15 d¨ªas. ¡°El tribunal de Madrid ha expresado que la forma jur¨ªdica utilizada era insuficiente para limitar derechos como el de circulaci¨®n y reuni¨®n¡±, ha dicho Illa tras aprobarse la entrada en vigor de este instrumento excepcional previsto en la Constituci¨®n, que permite al Ejecutivo disponer del respaldo legal para restringir derechos fundamentales. Eso no significa que se aplique igual que en marzo, cuando se encerr¨® a toda la poblaci¨®n en sus casas. Puede hacerse con menor intensidad: en este caso, limitando la salida y entrada de los municipios con confinamientos perimetrales.
A pesar de todo ello, muchos juristas lo advert¨ªan desde hace tiempo: no existe una legislaci¨®n clara para afrontar este tipo de crisis sanitarias sin recurrir a instrumentos tan excepcionales como el estado de alarma. Y, pese a que el Gobierno reconoci¨® durante la primera ola de la covid-19 la necesidad de emprender reformas normativas en ese sentido, estas nunca se han producido. El propio Tribunal Superior de Madrid lo destacaba en su auto del jueves: ¡°Resulta llamativo que ante el escenario sanitario descrito no se abordara una reforma de nuestro marco normativo m¨¢s acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia¡±.
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