Magistrados del Constitucional apoyan endurecer la respuesta penal a la desobediencia
Los miembros del tribunal acogen favorablemente la propuesta del Gobierno
Los magistrados del Tribunal Constitucional han acogido favorablemente la propuesta del Gobierno para castigar con penas de c¨¢rcel el delito de desobediencia al tribunal. La iniciativa ha encontrado un eco positivo entre los jueces tras las dificultades que encontraron para definir en cada momento la respuesta legal a las iniciativas del proc¨¦s catal¨¢n. El criterio dominante en el Constitucional es que ante el refer¨¦ndum ilegal del 1-O no pudieron aplicarse normas disuasorias que, creen, habr¨ªan podido frenar las decisiones de los l¨ªderes independentistas.
A la vista de esta experiencia, la reforma legal en la que trabaja el Ministerio de Justicia es vista por estos magistrados como potencialmente ¨²til para disminuir la probabilidad de episodios de esta naturaleza, porque supondr¨ªa disponer de una legislaci¨®n preventiva, disuasoria, que el Estado no tuvo entonces en sus manos. Pasar¨ªa, eso s¨ª, por endurecer las penas asociadas al delito.
El Constitucional no tiene que implicarse en un cambio legislativo de este tipo porque no le corresponde. Pero en los an¨¢lisis que ha provocado entre diversos magistrados la iniciativa del Gobierno se ha destacado que desde el refer¨¦ndum ilegal del 9-N de 2014 en Catalu?a y el segundo, el 1-O de 2017, el Constitucional formul¨® numerosas notificaciones personales a los miembros del Ejecutivo catal¨¢n y a los de la Mesa del Parlament. En aquellas comunicaciones se les advert¨ªa de las posibles consecuencias penales de desatender las ¨®rdenes del tribunal. Pero todo ello en virtud de los actuales tipos penales, que s¨®lo prev¨¦n penas de multa e inhabilitaci¨®n para los responsables de dichos delitos.
Prisi¨®n preventiva
El endurecimiento de estos tipos penales supondr¨ªa, seg¨²n creen los magistrados, una advertencia m¨¢s eficaz frente a iniciativas que impliquen deso¨ªr las ¨®rdenes del Constitucional o perseverar en iniciativas que el tribunal haya prohibido. Recuerdan que la fase final del proc¨¦s, en septiembre y octubre de 2017, supuso un salto cualitativo en la respuesta del sistema legal, al presentarse una querella por el delito de rebeli¨®n contra los dirigentes independentistas. Los mismos c¨ªrculos se preguntan cu¨¢l hubiera sido la eficacia de una previsi¨®n normativa que, al agravar el delito de desobediencia al Constitucional, incluyera la posibilidad de acordar la prisi¨®n preventiva de los cargos p¨²blicos que incumplieran de forma reiterada los requerimientos.
El actual art¨ªculo 410 del C¨®digo Penal prev¨¦ pena de multa de tres a doce meses e inhabilitaci¨®n de seis meses a dos a?os para ¡°las autoridades o funcionarios p¨²blicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimento a resoluciones judiciales, decisiones u ¨®rdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ¨¢mbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales¡±. La medida cautelar de prisi¨®n preventiva no se aplica a estas conductas, dado que no llevan aparejadas pena de prisi¨®n.
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