El PP no logra que el Constitucional vuelva a limitar los plazos de investigaci¨®n penal
El tribunal inadmite por extempor¨¢neo el recurso contra la norma que permite prolongar las pesquisas en casos complejos
El PP ha fallado, por llegar tarde, en su intento de que el Tribunal Constitucional vuelva a limitar los plazos de investigaci¨®n penal. El alto tribunal ha inadmitido por ¡°extempor¨¢neo¡± el recurso del PP contra la ley de julio de 2020 que suprime el l¨ªmite m¨¢ximo de 18 meses para la investigaci¨®n de las causas penales complejas. Ese plazo de a?o y medio lo introdujo el Gobierno de Mariano Rajoy en diciembre de 2015 como reforma del art¨ªculo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y fue acogido con protestas por asociaciones de jueces y fiscales, ya que complicaba en gran medida la instrucci¨®n de sumarios por delitos econ¨®micos y de corrupci¨®n. El Constitucional ha rechazado por unanimidad entrar en el fondo de la cuesti¨®n, al entender que los 50 diputados del PP que firmaron el recurso lo presentaron cuando ya hab¨ªa terminado el per¨ªodo h¨¢bil de tres meses para formalizarlo.
La ley 2/2020, que vuelve a flexibilizar los plazos de instrucci¨®n, entro en vigor el 27 de julio pasado. El art¨ªculo ¨²nico de esa norma fija el principio de que la investigaci¨®n judicial ¡°se desarrollar¨¢ en un plazo m¨¢ximo de doce meses¡±, pero permite al juez instructor decretar ¡°pr¨®rrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses¡± si constata que no puede acabar las pesquisas en el plazo ordinario. Eso, en la pr¨¢ctica, supone acabar con cualquier limitaci¨®n temporal de partida.
En concreto, el PP impugnaba la disposici¨®n transitoria de esa ley 2/2020. En ella se dispone que las causas penales que se iniciaron cuando ya estaba vigente el l¨ªmite m¨¢ximo de 18 meses dejan de estar sometidas a esa restricci¨®n temporal. Y que en esas investigaciones, adem¨¢s, se pon¨ªa el contador a cero para el plazo ordinario de 12 meses prorrogables.
La formaci¨®n conservadora ped¨ªa la nulidad de esa disposici¨®n transitoria al entender que el reinicio de los plazos m¨¢ximos de investigaci¨®n infringe los principios de seguridad jur¨ªdica e irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, del art¨ªculo 9 de la Constituci¨®n. Tambi¨¦n estimaban los diputados firmantes que la modificaci¨®n legal pod¨ªa suponer vulneraciones del derecho fundamental de los ciudadanos a un proceso sin dilaciones indebidas, del art¨ªculo 24.2 de la Ley Fundamental.
La cuesti¨®n de los plazos de instrucci¨®n ha generado importantes controversias en causas complejas, algunas de las cuales han afectado al propio PP. Uno de tales casos se produjo en septiembre pasado, cuando el PP se opuso a un auto dictado por el juez de la Audiencia Nacional Jos¨¦ de la Mata para permitir que la investigaci¨®n de una pieza separada sobre la financiaci¨®n irregular de esta formaci¨®n pudiera seguir abierta hasta el 29 de julio del presente a?o.
Mediante sendos recursos ante la Audiencia Nacional, la representaci¨®n de los populares sostuvo que no deb¨ªa aplicarse la entonces nueva ley de plazos procesales, ya que la instrucci¨®n de la pieza separada de los ¡°papeles de B¨¢rcenas¡± finaliz¨® el 31 de diciembre de 2019. La tesis del PP era que en el caso de la Caja B ¡°no nos encontramos por tanto ante un proceso en tramitaci¨®n a la entrada en vigor de la Ley 2/2020 sino que estamos ante una instrucci¨®n cuyo plazo ha expirado sobradamente¡±.
El Constitucional no entrar¨¢ en este momento en el fondo de la cuesti¨®n, al inadmitir el recurso de los diputados del PP. En este sentido el auto dictado por el tribunal, del que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol, sostiene que ¡°el recurso de inconstitucionalidad se ha formalizado en fecha posterior a la expiraci¨®n del plazo establecido en el art¨ªculo 33 de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional (tres meses a partir de la publicaci¨®n de la norma), por lo que es extempor¨¢neo¡±. La resoluci¨®n precisa que la Ley 2/2020, de 27 de julio, fue publicada en el BOE el 28 de julio de 2020 y el recurso se formul¨® el 24 de noviembre de 2020, ¡°una vez transcurrido, por tanto, el referido plazo de tres meses¡± h¨¢biles para la formular la impugnaci¨®n.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.