El Constitucional avala el uso del bable en el parlamento de Asturias
La sentencia subraya que esta reforma no implica la cooficialidad del asturiano en la administraci¨®n ni en la ense?anza
El Tribunal Constitucional ha decidido en su ¨²ltimo pleno avalar el uso del bable en las sesiones de la Junta General ¡ªel parlamento auton¨®mico¡ª de Asturias, despu¨¦s de una deliberaci¨®n que se prolong¨® durante dos d¨ªas. El tribunal inici¨® el debate con posturas muy alejadas, que pudieron reconducirse hacia un pacto interno al establecerse que el empleo del asturiano tendr¨ªa validez en la Junta General o Parlamento del Principado, como defend¨ªa el Gobierno auton¨®mico, pero precisando que ello no implica la cooficialidad del bable en las administraciones p¨²blicas ni como lengua vehicular en la ense?anza.
La reforma del reglamento de la asamblea parlamentaria asturiana que permiti¨® el uso del bable en cualquier intervenci¨®n fue recurrida por Vox, al considerar que se trataba de una iniciativa con objetivos pol¨ªticos de diferenciaci¨®n de la comunidad aut¨®noma. El recurso se?alaba efectos de dif¨ªcil reparaci¨®n, ya que el uso del bable se extender¨ªa entre otras a las actividades de control del Gobierno auton¨®mico, y no todos los diputados entienden el asturiano.
Todos estos argumentos fueron citados y se estudiaron en el debate del Constitucional. En la votaci¨®n, la vicepresidenta del tribunal, Encarnaci¨®n Roca, se mantuvo en su postura negativa a avalar la reforma del reglamento del Parlamento asturiano. Al final, el recurso de Vox fue rechazado con ese ¨²nico voto en contra, aunque tambi¨¦n se anunci¨® por lo menos un voto concurrente, del magistrado Pedro Gonz¨¢lez Trevijano. El voto concurrente es el que se expresa dando conformidad al criterio mayoritario ¡ªen este caso a favor del uso del bable en la asamblea parlamentaria del Principado¡ª, pero con propuestas alternativas de redacci¨®n del fallo, para dejar los argumentos esenciales m¨¢s atados o expuestos de otro modo.
La sentencia, en todo caso, va a dejar muy claro que el bable seguir¨¢ sin tener la consideraci¨®n de lengua cooficial en Asturias, porque no se regul¨® as¨ª en el Estatuto de Autonom¨ªa del Principado. A tenor de los argumentos empleados en el debate de la sentencia, el voto o votos concurrentes, a su vez, subrayar¨¢n que el posible objetivo pol¨ªtico de regular la cooficialidad del bable tendr¨ªa que canalizarse por medio de una reforma del Estatuto, con todas sus consecuencias, que entre otras cosas implica la necesidad de obtener una mayor¨ªa reforzada y la aprobaci¨®n en las Cortes. Lo que el Constitucional ha querido evitar, en suma, es que esa cooficialidad pueda llegar a darse por la v¨ªa de reformas parciales, primero en el ¨¢mbito parlamentario, luego en el administrativo y m¨¢s tarde en el sector de la ense?anza, por ejemplo, evitando un debate general y la modificaci¨®n del Estatuto de autonom¨ªa del Principado, por entenderse que ello supondr¨ªa una v¨ªa fraudulenta.
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