El Supremo condena al diputado de Podemos Alberto Rodr¨ªguez por dar una patada a un polic¨ªa
El Congreso y la Junta Electoral deben decidir si pierde el esca?o el ex ¡®n¨²mero tres¡¯ de la formaci¨®n, sentenciado a una multa de 540 euros
La Junta Electoral Central y el Congreso de los Diputados tendr¨¢n que decidir en los pr¨®ximos d¨ªas si el diputado de Unidas Podemos Alberto Rodr¨ªguez debe dejar su esca?o por darle una patada a un polic¨ªa durante una manifestaci¨®n contra la Ley Org¨¢nica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) en 2014. El Tribunal Supremo conden¨® este jueves a Rodr¨ªguez a un mes y 15 d¨ªas de c¨¢rcel por un delito de atentado a agentes de la autoridad y le impuso una pena accesoria de inhabilitaci¨®n especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo. Este tipo de inhabilitaci¨®n le impide presentarse a elecciones, pero no implica la p¨¦rdida del esca?o. Sin embargo, hay dudas jur¨ªdicas sobre si la condena firme a 45 d¨ªas de c¨¢rcel puede impedirle mantener el acta.
El Supremo enviar¨¢ la sentencia a la Junta Electoral, que se reunir¨¢ pr¨®ximamente para estudiar el fallo y decidir c¨®mo se aplica la condena. Fuentes parlamentarias se?alan que, en este caso, en cumplimiento del art¨ªculo 21.2 del Reglamento de la C¨¢mara baja, el diputado por Santa Cruz de Tenerife y exsecretario de Organizaci¨®n de Podemos quedar¨ªa suspendido en sus ¡°derechos, prerrogativas y deberes parlamentarios¡± durante el tiempo que dure la condena, es decir, no podr¨ªa votar ni desarrollar su actividad como diputado durante 45 d¨ªas.
Fuentes jur¨ªdicas sostienen, por su parte, que la sentencia del Supremo puede comprometer la permanencia de Rodr¨ªguez como diputado. Estas fuentes explican que para presentarse a diputado no se puede tener una condena firme de prisi¨®n (art¨ªculo 6.2 de la Ley Electoral) y que, por tanto, la Junta Electoral puede entender que concurre una causa de inelegibilidad sobrevenida que haga que pierda el esca?o.
Unidas Podemos discrepa de esta interpretaci¨®n. Fuentes de este grupo defendieron ayer que la decisi¨®n del Supremo de cambiar la pena de c¨¢rcel por una multa impide que la condena de Rodr¨ªguez implique una inhabilitaci¨®n absoluta para el ejercicio del cargo, sanci¨®n que no ha sido impuesta por el tribunal. Juristas consultados admiten que esa sustituci¨®n (impuesta por el art¨ªculo del 71.2 del C¨®digo Pena para las penas inferiores a tres meses) abre la puerta a otras interpretaciones, pero advierten de que ese art¨ªculo se refiere a la ejecuci¨®n de la pena de c¨¢rcel, pero no anula la existencia de esta, por lo que podr¨ªa seguir existiendo la causa de inelegibilidad sobrevenida. La decisi¨®n final, en todo caso, no se adoptar¨¢ hasta que la resoluci¨®n y el auto de ejecuci¨®n sean notificados al Congreso y se conozca la posici¨®n de la Junta Electoral, se?alan fuentes parlamentarias.
La sentencia que condena a Rodr¨ªguez considera probado que el ahora diputado particip¨® en un enfrentamiento contra la polic¨ªa que se produjo el 25 de enero de 2014 en La Laguna (Tenerife) durante una manifestaci¨®n de rechazo a la Lomce. Seg¨²n el tribunal, Rodr¨ªguez ¡°propin¨® una patada en la rodilla¡± a uno de los polic¨ªas, que, a consecuencia de la agresi¨®n, sufri¨® una contusi¨®n de la que se cur¨® en un d¨ªa y que no le impidi¨® seguir trabajando esa jornada.
Neg¨® los hechos
En el juicio, celebrado el pasado 21 de septiembre en el alto tribunal, el parlamentario explic¨® que asisti¨® a la manifestaci¨®n, pero neg¨® haber participado en los altercados y haber pegado la patada por la que el Supremo le condena. El agente agredido asegur¨® que vio c¨®mo Rodr¨ªguez le pateaba, pero no le detuvo para ¡°no perder la l¨ªnea¡± de protecci¨®n que hab¨ªa organizado la Polic¨ªa.
Esta declaraci¨®n es la prueba fundamental que ha tenido en cuenta el Supremo para la condena. La Sala recalca que la v¨ªctima ¡°en sus declaraciones no expres¨® duda alguna respecto a que el acusado fue quien le propin¨®, voluntariamente, una patada en su rodilla izquierda, en el curso de los incidentes que tuvieron lugar¡±. Durante la vista oral, Rodr¨ªguez atribuy¨® las acusaciones del agente a ¡°un montaje policial¡± para ¡°criminalizar la protesta¡±, pero el tribunal descarta esta versi¨®n. Dos de los siete magistrados que formaron el tribunal han emitido un voto particular en el que abogan por la absoluci¨®n de Rodr¨ªguez.
Rodr¨ªguez se sent¨® en el banquillo con una petici¨®n de pena por parte de la Fiscal¨ªa de seis meses de prisi¨®n, pero durante la vista oral la Fiscal¨ªa la rebaj¨® a tres meses y 10 d¨ªas por las dilaciones indebidas del proceso. El Supremo la ha recortado a¨²n m¨¢s por considerar que no esta justificada la extensi¨®n de la duraci¨®n total de la causa ¡ªsiete a?os¡ª en un asunto que carec¨ªa de ¡°cualquier complejidad¡±. Rodr¨ªguez estaba tambi¨¦n acusado de un delito leve de lesiones, pero ha sido absuelto ya que las faltas (categor¨ªas en las que se englobaban antes estos delitos) fueron despenalizadas en 2015.
Sin NINGUNA prueba objetiva y con dos votos particulares demoledores en contra.
— Alberto Rodr¨ªguez (@Alber_Canarias) October 7, 2021
El derecho de manifestaci¨®n cada vez m¨¢s peque?ito y el descr¨¦dito de la justicia espa?ola cada vez mayor.
Nos vemos en el TEDH.
Supongo que si hubiera robado 5 millones, ahora estar¨ªa absuelto.???¡á?
Con informaci¨®n de Javier Casqueiro y Paula Chouza.
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