El juez del ¡®caso Gali¡¯, sobre el papel de S¨¢nchez: ¡°Lo que nos dice la ley es que el presidente del Gobierno dirig¨ªa esta actuaci¨®n conjunta¡±
El instructor Lasala exonera al jefe de Gabinete de Gonz¨¢lez Laya, pero mantiene imputada a la exministra de Exteriores
El juez Rafael Lasala, que investiga la entrada en Espa?a del l¨ªder del Frente Polisario, Brahim Gali, para tratarse de una grave afecci¨®n de la covid, apunta al presidente del Gobierno, Pedro S¨¢nchez, como supuesto responsable de la entrada de Gali y de que no se informara a la Audiencia Nacional de la llegada del dirigente saharaui. ¡°Lo que nos dice la ley es que el presidente del Gobierno dirig¨ªa esta actuaci¨®n conjunta¡±, se?ala el juez en un auto dictado el jueves 10. Adem¨¢s, el titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 7 de Zaragoza levanta la imputaci¨®n del diplom¨¢tico Camilo Villarino, jefe de Gabinete de la entonces ministra de Asuntos Exteriores, Arancha Gonz¨¢lez Laya, pero mantiene imputada a esta ¨²ltima, en respuesta al recurso de la Abogac¨ªa del Estado que ped¨ªa el sobreseimiento libre de ambos.
En su escrito, el juez va m¨¢s all¨¢ de los hasta ahora imputados al asegurar que, puesto que ¡°participaron en esta operaci¨®n [de entrada del l¨ªder del Polisario] autoridades y funcionarios cualificados de los ministerios de Asuntos Exteriores, Interior y Defensa [¡] y puesto que la actuaci¨®n de ellos fue inmediata y coordinada, lo que nos dice la ley es que el presidente del Gobierno dirig¨ªa esta actuaci¨®n conjunta¡±. Aunque la acogida de Gali fue consecuencia de la petici¨®n recibida desde Argelia por la ministra Gonz¨¢lez Laya, el juez insiste: ¡°La decisi¨®n ¨²ltima correspond¨ªa al presidente del Gobierno, sabiendo los ministros de Interior y Defensa que por tal decisi¨®n deb¨ªan comunicar a determinadas autoridades y funcionarios de sus departamentos que siguieran las instrucciones que diera Camilo Villarino¡±.
El juez reconoce que la mayor¨ªa de los presuntos delitos por los que se abri¨® la investigaci¨®n, que sigue en fase de instrucci¨®n, no han sido acreditados. Afirma que ¡°hasta el momento no se ha conseguido indicio alguno de que [la exministra y su jefe de Gabinete] participaran en la falsificaci¨®n de un documento de identificaci¨®n personal [de Gali] o en la presentaci¨®n del mismo en el hospital de San Pedro de Logro?o¡±. ¡°Tampoco¡±, agrega el auto, ¡°cabe hablar de encubrimiento¡± de los delitos por los que Gali estaba siendo investigado en la Audiencia Nacional, ya que ¡°el encubridor ha de conocer sin duda alguna que el sujeto ha cometido un delito, no bastando sospechas o especulaciones¡±. Adem¨¢s, explica, ¡°la asistencia a un enfermo siempre es un acto de humanidad, aunque sea cuestionable el criterio por el que se establecen prioridades entre pacientes en una misma situaci¨®n cl¨ªnica, algo que excede al campo de esta investigaci¨®n judicial¡±, apostilla.
No obstante, Lasala sostiene que ¡°no puede desecharse¡± la existencia de un delito de prevaricaci¨®n, pese a reconocer que ¡°no es f¨¢cilmente apreciable¡±. Este delito se habr¨ªa cometido, supuestamente, al ocultar a la Audiencia Nacional la presencia del l¨ªder del Polisario en Espa?a. El juez admite que no exist¨ªa ninguna orden de detenci¨®n contra ¨¦l, pero s¨ª se hab¨ªa pedido ¡°su identificaci¨®n o localizaci¨®n¡±, lo que ¡°no es un hecho indiferente¡±, a su juicio. Aunque, reconoce, ¡°si nada se sab¨ªa de la condici¨®n procesal de Gali, ning¨²n reproche penal cabe realizar¡±.
Pero el juez aprecia una contradicci¨®n: Villarino dijo que el 23 de abril ¨DGali lleg¨® a la base a¨¦rea de Zaragoza el 18 de ese mes¨D recibi¨® una llamada de la jefa de Gabinete del ministro del Interior anunci¨¢ndole que la Polic¨ªa Judicial le hab¨ªa comunicado que hab¨ªa una orden de localizaci¨®n del l¨ªder del Polisario por parte de la Audiencia Nacional y que se le iba a comunicar a la misma su llegada, a lo que el diplom¨¢tico respondi¨® que se hiciera de inmediato. Sin embargo, la Comisar¨ªa General de Polic¨ªa Judicial respondi¨® en un oficio al juzgado que, entre el 18 y el 23 de abril, no hab¨ªa comunicado nada respecto de Gali al Ministerio del Interior. De este hecho deduce el juez que los responsables de Interior conoc¨ªan la orden de localizaci¨®n de Gali antes de su llegada, ¡°cuando se adopt¨® la decisi¨®n de que entrara en Espa?a, con lo cual se habr¨ªa omitido de forma consciente comunicar a la Justicia espa?ola la localizaci¨®n en territorio nacional de una persona a la que se quer¨ªa recibir declaraci¨®n como investigado y de la que se hab¨ªa interesado en varias ocasiones su localizaci¨®n¡±.
El propio juez reconoce que ¡°este proceso deductivo es insuficiente¡± y que ¡°es sumamente improbable encontrar alg¨²n otro indicio, m¨¢s a¨²n cuando se han invocado frecuentemente deberes de secreto profesional cuando no la Ley de Secretos Oficiales¡±. Sin embargo, rechaza el sobreseimiento libre que reclamaba la Abogac¨ªa del Estado y el archivo provisional que reclamaba el fiscal y mantiene la imputaci¨®n de la exministra Gonz¨¢lez Laya, aunque exonera a Villarino. Argumenta el juez que el diplom¨¢tico ¡°fue informado de la pendencia de causas penales contra Gali cuando llevaba varios d¨ªas en Espa?a¡±, por lo que era ¡°ajeno al n¨²cleo de personas que ¨Den su caso, se insiste¨D hubieran sabido del inter¨¦s judicial sobre Gali y m¨¢s a¨²n respecto a quien hubiera tomado la decisi¨®n de no comunicar nada de tal supuesto al Juzgado de Instrucci¨®n¡±. Aunque el auto no lo menciona, el l¨ªder saharaui abandon¨® Espa?a el 1 de junio de 2021, tras prestar declaraci¨®n ante el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, quien no le impuso ninguna medida cautelar.
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