El Supremo anula el proceso para elegir a la c¨²pula de Protecci¨®n de Datos
El tribunal deja sin efecto el acuerdo del Consejo de Ministros con las ternas de candidatos a presidente y adjunto
El Tribunal Supremo ha dado un golpe definitivo al intento del Gobierno de sortear la ley que regula el proceso de selecci¨®n de la c¨²pula de la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) y su adjunto. La sala de lo Contencioso-Administrativo ha anulado este martes el acuerdo del Consejo de Ministros por el que, el pasado 22 de febrero, se comunic¨® al Congreso de los Diputados las ternas de candidatos a presidente y adjunto, un acuerdo que el propio tribunal hab¨ªa suspendido cautelarmente en marzo pasado al considerarlo ¡°viciado de ra¨ªz¡± porque el PSOE y el PP hab¨ªan anunciado el nombre de los dos elegidos antes de publicar la convocatoria p¨²blica preceptiva para que pudieran concurrir otros aspirantes al puesto. El Supremo ha adoptado esta decisi¨®n, se?alan fuentes jur¨ªdicas, despu¨¦s de que la Abogac¨ªa admitiera ante el propio tribunal la versi¨®n de unos de los aspirantes al cargo, que recurri¨® el acuerdo del Gobierno.
La decisi¨®n adoptada ahora por la Sala de lo Contencioso-Administrativo devuelve la pelota al Ejecutivo, que deber¨¢ decidir si empieza el procedimiento de cero o lo enmienda para ajustarlo a la ley. El proceso de selecci¨®n del nuevo presidente de la AEPD y su adjunto ha acabado en los tribunales despu¨¦s de que el Consejo de Ministros aprobara en febrero la terna de candidatos para cada puesto que propuso un comit¨¦ de expertos. El Gobierno envi¨® esas candidaturas al Congreso para que la Comisi¨®n de Justicia votase, de entre esos nombres, a los dos elegidos. Pero la ley que regula el proceso, de 2018, establece que el Gobierno debe enviar a un candidato para cada puesto y el papel de la C¨¢mara es ¡°ratificar¡± o rechazar esa propuesta.
Dos de los aspirantes al puesto recurrieron el acuerdo del Gobierno y la sala de lo Contencioso ha admitido una de las impugnaciones, la presentada por Leonardo Cervera, director del Supervisor Europeo de Protecci¨®n de Datos, quien defendi¨® que se estaba lesionando su derecho fundamental al acceso a cargos y funciones p¨²blicas en condiciones de igualdad. Pero aunque lo que ha llegado al Supremo es el acuerdo del Consejo de Ministros, el proceso ha estado envuelto en la pol¨¦mica desde que se inici¨®, en noviembre pasado.
La c¨²pula de la AEPD, dirigida por Mar Espa?a, ten¨ªa que haberse renovado en 2019, pero la elecci¨®n de la presidencia, que antes era discrecional del Gobierno, est¨¢ regulada desde 2018 por una ley que exige una mayor¨ªa de tres quintos del Congreso. El PSOE y el PP incluyeron la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos en el acuerdo que alcanzaron en octubre pasado para renovar el Tribunal Constitucional y el de Cuentas y anunciaron que la AEPD pasar¨ªa a tener una presidenta, Bel¨¦n Cardona ¨Dcatedr¨¢tica de Derecho del Trabajo y actual subsecretaria de Justicia, Interior y Administraci¨®n P¨²blica de la Generalitat valenciana¨D, propuesta por los socialistas, y una adjunt¨ªa a la presidencia, Borja Adsuara ¨Dabogado y consultor en derecho digital¨D, a iniciativa popular.
El problema es que la ley de 2018 obliga a que el presidente y el adjunto de la AEPD salgan de una convocatoria p¨²blica, que no se hab¨ªa realizado cuando PSOE y PP comunicaron su acuerdo. Se convoc¨® casi un mes despu¨¦s y concurrieron Cardona, Adsuara y otros 12 candidatos. Todos pasaron por un proceso de selecci¨®n y, en febrero, el Consejo de Ministros envi¨® al Congreso una terna que propuso un comit¨¦ de expertos para el puesto de presidente (que incluye a Cardona) y otra para el de la adjunt¨ªa (que incluye a Adsuara). Ya solo quedaba que el Congreso votara, de entre esa terna, a los dos elegidos. Y si el PSOE y el PP segu¨ªan adelante con su acuerdo, los puestos ser¨ªan para Cardona y Adsuara. Pero los recursos presentados por dos de los candidatos tambi¨¦n incluidos en las ternas, y que estaban convencidos de que sus candidaturas no progresar¨ªan, han acabado por obligar al Gobierno a dar marcha atr¨¢s.
La decisi¨®n del Supremo se produce, se?alan fuentes jur¨ªdicas, despu¨¦s de que la Abogac¨ªa del Estado haya admitido que el proceso se apart¨® de la ley. Con esta admisi¨®n, que implica que la Abogac¨ªa asume la versi¨®n del recurrente, el Supremo dio este martes por resuelto el asunto, aunque en los pr¨®ximos d¨ªas dictar¨¢ una sentencia en la que tambi¨¦n aludir¨¢ al fondo del asunto y recalcar¨¢ la ilegalidad del procedimiento. Ya lo hizo en el auto en el que suspendi¨® el proceso cautelarmente. En esa resoluci¨®n, el Supremo advirti¨® de que el procedimiento estaba ¡°viciado de ra¨ªz¡± porque ¡°en puridad no hay tal proceso, sino mera apariencia¡±.
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