Videovigilancia para evitar maltratos en las salas donde se cachea desnudos a los presos
Interior sigue una recomendaci¨®n del Defensor del Pueblo y extiende una medida ya en funcionamiento en algunos centros
La Secretar¨ªa General de Instituciones Penitenciarias ha dado instrucciones a las prisiones dependientes del Ministerio del Interior ¨Dtodas menos las de Catalu?a y Pa¨ªs Vasco, con la gesti¨®n transferida¨D para que aquellas que a¨²n no las tengan instalen c¨¢maras de videovigilancia en las salas donde se practican los cacheos con desnudo integral a los reclusos, seg¨²n un documento interno al que ha tenido acceso EL PA?S. Estos espacios concentran buena parte de las denuncias de malos tratos que presentan los presos, seg¨²n recoge en sus informes anuales el Defensor del Pueblo. De hecho, la aplicaci¨®n de esta medida, que se extender¨¢ tambi¨¦n a las celdas en las se aplica a internos la sujeci¨®n mec¨¢nica de manera prolongada para supervisar c¨®mo se han desarrollado estas medidas de contenci¨®n, es una antigua recomendaci¨®n del organismo que encabeza ?ngel Gabilondo.
Con la extensi¨®n de los sistemas de videovigilancia ¨Dfuentes de Instituciones Penitenciarias prefieren hablar de ¡°homogeneizaci¨®n¡±¨D Interior pretende evitar, por un lado, los casos de maltrato a presos, pero tambi¨¦n destapar posibles acusaciones infundadas de estos contra funcionarios de prisiones. La medida se pone en marcha cuando est¨¢n a punto de cumplirse dos a?os de que el Comit¨¦ Europeo para la Prevenci¨®n de la Tortura, dependiente del Consejo de Europa, inici¨® una investigaci¨®n por los supuestos malos tratos sufridos, en septiembre de 2020, por un preso en la c¨¢rcel de Estremera (Madrid). El recluso, que presentaba hematomas en los gl¨²teos, las piernas y las plantas de los pies cuando fue visitado por una delegaci¨®n de este comit¨¦, denunci¨® haber sido golpeado por varios funcionarios en la sala de cacheo de su m¨®dulo, en la que no hab¨ªa c¨¢maras. Tras el incidente, que ha sido investigado por un juzgado e Interior, la direcci¨®n de esta c¨¢rcel instal¨® dispositivos de videograbaci¨®n en estos espacios, destacan fuentes penitenciarias.
Ahora, esta medida, que ya est¨¢ instaurada en m¨¢s centros, seg¨²n recalcan fuentes de Instituciones Penitenciarias, va a ser obligatoria para todas las c¨¢rceles dentro de la adaptaci¨®n a la ¨²ltima modificaci¨®n de la ley de protecci¨®n de datos. Estas mismas fuentes detallan que cada centro deber¨¢ informar del estado actual de sus sistemas de videovigilancia ¨D¡±algunos son antiguos¡±¨D y cu¨¢les son sus necesidades para implementar las nuevas medidas. ¡°Se lleva m¨¢s de ocho a?os trabajando en ello¡±, aseguran. La instrucci¨®n interna ¨Dque entrar¨¢ en vigor a mediados de agosto y da tres meses a los centros para adaptarla sus procedimientos de r¨¦gimen interior¨D regular¨¢ el uso de estos sistemas de videograbaci¨®n, ¡°una herramienta leg¨ªtima de prevenci¨®n¡± y que es considerada ¡°un instrumento de apoyo al ejercicio de las competencias del personal penitenciario para garantizar la seguridad personas y colectiva¡±.
El documento recuerda que deben seguir sometidos a este tipo de vigilancia las zonas comunes de las c¨¢rceles, los espacios destinados ¡°al dep¨®sito y custodia de objetos, documentos o valores¡± y el aparcamiento de veh¨ªculos del centro. Por el contrario, sigue estando prohibido que graben im¨¢genes de las v¨ªas p¨²blicas que rodeen el penal, salvo cuando sea imprescindible por motivos de seguridad; y del interior de las celdas, ba?os, vestuarios y salas donde los reclusos mantienen comunicaciones con familiares y abogados. La instrucci¨®n abre la posibilidad a que los funcionarios porten ¡°dispositivos m¨®viles de grabaci¨®n¡±.
El documento a?ade otros espacios del recinto donde ahora ser¨¢ ¡°necesario¡± disponer de videovigilancia. Adem¨¢s de las salas de cacheo con desnudo integral (donde se adoptar¨¢n medidas especiales para preservar la intimidad del recluso) y las celdas destinadas a la sujeci¨®n mec¨¢nica, deber¨¢n instalarse en las dependencias donde se custodien los medios coercitivos (defensas de goma, aerosoles y grilletes) que usan los funcionarios para determinar qui¨¦n accede a ellos y las celdas destinadas a aplicar el aislamiento provisional de los internos. El documento a?ade que las im¨¢genes en estos lugares tendr¨¢n ¡°car¨¢cter reservado¡± y solo se podr¨¢ acceder a ellas ¡°para el ejercicio de las labores de supervisi¨®n por parte de la autoridad competente¡±. De hecho, solo se podr¨¢n extraer cuando exista una ¡°queja o denuncia¡± de un supuesto maltrato para ponerla ¡°a disposici¨®n de la autoridad competente¡±. Si no existiera denuncia, a los tres meses ¡°ser¨¢n destruidas de oficio sin extraerse del sistema¡±. En su ¨²ltimo informe, el Defensor del Pueblo recomendaba que este plazo se elevase hasta un m¨ªnimo de seis meses.
Las im¨¢genes grabadas en el resto de los espacios videovigilados solo tendr¨¢n que guardarse durante 30 d¨ªas. No obstante, deber¨¢n extraerse antes de que su produzca su borrado aquellas relacionadas con sucesos en los que internos o funcionarios hayan sufrido lesiones, con ¡°incidentes de car¨¢cter grave o muy grave¡± (secuestros, motines, plantes, evasiones...), con denuncias o quejas de reclusos por malos tratos o cuando se abra una investigaci¨®n judicial o interna relacionada con alg¨²n hecho acontecido en las zonas con c¨¢maras.
Para garantizar la validez legal de la grabaci¨®n, la instrucci¨®n detalla que ¡°el visionado y extracci¨®n de las im¨¢genes solo se realizar¨¢ por el personal expresamente designado¡± por la direcci¨®n del centro y, adem¨¢s, se habilitar¨¢ un procedimiento de ¡°claves o c¨®digos individualizados¡± para identificar de manera ¡°fehaciente e indubitable de cada una de las personas designadas¡± para este fin. ¡°Esto permitir¨¢ acreditar la trazabilidad y no alteraci¨®n¡± de las im¨¢genes, a?ade el escrito.
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