Sevilla quiere ser tan capital como Madrid, Barcelona, Santiago o Zaragoza
El Ayuntamiento reclama a la Junta una ley de capitalidad como tienen otras comunidades, una norma que garantiza m¨¢s financiaci¨®n y competencias, pero que genera conflictos con los Gobiernos aut¨®nomos y recelos con otras ciudades
¡°Ya est¨¢ bien de que la que sea la m¨¢s guapa tenga que estar continuamente justific¨¢ndose¡±. As¨ª se dirigi¨® una vecina de Sevilla a su alcalde, el socialista Antonio Mu?oz, para mostrarle su apoyo en su reivindicaci¨®n de que la que aparece en el Estatuto de Autonom¨ªa como la capital de Andaluc¨ªa tenga reconocida esa singularidad en una norma. Mu?oz, avalado por un pleno que vot¨® por unanimidad la iniciativa el pasado mes de julio, ha desempolvado una demanda hist¨®rica de la ciudad hispalense: tener una ley de capitalidad que le blinde una mayor financiaci¨®n, le dote de m¨¢s competencias y capacidad de inversi¨®n para afrontar los inconvenientes de ser la sede de las instituciones de la Junta y encabezar una de las ¨¢reas metropolitanas m¨¢s pobladas de Espa?a, con 1,5 millones de habitantes repartidos entre la ciudad (45%) y 46 municipios circundantes (55%), cuyos residentes no pernoctan en Sevilla, pero utilizan la mayor¨ªa de sus servicios p¨²blicos.
¡°Ser capital de Andaluc¨ªa no es un deseo de este alcalde, viene recogido en el Estatuto de Autonom¨ªa¡±, se?ala Mu?oz. ¡°Reclamo tener el mismo marco jur¨ªdico especial del que gozan otras capitales espa?olas, donde sus comunidades aut¨®nomas han desarrollado normas donde recogen lo que significa y supone ser la capital¡±, sostiene.
El alcalde de Sevilla quiere seguir la senda que inici¨® Vitoria en 1980, que consolid¨® Barcelona en 1998 y a la que se han ido sumando otras ciudades como Palma de Mallorca, Santiago de Compostela, Santa Cruz de Tenerife, M¨¦rida o la propia Madrid, entre otras. Todas gozan de un estatus jur¨ªdico especial desarrollado por sus respectivos parlamentos, que les garantiza una autonom¨ªa en la gesti¨®n de determinadas competencias, pero, sobre todo, una financiaci¨®n espec¨ªfica. La ¨²ltima en sumarse a este club de capitales reconocidas por ley ha sido Zaragoza, en 2017. Valencia est¨¢ en ello, pero las negociaciones para el desarrollo de su norma est¨¢n en un punto muerto.
¡°En Espa?a, el r¨¦gimen local siempre ha sido muy uniforme. La ley de Bases de R¨¦gimen Local de 1985, de hecho, no hac¨ªa ninguna diferenciaci¨®n entre los municipios¡±, explica Silvia D¨ªez Sastre, profesora de Derecho Administrativo y directora del Instituto de Derecho Local de la Universidad Aut¨®noma de Madrid. ¡°El movimiento de diferenciaci¨®n local empieza a cambiar a finales de los 90 y tiene su reflejo en la ley de grandes ciudades de 2003, donde se toma conciencia de que una gran ciudad, por poblaci¨®n, por necesidad de servicios y por composici¨®n pol¨ªtica de sus ¨®rganos de gobierno, debe tener una organizaci¨®n diferente a la de otros municipios¡±, se?ala.
Las grandes ciudades, y tambi¨¦n algunas capitales de provincia, se han erigido en los ¨²ltimos tiempos en actores globales y las localidades con cierto peso no solo institucional, sino tambi¨¦n econ¨®mico, ans¨ªan tener un reconocimiento diferenciado que les allane el camino burocr¨¢tico a la hora de ejercer de manera directa determinadas competencias sobre servicios esenciales, como el transporte, servicios sociales, vivienda, empleo o educaci¨®n, tener una mayor gesti¨®n directa de la seguridad, poder albergar grandes eventos, pero, sobre todo, tener una garant¨ªa jur¨ªdica de acceso a recursos econ¨®micos propios.
Ese estatus es el que se garantiz¨® Barcelona con su Carta Municipal otorgada en 1998. ¡°Es un instrumento esencial para la gobernanza de la ciudad, es como nuestro propio Estatuto de Autonom¨ªa¡±, afirma Jordi Mart¨ª, concejal de Presidencia del Ayuntamiento de la capital catalana. La norma, explica Mart¨ª, contempla cuatro consorcios obligatorios con la Generalitat en materia de servicios sociales, vivienda, sanidad y educaci¨®n. ¡°Son competencias que en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol deber¨ªan estar atribuidas a los gobiernos aut¨®nomos, pero cuya gesti¨®n nos reconoce la Carta¡±, indica el edil, quien se?ala que el texto plantea m¨¢s transferencias, como la de justicia de proximidad, que a¨²n no se han desarrollado.
A diferencia de otras capitales de comunidades que tienen reconocida esa singularidad por ley, en Barcelona el convenio para determinar la financiaci¨®n y sus competencias, no es exclusivo con el Gobierno aut¨®nomo, sino que tambi¨¦n forma parte el Ejecutivo central, un organismo a tres bandas que ¨²nicamente se replica en Madrid y del que a Sevilla tambi¨¦n le gustar¨ªa disponer ¡°para acelerar la coordinaci¨®n de grandes eventos o visitas de jefes de Estado o altos cargos¡±, expone Mu?oz.
Roces en Zaragoza y Santiago y punto muerto con Valencia
¡°El problema del reconocimiento de un estatus espec¨ªfico de capitalidad es jur¨ªdico, pero tambi¨¦n es en buena parte pol¨ªtico¡±, advierte Roberto Gal¨¢n, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla, quien se?ala no solo ¡°a los eventuales agravios comparativos con otras ciudades¡±, sino a los acuerdos y equilibrios a los que hay que llegar entre ayuntamientos y gobiernos regionales para acordar la financiaci¨®n. ¡°Si no hay voluntad pol¨ªtica podr¨¢ haber una ley, pero no se cumplir¨¢¡±, advierte.
Es, a grosso modo, lo que ha pasado en Arag¨®n, donde su actual presidente, el socialista Javier Lamb¨¢n, aprob¨® la ley r¨¦gimen especial de Zaragoza en 2017, cuando estaba gobernada por Zaragoza en Com¨²n, pero no se desarroll¨® hasta 2021, cuando la presi¨®n del nuevo alcalde, el popular Jorge Azc¨®n, para que la dotara de contenido, aboc¨® en la firma de un convenio para garantizar jur¨ªdicamente a la capital aragonesa una financiaci¨®n anual de 20 millones de euros. En Santiago de Compostela, la disparidad de colores pol¨ªticos entre el consistorio y la Xunta tambi¨¦n ha generado tensiones a cuenta de la financiaci¨®n. La capital gallega acaba de celebrar el 20? aniversario de su Estatuto de capitalidad por el que el Gobierno aut¨®nomo otorga al Ayuntamiento una financiaci¨®n anual, cuya partida asciende actualmente a 2,39 millones. El Ejecutivo municipal del PSOE ya ha reclamado a la Xunta que no es suficiente porque ha ido menguando, desde que en 20111 se rebajaran esos fondos un 15%.
En Valencia, el proyecto de Carta municipal, una vieja aspiraci¨®n de todos los gobiernos municipales, sin importar su color, se impuls¨® casi de manera definitiva en 2018, cuando la coalici¨®n de Comprom¨ªs, PSPV y Podem que gobernaba en el Ayuntamiento le present¨® un borrador al presidente de la Generalitat, el socialista Ximo Puig, donde se ped¨ªan m¨¢s competencias, m¨¢s autonom¨ªa y financiaci¨®n especial por su condici¨®n de capital. La negociaci¨®n se aparc¨®, seg¨²n fuentes municipales, por la cercan¨ªa de los comicios locales de 2019 y despu¨¦s por la pandemia. Sin embargo, el alcalde Joan Rib¨®, de Comprom¨ªs, envi¨® el pasado mes de mayo una carta recordando a la Generalitat la necesidad de abordar, entre otros temas, la singularidad de la ciudad. No hay, por tanto, fecha para que la ley de Capitalidad de Valencia se convierta en proyecto de ley y se someta a la votaci¨®n del Parlamento auton¨®mico.
Recelos de otros municipios
¡°La capitalidad puede llegar hasta donde quiera llegar la pol¨ªtica¡±, sostiene la profesora D¨ªez. En Andaluc¨ªa, la Junta ha enfriado las expectativas de Sevilla de desarrollar en esta legislatura una ley de capitalidad. Alegan que su compromiso con la ciudad es evidente por las inversiones realizadas en los ¨²ltimos cuatro a?os y tampoco quieren, a las puertas de unas elecciones municipales, incomodar a uno de sus grandes activos, Francisco de la Torre, el alcalde de M¨¢laga, considerada como la capital econ¨®mica de la regi¨®n, que siempre se ha opuesto a que Sevilla tenga blindada por ley una financiaci¨®n adicional, incluso cuando esa iniciativa la plante¨® su compa?ero de partido, Juan Ignacio Zoido, cuando era alcalde de la capital andaluza.
¡°Los dem¨¢s municipios de Andaluc¨ªa no entender¨ªamos que Sevilla recibiera un trato preferente a?adido, hasta cierto punto ego¨ªsta, por ser capital cuando ser capital ya supone un trato preferente enorme. Lo he dicho muchas veces, yo pagar¨ªa por ser capital¡±, explica De la Torre. El regidor malague?o considera que ser capital, sin necesidad de ninguna norma que se lo reconozca, conlleva m¨¢s ventajas que inconvenientes y apunta a que en Sevilla ¡°hay al menos 50.000 funcionarios m¨¢s que en M¨¢laga, que elevan su renta media y empujan su econom¨ªa, una econom¨ªa que en M¨¢laga es propulsada por el dinamismo econ¨®mico del sector privado, no por el aparato administrativo de la Junta¡±.
El recelo no es exclusivo de M¨¢laga. Bilbao en su momento tambi¨¦n se opuso a que Vitoria fuera reconocida capital de Euskadi. Pero, precisamente, la ley de Sede de las Instituciones de la Comunidad del Pa¨ªs Vasco otorga desde 1980 a la ciudad alavesa un estatus que le garantiza una financiaci¨®n espec¨ªfica a trav¨¦s de convenios que ahora asciende a 10 millones de euros anuales, y que muchos ayuntamientos de capitales con leyes de capitalidad en vigor, ponen como modelo de colaboraci¨®n y eficacia.
Inter¨¦s pol¨ªtico para tener m¨¢s privilegios o un mecanismo eficaz para poder desarrollar competencias esenciales para atender a unas necesidades que se multiplican por el tama?o de su poblaci¨®n, la presencia de instituciones, de manifestaciones o para que las capitales puedan desarrollar todo su potencial ¡ªen muchas ocasiones mucho mayor que el de sus propias comunidades¨D en un contexto global de competencia urbana brutal. ¡°La herramienta puede ser ¨²til siempre que se acomode a la realidad¡±, afirma D¨ªez.
Con informaci¨®n de Cristina V¨¢zquez y Sonia Vizoso
La excepci¨®n de Madrid
No todas las leyes de capitalidad contemplan cuestiones financieras. Es el caso de Madrid, aprobada en 2006 cuando era alcalde Alberto Ruiz-Gallardón, que no contempla ningún capítulo para dotar de más ingresos a la ciudad ni incluye ningún incremento de competencias, aunque si incorpora procedimientos para agilizar la toma de decisiones. Como en el caso de la Carta de Barcelona, la norma madrileña también constituye la Comisión de la Capitalidad en la que están representandos la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento.
“El caso de Madrid es muy interesante por el órgano de coordinación de las tres administraciones”, subraya la profesora de Derecho Administrativo y directora del Instituto de Derecho Local de la Universidad Autónoma de Madrid, Silvia Díez Sastre. La ley de capitalidad madrileña se centra en cuestiones de seguridad relacionadas con actos oficiales del Estado que se celebran en la capital o manifestaciones en las que intervienen las fuerzas de seguridad.
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