El Constitucional rechaza el recurso de Vox sobre el 25% de castellano en las escuelas catalanas por presentarlo fuera de plazo
La impugnaci¨®n se formaliz¨® sin las firmas de los diputados legitimados para recurrir, y cuando el partido subsan¨® dicha carencia ya era tarde
El Constitucional ha inadmitido a tr¨¢mite el recurso de Vox contra las normas catalanas aprobadas para eludir la aplicaci¨®n del 25% de castellano en las escuelas de Catalu?a. El motivo reside en que dicha formaci¨®n present¨® su impugnaci¨®n contra la nueva normativa ling¨¹¨ªstica catalana apoy¨¢ndose en la legitimaci¨®n de su grupo parlamentario para plantear que una determinada ley sea declarada incons...
El Constitucional ha inadmitido a tr¨¢mite el recurso de Vox contra las normas catalanas aprobadas para eludir la aplicaci¨®n del 25% de castellano en las escuelas de Catalu?a. El motivo reside en que dicha formaci¨®n present¨® su impugnaci¨®n contra la nueva normativa ling¨¹¨ªstica catalana apoy¨¢ndose en la legitimaci¨®n de su grupo parlamentario para plantear que una determinada ley sea declarada inconstitucional y expulsarla del ordenamiento jur¨ªdico. Pero el hecho es que las 50 firmas requeridas para formalizar el recurso no constaban en la documentaci¨®n aportada al tribunal.
En vista de esta carencia, el Constitucional requiri¨® a Vox para que presentase la certificaci¨®n de dichas 50 firmas, con el fin de dar por cumplidos todos los requisitos exigidos para la formalizaci¨®n de un decreto de inconstitucionalidad. Pero seg¨²n fuentes del tribunal ocurri¨® que Vox ¡ªque dio a conocer su recurso el pasado 7 de septiembre, despu¨¦s de que el PP y Cs presentasen otra impugnaci¨®n contra la misma normativa¡ª, aport¨® el documento suscrito por sus diputados cuando ya hab¨ªa transcurrido el plazo h¨¢bil para hacerlo.
Al examinar el caso durante el pleno que ha tenido lugar esta semana, el Constitucional comprob¨® que el recurso hab¨ªa sido presentado cumpliendo todos los requisitos exigibles, menos el de dichas firmas en tiempo y forma. La decisi¨®n del tribunal, en aplicaci¨®n de las normas legales sobre los recursos de inconstitucionalidad ha sido, por tanto, la de inadmitir el recurso a tr¨¢mite por no haberse cumplido ¨ªntegramente todos los pasos fijados por la ley.
El Constitucional, en todo caso, tendr¨¢ que pronunciarse sobre la constitucionalidad de la nueva legislaci¨®n catalana en materia ling¨¹¨ªstica en las escuelas de Catalu?a, dado que s¨ª han sido admitidos a tr¨¢mite sin problema alguno tanto el recurso que presentaron conjuntamente el PP y Cs como la cuesti¨®n de inconstitucionalidad planteada por el propio Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC). Parad¨®jicamente, se da la circunstancia de que el l¨ªder de Vox dijo al plantear ante el tribunal de garant¨ªas el recurso de su partido que dicha iniciativa era ¡°una clar¨ªsima muestra de que Vox se ha erigido en el verdadero defensor de los derechos constitucionales y de los derechos de los ciudadanos espa?oles¡±.
La ley catalana sobres usos ling¨¹¨ªsticos en las escuelas fue acordada por el PSC, Junts y los ¡°comunes¡±. La norma establece dichos usos en funci¨®n de las necesidades educativas y de la diversidad cultural y ling¨¹¨ªstica del alumnado, sin aplicaci¨®n obligatoria del mencionado 25% de la ense?anza en lengua castellana. PP y Cs fueron los primeros en anunciar que impugnar¨ªan las nuevas disposiciones legales, y el pasado 13 de septiembre el Constitucional admiti¨® a tr¨¢mite su recurso de inconstitucionalidad.
La impugnaci¨®n del PP y Cs se dirige contra varios art¨ªculos del decreto ley 6/22 por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboraci¨®n, aprobaci¨®n, validaci¨®n y revisi¨®n de los proyectos ling¨¹¨ªsticos de los centros educativos catalanes, as¨ª como contra los art¨ªculos 2.1 y 2.4 de la ley 8/2022 sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la ense?anza no universitaria. Ambas normas fueron impugnadas asimismo ante el tribunal de garant¨ªas por el propio Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, que consider¨® que ambas presentan ¡°indicios de inconstitucionalidad¡± y un posible ¡°fraude de ley¡± cometido por la Generalitat con el objetivo de no cumplir la sentencia. Mientras el Constitucional no resuelva los recursos presentados y admitidos a tr¨¢mite, la obligatoriedad del 25% no puede aplicarse.