La Audiencia de Navarra no rebajar¨¢ penas a agresores sexuales cuando estas puedan imponerse con la nueva ley
El tribunal, que tiene pendiente revisar la condena de un miembro de La Manada, se suma al criterio de la Fiscal¨ªa sobre la norma del ¡®solo s¨ª es s¨ª'
La Audiencia Provincial de Navarra ha decidido mantener una posici¨®n similar a la de la Fiscal¨ªa General del Estado y, seg¨²n ha anunciado este lunes, no usar¨¢ la ley del solo s¨ª es s¨ª para rebajar condenas a agresores sexuales si la pena impuesta con la normativa anterior se puede aplicar tambi¨¦n con la nueva. La Junta de Magistrados de las Secciones Penales del tribunal navarro ha llegado a este acuerdo tras celebrar una reuni¨®n par...
La Audiencia Provincial de Navarra ha decidido mantener una posici¨®n similar a la de la Fiscal¨ªa General del Estado y, seg¨²n ha anunciado este lunes, no usar¨¢ la ley del solo s¨ª es s¨ª para rebajar condenas a agresores sexuales si la pena impuesta con la normativa anterior se puede aplicar tambi¨¦n con la nueva. La Junta de Magistrados de las Secciones Penales del tribunal navarro ha llegado a este acuerdo tras celebrar una reuni¨®n para unificar criterio, como ya han hecho otras Audiencias provinciales, que mantienen posturas dispares. Por ejemplo, las de Madrid, Bizkaia, Granada, Zaragoza, C¨®rdoba y M¨¢laga se desmarcaron la semana pasada del criterio de la Fiscal¨ªa y acordaron aplicar el criterio m¨¢s favorable al reo.
A trav¨¦s de un comunicado, la Audiencia de Navarra ha detallado que adopta esta decisi¨®n a la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie y fije ¡°doctrina¡± sobre la Ley de Garant¨ªa Integral de la Libertad Sexual, cuya entrada en vigor se encuentra marcada por la pol¨¦mica. En las ¨²ltimas semanas, se han conocido cerca de una veintena de rebajas de penas a condenados por delitos sexuales. Decenas de sentenciados m¨¢s han solicitado que se les apliquen beneficios similares: entre ellos, ?ngel Boza, uno de los cinco integrantes de La Manada ¡ªel grupo que viol¨® a una chica de 18 a?os en los Sanfermines de 2016 y cuyo caso impuls¨®, precisamente, esta reforma legislativa¡ª.
Boza, condenado a 15 a?os de prisi¨®n por aquella agresi¨®n sexual ¡ªconsiderada primero abuso por la Audiencia Provincial y m¨¢s tarde violaci¨®n por el Supremo¡ª , ha solicitado a la Audiencia de Navarra que le rebaje la pena a 13 a?os y nueve meses. Una solicitud que, de aplicarse el criterio acordado ahora en la junta de magistrados, no prosperar¨¢. Seg¨²n los c¨¢lculos de su propia defensa, con la ley del solo s¨ª es s¨ª la horquilla de penas prevista para este delito oscila de 13 a 18 a?os de c¨¢rcel y, por tanto, la condena inicial es posible tambi¨¦n con la nueva normativa.
Argumentaci¨®n
Para defender su postura, en l¨ªnea con la Fiscal¨ªa General del Estado, la Audiencia de Navarra argumenta que la ley del solo s¨ª es s¨ª ¡°establece una nueva configuraci¨®n de tipos penales¡±: ¡°No existe una aut¨¦ntica correlaci¨®n con los preceptos derogados que permita una comparaci¨®n objetiva de delitos id¨¦nticos¡±. Por ello, a?ade, solo se proceder¨¢ a rebajar las condenas cuando sean superiores a las penas m¨¢ximas previstas en la nueva normativa. ¡°No se proceder¨¢ a la revisi¨®n de la pena en aquellos casos en que la pena impuesta resultare tambi¨¦n imponible con arreglo al nuevo marco legal¡±, establece el comunicado.
El pasado lunes, el fiscal general del Estado, ?lvaro Garc¨ªa Ortiz, dict¨® un decreto para ordenar a los fiscales que se opongan a revisar sentencias de agresores sexuales cuando la pena original est¨¦ incluida en la horquilla de penas que contempla la nueva ley. Sin embargo, distintas Audiencias Provinciales han mantenido otro criterio: la de Madrid acord¨® que, en los casos en los que se hubiera aplicado inicialmente la pena m¨ªnima al agresor sexual, se revisar¨¢ el fallo para imponerle la nueva pena m¨ªnima, como ya ha sucedido en varios casos en esa comunidad. El argumento es que hay que cumplir con el principio penal b¨¢sico de que el condenado tiene derecho a la aplicaci¨®n retroactiva de la ley cuando le favorece.
Cantabria rebaja de 18 a 11 a?os la pena a dos violadores
La Audiencia de Cantabria ha rebajado de 18 a 11 años la pena que había impuesto en 2020 a dos hombres que violaron a una mujer en un hostal de Santander. Cada uno de ellos fue condenado inicialmente a 12 años de prisión por agresión sexual agravada (por la perpetración conjunta de dos personas) y a otros seis años como cooperadores necesarios, ya que la joven fue sujetada por uno de ellos mientras el otro la violaba y luego los dos agresores se intercambiaron.
La Sección Primera de la audiencia, tras considerar el recurso de la defensa de los condenados, fija ahora la pena por el primer delito en siete años de cárcel y por el segundo, en cuatro, por lo que la pena de cada uno se queda en 11 años de prisión. El tribunal argumenta que la pena original fue la mínima que la ley preveía en ese momento para un delito agravado (12 años), y que ahora la mínima son siete años.
"La horquilla de pena [con la ley anterior] iba de los 12 a los 15 años de prisión. Ahora se prevé para dicha conducta una pena de entre siete y 15 años", explican los jueces. Por tanto, sostienen, “siguiendo el criterio de la sentencia dictada por esta sala, de aplicar la pena mínima prevista en la ley, procedería sancionar la conducta con una pena de siete años de prisión”. El mismo criterio que exponen para el delito de cooperación necesaria.
El tribunal se desmarca así del criterio de la Fiscalía General del Estado y no ve de aplicación la disposición transitoria del Código Penal de 1995 sobre revisión de las penas en la que algunos órganos judiciales se han basado para mantenerlas. “No se considera que esos criterios sean aplicables a una ley aprobada 27 años después de aquella”, señala el auto, que recuerda que otras leyes orgánicas que han modificado el Código Penal sí han contenido una disposición para limitar la rebaja de penas de sentencias ya dictadas. La ley del solo sí es sí no la contiene.
Los hechos probados en la sentencia relatan cómo los dos condenados invitaron a subir a un hostal de Santander a una mujer con la que habían estado de copas por varios bares de la capital cántabra. Una vez allí, pese a la negativa de la víctima, "uno de ellos la tiró sobre la cama y le obligó a realizarle una felación, al tiempo que el otro la penetraba". "Después intercambiaron las posturas, penetrándola ambos vaginal y oralmente, pese a la negativa de la mujer".