La propuesta del PSOE para la ¡®ley del s¨ª es s¨ª¡¯ que se debate hoy en el Congreso: penas m¨¢s altas para las agresiones con violencia o intimidaci¨®n
La reforma de los socialistas sobre la Ley Integral de Libertad Sexual incrementa entre uno y dos a?os con car¨¢cter general las penas m¨ªnimas o m¨¢ximas de los supuestos m¨¢s graves
La propuesta del PSOE para reformar la ley de libertad sexual, cuya toma en consideraci¨®n votar¨¢ este martes el Congreso, eleva las penas de las agresiones sexuales cometidas con violencia o intimidaci¨®n. Este cambio implica recuperar en gran medida el marco penal anterior a la ley del solo s¨ª es s¨ª, en la que para dar cabida en el delito de agresiones sexuales a las conductas m¨¢s leves ¡ªantes tipificadas como abusos¡ª se rebajaron algunas penas. Eso es lo que ha dado lugar a que muchos delincuentes sexuales condenados con la ley anterior vean reducido su castigo. El primer recuento oficial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), publicado el jueves, cifra en 721 las penas ya rebajadas.
De salir adelante, la propuesta socialista solo se aplicar¨¢ a las agresiones cometidas una vez que esta entre en vigor, por lo que no evitar¨¢ que se sigan produciendo reducciones de penas de delincuentes condenados antes de esta reforma o pendientes de juzgar, ya que la ley obliga siempre a aplicar al reo la norma penal m¨¢s favorable. No obstante, servir¨¢ para evitar que, en un futuro, las agresiones m¨¢s graves puedan saldarse con una pena m¨¢s baja de la que preve¨ªa el C¨®digo Penal anterior a la ley del solo s¨ª es s¨ª. Para ello, los socialistas proponen un subtipo agravado de agresi¨®n que se aplique a aquellos casos cometidos con violencia, intimidaci¨®n o sobre una v¨ªctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad (lo que penaliza, por ejemplo, las agresiones bajo sumisi¨®n qu¨ªmica). Tambi¨¦n se incrementa el castigo en las agresiones a menores para volver al escenario anterior, lo que supone elevar las m¨ªnimas en unos supuestos y las m¨¢ximas en otros.
La iniciativa del PSOE ha disparado la tensi¨®n con sus socios de Podemos, para quienes distinguir con una pena m¨¢s elevada las agresiones sexuales con violencia o intimidaci¨®n implica establecer de nuevo distintas categor¨ªas de agresiones en funci¨®n del medio utilizado para cometerlas. Esto, seg¨²n las responsables del Ministerio de Igualdad, obligar¨¢ a la v¨ªctima a enfrentarse a duros interrogatorios para probar la gravedad del ataque. Los socialistas rechazan esta interpretaci¨®n y aseguran que su propuesta no cambia nada en ese sentido, porque para determinar la pena con la ley del solo s¨ª es s¨ª tambi¨¦n deben probarse todas las circunstancias que rodearon la agresi¨®n, incluida la existencia de violencia o intimidaci¨®n.
As¨ª quedar¨ªan las penas en el C¨®digo Penal si sale adelante la reforma, tal y como propone el PSOE:
Incremento de las penas m¨¢ximas o m¨ªnimas
El texto registrado por los socialistas deja intacta la pena (entre uno y cuatro a?os de c¨¢rcel) para el tipo b¨¢sico de agresi¨®n, recogido en el art¨ªculo 178 del C¨®digo Penal, pero incorpora un subtipo agravado (art¨ªculo 178.3) que dice as¨ª: ¡°Si la agresi¨®n se hubiera cometido empleando violencia, intimidaci¨®n o sobre una v¨ªctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable ser¨¢ castigado con la pena de uno a cinco a?os de prisi¨®n¡±. Este mismo ajuste se aplica en las agresiones con penetraci¨®n, reguladas en el art¨ªculo 179. La ley de libertad sexual redujo en dos a?os la pena m¨ªnima para estos supuestos ¡ªque pas¨® de seis a cuatro¡ª para dar cabida a los antiguos abusos. La reforma del PSOE lo mantiene, pero crea una modalidad agravada que sube el castigo m¨ªnimo a seis a?os cuando exista violencia, intimidaci¨®n o se act¨²e sobre una v¨ªctima con la voluntad anulada. La pena m¨¢xima, de 12 a?os, no se toca.
Penas m¨¢s altas si hay agravantes
Se modifica el art¨ªculo 180 del C¨®digo Penal, que establece la pena para los casos en los que concurran una serie de agravantes (violencia extrema, violaciones m¨²ltiples, agresiones a personas vulnerables, relaci¨®n de parentesco, uso de armas¡). La reforma del PSOE incrementa el castigo en estos casos cuando, adem¨¢s de estas circunstancias, hubiera violencia o intimidaci¨®n. La ley del solo s¨ª es s¨ª contempla de dos a ocho a?os para el tipo b¨¢sico de agresi¨®n con agravantes y de siete a 15 a?os en los casos con penetraci¨®n. La reforma socialista introduce otros dos supuestos: de cinco a 10 a?os de c¨¢rcel para las agresiones con agravantes y violencia, y de 12 a 15 a?os en las agresiones con penetraci¨®n, violencia y agravantes.
Agresiones a menores: sube dos a?os la pena m¨ªnima
Tambi¨¦n se vuelve a las penas m¨ªnimas que hab¨ªa ates de la ley de libertad sexual en las agresiones sexuales a menores de edad. Cuando haya penetraci¨®n, se castigar¨¢ con entre ocho y 12 a?os de c¨¢rcel (ahora el m¨ªnimo son seis); si hay violencia o intimidaci¨®n, la pena estar¨¢ entre los 12 y los 15 a?os (ahora el m¨ªnimo son 10). En el nuevo tipo agravado de agresiones a menores se incluyen tambi¨¦n las agresiones cometidas sobre menores que por cualquier causa tengan anulada su voluntad, que en la ley del solo s¨ª es s¨ª estaban en el tipo b¨¢sico.
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