El Tribunal Superior de Catalu?a lleva la amnist¨ªa al Constitucional y a Europa como ¡°paradigma¡± de ley ¡°arbitraria¡±
La sala penal deja en suspenso la aplicaci¨®n de la medida de gracia a varios cargos y ex altos cargos, entre ellos el ¡®expresident¡¯ Quim Torra, la consejera Garriga y los dirigentes de ERC Jov¨¦ y Salvad¨®
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha elevado la ley de amnist¨ªa al Tribunal Constitucional, ya que cree que supone el ¡°paradigma de un acto legislativo arbitrario¡± promovido por los propios amnistiados ¡ªuna ¡°autoamnist¨ªa¡±, la llama¡ª y que adem¨¢s no es ni razonable ni proporcional ni adecuada. Al mismo tiempo, el alto tribunal catal¨¢n presenta una cuesti¨®n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) argumentando que la ley de amnist¨ªa puede atentar contra la normativa europea que persigue la corrupci¨®n con fondos p¨²blicos.
As¨ª lo ha acordado este martes la sala penal del TSJC, encabezada por el presidente del tribunal, Jes¨²s Mar¨ªa Barrientos, en cuatro autos en los que deja en suspenso la aplicaci¨®n de la amnist¨ªa a tres ex altos cargos ya condenados a inhabilitaci¨®n por desobediencia ¡ªel expresidente de la Generalitat Quim Torra (Junts); el exconsejero de ERC Bernat Sol¨¦ y el exdiputado de la CUP Pau Juvill¨¤¡ª y a otros tres, todos de ERC, que est¨¢n pendientes de juicio: el diputado Josep Maria Jov¨¦ y el actual presidente del Puerto de Barcelona, Llu¨ªs Salvad¨®, ambos procesados por malversaci¨®n de fondos y prevaricaci¨®n; y la consejera de Cultura en funciones, Nat¨¤lia Garriga, acusada de desobediencia grave.
El TSJC sostiene que la amnist¨ªa no puede explicarse si no es en t¨¦rminos de ¡°mera aritm¨¦tica parlamentaria¡± para lograr una investidura ¡ªla de Pedro S¨¢nchez en 2023¡ª y tampoco la ve adecuada para la normalizaci¨®n institucional, pol¨ªtica y social en Catalu?a, ¡°como se evidencia desde la persistencia por parte de los mismos actores pol¨ªticos en las acciones encaminadas a la segregaci¨®n unilateral, prohibida en el texto constitucional, y que solo la certeza de la reacci¨®n penal puede resultar eficaz en su contenci¨®n¡±.
El alto tribunal catal¨¢n se suma as¨ª al Supremo, que tambi¨¦n ha elevado una cuesti¨®n de inconstitucionalidad por considerar que la ley de amnist¨ªa es ¡°arbitraria¡± y ¡°discriminatoria¡± y que atenta directamente contra el principio de igualdad, adem¨¢s de se?alar que ¡°altera las bases de la convivencia democr¨¢tica¡±. Otra instancia jurisdiccional, el Tribunal de Cuentas, ha paralizado la aplicaci¨®n de la medida de gracia en el caso seguido contra varios l¨ªderes del proc¨¦s por malversaci¨®n y se ha dirigido a la justicia europea para que aclare si la norma respeta el Derecho comunitario.
Garriga, Jov¨¦ y Salvad¨® ¡ªlos dos ¨²ltimos, personas de m¨¢xima confianza del exvicepresidente Oriol Junqueras durante el proc¨¦s¡ª est¨¢n pendientes de juicio por su presunta participaci¨®n en la log¨ªstica del refer¨¦ndum ilegal del 1-O. La vista oral estaba inicialmente prevista para el pasado abril, aunque el TSJC decidi¨® aplazarla para que no interfiriera con las elecciones catalanas de mayo. La Fiscal¨ªa ped¨ªa para Jov¨¦ y Salvad¨® entre seis y siete a?os de prisi¨®n. Con la entrada en vigor de la ley de amnist¨ªa, el tribunal dictamin¨® que los delitos por los que est¨¢n procesados los tres eran amnistiables de acuerdo con la ley, aunque plante¨® la posibilidad de presentar cuestiones de constitucionalidad y prejudiciales contra la norma, que es lo que finalmente ha hecho.
En el auto, el TSJC subraya que la ley ¡°borra todo rastro de responsabilidad penal antes incluso de que el tribunal haya tenido ocasi¨®n de conocer las conductas amnistiadas¡±, y sostiene que la amnist¨ªa supone ¡°la negaci¨®n del Derecho Penal como instrumento de pacificaci¨®n social¡±. La norma, prosigue el alto tribunal catal¨¢n, ¡°se superpone y desconoce la separaci¨®n de poderes y la reserva de jurisdicci¨®n que la Constituci¨®n otorga en exclusiva a los ¨®rganos que integran el Poder Judicial¡±. El TSJC considera, adem¨¢s, que desde el momento en que Espa?a se constituy¨® en un Estado social y democr¨¢tico, su legalidad ¡°no contempla la amnist¨ªa como instituci¨®n jur¨ªdica que excepciona la efectividad de aquellos valores¡±.
¡°En este contexto democr¨¢tico, no puede admitir justificaci¨®n posible, ni jur¨ªdica ni pol¨ªtica, la aprobaci¨®n de una amnist¨ªa que hace inmunes al ordenamiento jur¨ªdico hechos y conductas que han violentado ese mismo orden constitucional, y que atacan derechos y libertades protegidos penalmente¡±, asevera el auto referido a Jov¨¦, Salvad¨® y Garriga. Adem¨¢s, define la ley como ¡°un paradigma de acto legislativo arbitrario, promovido por los propios amnistiados ¡ªautoamnist¨ªa¡ª como condici¨®n impuesta a cambio de otorgar mayor¨ªas parlamentarias de gobierno, sin previsi¨®n constitucional habilitante y sin argumentos razonables que la justifiquen¡±.