El Tribunal de Cuentas, primera instancia que acude a la justicia europea contra la ley de amnist¨ªa
El ¨®rgano fiscalizador ultima la presentaci¨®n de una cuesti¨®n prejudicial, en la que sostendr¨¢ que la malversaci¨®n del ¡®proc¨¦s¡¯ afect¨® a los intereses de la UE
El Tribunal de Cuentas, el ¨®rgano supremo de fiscalizaci¨®n de la gesti¨®n econ¨®mica de las administraciones p¨²blicas en Espa?a, ha decidido presentar una cuesti¨®n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) contra la ley de amnist¨ªa a los encausados del proc¨¦s independentista catal¨¢n, seg¨²n fuentes de la instituci¨®n. Se convertir¨¢ as¨ª en la primera instancia jurisdiccional que lleva la norma ante la justicia europea para que esta dirima si su aplicaci¨®n es acorde con el Derecho de la UE. El tribunal considera, seg¨²n las mismas fuentes, que el desv¨ªo de fondos para la organizaci¨®n del refer¨¦ndum ilegal de independencia del 1-O de 2017 y la promoci¨®n internacional del proc¨¦s afect¨® a los intereses financieros de la UE, lo que convertir¨ªa ese delito en no amnistiable. Y sostiene que la ley de amnist¨ªa es incompatible con los principios de la UE y con la jurisprudencia del TJUE, ¡°ya que se estar¨ªa posibilitando la extinci¨®n de responsabilidad derivada de actuaciones de corrupci¨®n en sentido amplio, financiadas con el patrimonio p¨²blico¡±.
La presentaci¨®n de esa consulta al TJUE, que el ¨®rgano est¨¢ ultimando para registrarla de forma inminente, supone la paralizaci¨®n del procedimiento de responsabilidad contable abierto en el propio Tribunal de Cuentas, en el que est¨¢n encausados 35 ex altos cargos de la Generalitat, entre ellos los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas y el exvicepresidente Oriol Junqueras. El juicio, celebrado en noviembre de 2023, qued¨® visto para sentencia el pasado mayo, y ya solo faltaba, por tanto, que el tribunal dictara sentencia. Pero esta no se producir¨¢ hasta que la justicia europea se haya pronunciado sobre la legalidad de la aplicaci¨®n de la amnist¨ªa a esta causa. La Fiscal¨ªa ¡ªque hab¨ªa fijado en 3,1 millones de euros las cantidades a reclamar a los implicados en el desv¨ªo de fondos¡ª y las defensas se hab¨ªan opuesto a la presentaci¨®n de la cuesti¨®n prejudicial.
El tiempo medio para la resoluci¨®n de este tipo de consultas en el Tribunal de Luxemburgo es de entre nueve meses y un a?o. Una vez recibida y admitida a tr¨¢mite la cuesti¨®n prejudicial, el TJUE consultar¨¢ a las partes para que formulen alegaciones. El Tribunal de Cuentas ya ha expuesto en resoluciones anteriores la naturaleza de su cuestionamiento de la ley de amnist¨ªa, en especial en la providencia dictada el pasado 11 de junio por la consejera Elena Hern¨¢ez, nombrada a propuesta del PP y encargada del expediente. Dicha resoluci¨®n ped¨ªa opini¨®n a las partes personadas sobre la posibilidad de consultar a la justicia europea si cinco art¨ªculos de la ley de amnist¨ªa eran contrarios al art¨ªculo 4.3 del Tratado de la Uni¨®n, relativo al principio de cooperaci¨®n leal.
La tesis de la mencionada providencia ¡ªque ahora ser¨¢ recogida en la consulta al TJUE, seg¨²n las mismas fuentes¡ª es que en dicho principio de cooperaci¨®n leal se entiende ¡°incluida la protecci¨®n contra la malversaci¨®n en sentido amplio, y, en general, la lucha contra la corrupci¨®n, con independencia del origen o destino de los fondos defraudados¡±. La resoluci¨®n sosten¨ªa que la ley de amnist¨ªa resulta incompatible con los principios de la UE y con la jurisprudencia del TJUE, ¡°ya que se estar¨ªa posibilitando la extinci¨®n de responsabilidad derivada de actuaciones de corrupci¨®n en sentido amplio, financiadas con el patrimonio p¨²blico¡±. La consejera encargada del caso a?ad¨ªa que la propia ley permite excluir de sus beneficios las actuaciones que hubieran supuesto un perjuicio para los intereses financieros de la UE, y que al preverlo as¨ª ¡°el legislador nacional estar¨ªa regulando una materia concreta ¡ª¡®lucha contra la corrupci¨®n¡¯¡ª en la que ya existe un est¨¢ndar m¨ªnimo de protecci¨®n fijado por el Derecho de la UE, que tiene eficacia directa en el orden jur¨ªdico interno¡±.
El cuestionamiento de la ley de amnist¨ªa por parte del Tribunal de Cuentas tambi¨¦n se basa en argumentos similares a los expuestos por el Supremo en la cuesti¨®n de inconstitucionalidad planteada ante el Constitucional el pasado mi¨¦rcoles. El ¨®rgano fiscalizador estima que la norma vulnera los principios de igualdad y de no discriminaci¨®n, porque la excepci¨®n penal que establece (para los delitos cometidos en nombre de la independencia de Catalu?a) no est¨¢ justificada, afirma, por un criterio objetivo y razonable.
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