Libertad condicional para el exviceconsejero Agust¨ªn Barber¨¢, ¨²ltimo encarcelado por los ERE, por motivos de salud
La Audiencia de Sevilla hab¨ªa negado al antiguo titular de Empleo, condenado a siete a?os, su salida de prisi¨®n porque no solicit¨® amparo al Constitucional
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria N? 10 de El Puerto de Santa Mar¨ªa (C¨¢diz) ha concedido el tercer grado penitenciario al exviceconsejero andaluz Agust¨ªn Barber¨¢, el ¨²ltimo de los antiguos altos cargos que estaba en la c¨¢rcel por la pieza pol¨ªtica de los ERE, tras la propuesta incoada por el Centro Penitenciario Puerto III. El exdirigente socialista ha obtenido la libertad condicional de la prisi¨®n por motivos de salud debido a la enfermedad grave e incurable que sufre, como se detalla en el auto al que ha accedido EL PA?S. La excarcelaci¨®n de Barber¨¢ no obedece a las recientes sentencias del Tribunal Constitucional que supusieron la salida de prisi¨®n de otros antiguos altos cargos del caso de los ERE, denegada en julio por la Audiencia Provincial de Sevilla. Los magistrados sostuvieron que el exviceconsejero no recurri¨® en amparo ante el tribunal de garant¨ªas y, por ende, sus sentencias no pod¨ªan aplic¨¢rsele ¡°por tratarse de un recurso personal¨ªsimo¡±.
Barber¨¢ entr¨® en prisi¨®n en abril de 2023 condenado por malversaci¨®n en la pieza pol¨ªtica de los ERE a siete a?os y un d¨ªa de c¨¢rcel. Su defensa solicit¨® entonces la suspensi¨®n de la pena por el c¨¢ncer que padece ¡ªy que ha desembocado ahora en su puesta en libertad condicional¡ª, y lo hizo antes de que Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n la pidiese por los mismos motivos. A diferencia de lo ocurrido con el expresidente de la Junta, la Audiencia Provincial de Sevilla deneg¨® la suspensi¨®n de la pena al considerar hace a?o y medio que, aunque Barber¨¢ padec¨ªa ¡°una enfermedad grave e incurable¡±, a la vista del tratamiento m¨¦dico remitido por su defensa y del informe del centro penitenciario, su tratamiento pod¨ªa ¡°ser dispensado en dicho centro, con las revisiones hospitalarias¡± a que debiera ser sometido.
En el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria N? 10 de El Puerto de Santa Mar¨ªa, emitido tras examinar un ¨²ltimo informe m¨¦dico, la jueza Gloria Mart¨ªn-Moreno considera ¡°inadecuado a su criterio la continuidad del cumplimiento¡± del tratamiento del c¨¢ncer que padece Barber¨¢ en prisi¨®n y ordena su libertad condicional tambi¨¦n ¡°en atenci¨®n a los estadios finales de la enfermedad¡±. Su abogado, Alfonso Mart¨ªnez del Hoyo, ha celebrado este viernes la puesta en libertad condicional del exviceconsejero. ¡°Es una decisi¨®n justa y necesaria, perfectamente adecuada a los fines constitucionales de la pena y en la correcta aplicaci¨®n de la legislaci¨®n penitenciaria, habida cuenta que Barber¨¢ padece una enfermedad grave e incurable¡±, ha expresado el letrado en declaraciones recogidas por Europa Press.
La defensa de Barber¨¢ no interpuso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional despu¨¦s de que el Tribunal Supremo confirmara su condena por malversaci¨®n y prevaricaci¨®n en el caso de los ERE, como s¨ª hicieron otros altos cargos que s¨ª han obtenido total o parcialmente el amparo por parte del alto tribunal y fueron excarcelados. ¡°Es el propio penado el que consinti¨® su actual situaci¨®n¡±, indicaron los magistrados de la Audiencia de Sevilla en una resoluci¨®n conocida el pasado 12 de julio.
Antes que Barber¨¢ ¡ª¨²ltimo de los encarcelados por los ERE que se manten¨ªa hasta la fecha en prisi¨®n¡ª, fueron puestos en libertad el exconsejero de Empleo Antonio Fern¨¢ndez y el exviceconsejero de Innovaci¨®n Jes¨²s Mar¨ªa Rodr¨ªguez Rom¨¢n, cuyas condenas por malversaci¨®n fueran anuladas parcialmente por el Tribunal Constitucional el pasado 3 de julio y tras haber solicitado el amparo al tribunal de garant¨ªas. Barber¨¢ ejerc¨ªa como segundo en el escalaf¨®n de la Consejer¨ªa de Empleo de la Junta de Andaluc¨ªa cuando la dirig¨ªa Antonio Fern¨¢ndez, entre 2004 y 2010. Su firma consta en numerosas ¨®rdenes de pago sobre las ayudas de los ERE dirigidas a IDEA. La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 2019 le consider¨® culpable por ¡°su participaci¨®n directa en la disposici¨®n de los fondos y permitir que el director general de Trabajo [Javier Guerrero, primero, y Juan M¨¢rquez, despu¨¦s] dispusiera¡± de ellos, y le conden¨® a siete a?os y un d¨ªa de c¨¢rcel y a 18 a?os de inhabilitaci¨®n. El Tribunal Supremo ratific¨® el fallo.
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