La Audiencia de Sevilla ve indicios de delito de Alvise por publicar una foto de la hija de S¨¢nchez
El auto ordena al juez, que inicialmente archiv¨® el caso, abrir una instrucci¨®n por una posible revelaci¨®n de secretos al usar una imagen de la cuenta de Instagram de la afectada para una cr¨ªtica al presidente del Gobierno en Telegram
El 16 de noviembre del a?o pasado, a las 16.41 horas, Alvise P¨¦rez public¨® en su canal de Telegram, con m¨¢s de 320.000 seguidores por entonces, una fotograf¨ªa de una hija de Pedro S¨¢nchez. Junto a su foto, tomada sin permiso de la cuenta privada de Instagram de la afectada, puso su nombre y el siguiente texto: ¡°[A. S. G.], hija de Pedro Sa?nchez, estudia en un centro privado en Inglaterra, y la traen un par de veces al mes en un vuelo privado. Socialistas pero van a centros extranjeros de 40.000 euros al an?o, viajes de avio?n incluidos mientras a nosotros nos los quieren prohibir. La hija no tiene la culpa de la hipocresi?a de su padre el tirano, pero es prueba de ello, y Espan?a debe saberlo¡±. A los tres minutos, cambi¨® la foto por otra con la cara tapada por un emoticono. Pero la imagen de la hija del presidente ya hab¨ªa empezado su ¡°viralizaci¨®n¡± y a suscitar ¡°comentarios de los lectores de car¨¢cter sexual y vejatorios¡±, seg¨²n se?ala ahora la Audiencia Provincial de Sevilla, que en un auto de 9 de septiembre ordena al juzgado de instrucci¨®n 1 de Sevilla, que inicialmente hab¨ªa archivado el caso tras una denuncia de la Fiscal¨ªa, la apertura de una investigaci¨®n por un posible delito de revelaci¨®n de secretos en la actuaci¨®n del l¨ªder del partido Se Acab¨® la Fiesta. La Audiencia ve ¡°indicios¡± de que el delito existe.
La propia hija de S¨¢nchez activ¨® la maquinaria contra Alvise, que ahora es eurodiputado ¨Cpor lo tanto, aforado¨C y tiene m¨¢s de 700.000 seguidores en Telegram, al presentar una reclamaci¨®n ante la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos, que abri¨® un expediente. Este fue la base de la denuncia de la Fiscal¨ªa, que inicialmente consider¨® que los hechos pod¨ªan constituir delitos contra la intimidad y de acoso sexual leve. A pesar de la r¨¢pida ocultaci¨®n de la cara, la foto circul¨® y apareci¨® en al menos un perfil de Facebook. A ello se sumaron los comentarios en Telegram, con expresiones ¡°humillantes¡± para la afectada, seg¨²n la Fiscal¨ªa.
El juzgado archiv¨® el caso el 27 de mayo, teniendo en cuenta la ¡°casi inmediata rectificaci¨®n¡± de Alvise, que la hija de S¨¢nchez es adulta, que no aparec¨ªa en ¡°actitudes ¨ªntimas o reservadas¡±, que los comentarios ¡°peyorativos¡± del l¨ªder de Se Acab¨® la Fiesta no iban contra ella y que todo hab¨ªa que inscribirlo en una ¡°cr¨ªtica pol¨ªtica¡± leg¨ªtima sin prop¨®sito de vulnerar derechos de la joven.
Ahora la Audiencia, en su auto del 9 de septiembre, se?ala que, aun trat¨¢ndose de una foto ¡°ase?ptica, simple¡± y con el fondo neutro de un aparcamiento, puede considerarse que tiene un car¨¢cter ¡°reservado de car¨¢cter personal¡± al ir unida a la informaci¨®n de su nombre y de su filiaci¨®n, es decir, a su condici¨®n de hija del presidente. Por ello, el auto, que tiene como ponente al magistrado Jes¨²s Madro?al, expone que los hechos podr¨ªan estar ¡°encuadrados¡± en los p¨¢rrafos primero y tercero del art¨ªculo 197 del C¨®digo Penal, que tipifica la revelaci¨®n de secretos y persigue a quien ¡°para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electro?nico o cualesquiera otros documentos o efectos personales¡± o intercepte ¡°sus telecomunicaciones¡± y difunda, revele o ceda a terceros ¡°los datos o hechos descubiertos¡±.
Y a?ade la Audiencia: ¡°Manteniendo la denunciante que la foto esta? alojada en una cuenta privada sin acceso ma?s que a aquellos autorizados, y estando indiciariamente acreditado, por la documentacio?n aportada, que la foto real e i?ntegra de la Sra. Sa?nchez fue publicada en el canal de Telegram del denunciado, aunque lo fuera por tres minutos, tiempo suficiente para poder ser vista por miles de personas, seri?a preciso iniciar la investigacio?n a los efectos de poder aclarar co?mo fue que dispuso de dicha foto, que le permitio? luego su difusio?n¡±.
La Audiencia, que descarta la existencia de delitos de acoso sexual o de apertura de perfiles falsos en redes, estima parcialmente el recurso de la Fiscal¨ªa y ordena al juez abrir una instrucci¨®n, ya que ¡°no seri?a admisible cerrar de plano el procedimiento negando a priori el cara?cter delictivo de las conductas denunciadas, pues claramente, a tenor de los documentos aportados, existen indicios de que tal conducta efectivamente podri?a haber sido ejecutada¡±.
¡°De las diligencias que se practiquen, entre las que estara?n, como ma?s significativas, las declaraciones de los protagonistas (debiendo tener en cuenta el o?rgano instructor la condicio?n de eurodiputado del denunciado), se podra? deducir el elemento subjetivo del a?nimo de descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de la afectada¡±, anotan los magistrados. Al ser eurodiputado, Alvise P¨¦rez es aforado, por lo que el juzgado no podr¨ªa citarlo como investigado. Si el juez considerase que hay indicios de delito ¨Ccomo le indica la propia Audiencia¨C, el competente para investigar a P¨¦rez ser¨ªa el Tribunal Supremo, explica un portavoz del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA).
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