El Supremo desestima por unanimidad el recurso del fiscal general contra la entrada y registro en su despacho
La defensa de ?lvaro Garc¨ªa Ortiz ya anunci¨® a finales de enero que si esta v¨ªa fracasaba estudiar¨ªan presentar un recurso de amparo ante el Constitucional
La sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha desestimado este viernes por unanimidad el recurso presentado por la Abogac¨ªa del Estado para anular los autos de entrada y registro en los despachos del fiscal general del Estado, ?lvaro Ortiz, y de Pilar Rodr¨ªguez, fiscal provincial de Madrid, dentro del proceso judicial abierto por revelaci¨®n de secretos contra ambos. Los tres jueces que han dictaminado acerca del recurs...
La sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha desestimado este viernes por unanimidad el recurso presentado por la Abogac¨ªa del Estado para anular los autos de entrada y registro en los despachos del fiscal general del Estado, ?lvaro Ortiz, y de Pilar Rodr¨ªguez, fiscal provincial de Madrid, dentro del proceso judicial abierto por revelaci¨®n de secretos contra ambos. Los tres jueces que han dictaminado acerca del recurso (Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, Andr¨¦s Palomo y Eduardo de Porres) han votado en contra de su admisi¨®n. ¡°Hemos de concluir que existen indicios que permiten adoptar esta medida, est¨¢n motivados y expresados en los autos cuestionados, pues tales indicios son, no solamente suficientes, sino exhaustivos, y han sido valorados tanto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, como por la Sala de Admisi¨®n del Tribunal Supremo, como por el propio magistrado instructor¡±, aparece en el auto de desestimaci¨®n. La defensa del Ortiz ya anunci¨® a finales de enero que si esta v¨ªa fracasaba estudiar¨ªan presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
La sala de apelaciones indica que tanto la entrada y registro como la intervenci¨®n de los tel¨¦fonos del fiscal general y de Rodr¨ªguez no son desproporcionadas porque el ¡°supuesto delito se habr¨ªa cometido a trav¨¦s de la tecnolog¨ªa de la comunicaci¨®n¡± y que estos ¡°deben ser investigados por la propia v¨ªa de comisi¨®n¡±, aunque estos delitos se castiguen con muy pocos a?os de c¨¢rcel: ¡°La investigaci¨®n es necesaria (imprescindible, a la vista de la supuesta comisi¨®n delictiva) y le viene impuesta al magistrado instructor por el auto de la Sala de Admisi¨®n. El medio es el ¨²nico posible, los aparatos e instrumentos se encuentran en el despacho de una oficina p¨²blica. Ni la Fiscal¨ªa General del Estado ni ninguna otra instituci¨®n tienen una garant¨ªa de inmunidad. Quien instruye es el Tribunal Supremo, a quien la ley le confiere esa actuaci¨®n (...). Es por ello que el juicio de proporcionalidad se encuentra cumplido¡±.
Los tres magistrados han advertido de que si Garc¨ªa Ortiz hubiera entregado los dispositivos ¡°hubiera hecho innecesaria la medida¡± de entrar en sus despachos e intervenir sus m¨®viles. ¡°No queda, pues, otra alternativa, porque, en caso contrario, si concluy¨¦ramos que es un lugar de imposible prospecci¨®n judicial, por el lugar donde se iba a practicar (una alta instituci¨®n del Estado), conllevar¨ªa la renuncia a la misma investigaci¨®n y a la consiguiente creaci¨®n de un ¨¢mbito de impunidad¡±, dice el auto.
Es cierto que los jueces afean al juez ?ngel Hurtado, instructor de la causa, que ordenase el clonado del m¨®vil del fiscal general para extraer las comunicaciones de los ¨²ltimos ocho meses: ¡°Ciertamente los autos iniciales fueron excesivamente extensos, pues abarcaba tal investigaci¨®n desde el d¨ªa 8 de marzo de 2024 hasta el momento de practicarse la diligencia, 30 de octubre de 2024. Desde luego que semejante amplitud temporal fue inadecuada e innecesaria, pues los hechos, de haberse producido, tendr¨ªan un acotamiento temporal much¨ªsimo m¨¢s corto¡±. Pero recuerdan que Hurtado corrigi¨® y limit¨® ¡°el an¨¢lisis del material intervenido¡± solo a ocho d¨ªas, del 8 a 14 de marzo.
Un secreto ¡°previamente revelado¡±
La causa penal abierta contra el fiscal general surge de una noticia publicada por El Mundo el 13 de marzo a las 21.29 horas. En ella se afirmaba que la Fiscal¨ªa ofrec¨ªa un pacto para librar de la c¨¢rcel al defraudador confeso Alberto Gonz¨¢lez Amador, comisionista imputado por dos delitos fiscales y pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel D¨ªaz Ayuso. Poco despu¨¦s de difundirse esta publicaci¨®n, el jefe de gabinete de Ayuso, Miguel ?ngel Rodr¨ªguez, extendi¨® el bulo de que Gonz¨¢lez Amador no pudo responder al pacto porque ¡°la misma Fiscal¨ªa dice que ha recibido ¨®rdenes de arriba para que no haya acuerdo y, entonces, vayan a juicio¡±.
Ortiz declar¨® ante el Supremo que, tras la publicaci¨®n de esa informaci¨®n, orden¨® a sus subordinados recabar la documentaci¨®n del procedimiento judicial abierto a Gonz¨¢lez Amador. El reloj marcaba las 21.56 horas cuando el fiscal general recibe los papeles. Un d¨ªa despu¨¦s y con el objetivo de desmontar la mentira que hab¨ªa circulado contra la fiscal¨ªa, decidi¨® publicar una nota informativa donde se inclu¨ªan los principales hitos de la negociaci¨®n entre Gonz¨¢lez Amador y el fiscal encargado del caso. Esos hitos acreditaban que quien ofreci¨® un acuerdo para librarse de la c¨¢rcel a cambio de admitir los dos delitos y pagar 500.000 euros fue la pareja de Ayuso y nunca la Fiscal¨ªa. Cuando el ministerio fiscal public¨® la nota, algunos medios ya hab¨ªan difundido el contenido de los correos electr¨®nicos que demostraban la realidad de lo sucedido. Varios de ellos incluso han declarado ante el juez que conoc¨ªa el contenido de los mails desde varios d¨ªas antes.
Esto ¨²ltimo pone en duda que Garc¨ªa Ortiz pueda ser investigado por un delito de revelaci¨®n de secretos si se tiene en cuenta la jurisprudencia que sent¨® la Sala Segunda del Tribunal Supremo a trav¨¦s de la sentencia 866/2008 en la que resuelve que los datos ¡°previamente revelados a los profesionales de la informaci¨®n¡± pierden su car¨¢cter secreto y reservado. En este caso, el primer secreto conocido fue revelado supuestamente por el defraudador confeso, que se lo cuenta al jefe de gabinete de su pareja y este, a su vez, lo distribuye entre decenas de periodistas. Adem¨¢s de que lo que pudieran conocer otros medios antes que el fiscal general.
Sobre esto, no obstante, la sala de apelaciones no lo valora: ¡°No entramos en este momento en otros controles sustantivos que pueden surgir avanzada la investigaci¨®n, y en funci¨®n de todas las circunstancias concurrentes derivadas de tal toma de datos de elementos precisos para su esclarecimiento¡±.
El Colegio de Abogados de Madrid present¨® varios d¨ªas despu¨¦s una querella por revelaci¨®n de secretos contra el fiscal. El abogado de Gonz¨¢lez Amador present¨® otra querella similar por los mismos hechos. Ambas fueron admitidas a tr¨¢mite por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, quien envi¨® una exposici¨®n razonada al Supremo por entender que hab¨ªa indicios suficientes contra el fiscal general del Estado y la fiscal jefa provincial de Madrid. Cinco magistrados del Supremo, integrantes de la sala de admisi¨®n, descartaron que la nota difundida por orden del fiscal general tuviera car¨¢cter delictivo, pero s¨ª el correo electr¨®nico, difundido por varios medios de comunicaci¨®n, donde Gonz¨¢lez Amador confesaba su culpa.
Al juez Hurtado fue al que le correspondi¨® instruir la causa. Su primera decisi¨®n fue ordenar a la Guardia Civil registrar el despacho del fiscal general del Estado y de la fiscal provincial de Madrid, as¨ª como clonar ocho meses de informaci¨®n ¡ªmedida rectificada luego a ocho d¨ªas¡ª contenida en los dispositivos electr¨®nicos de ambos. Garc¨ªa Ortiz comunic¨® a la Guardia Civil en el momento del registro que hab¨ªa cambiado de tel¨¦fono, algo que ha hecho ¡°unas cinco o seis veces¡± en los ¨²ltimos cuatro a?os, seg¨²n declar¨® en el Supremo.