El Supremo advierte de que actuar¨¢ contra las c¨¢rceles catalanas si dejan en libertad a los presos del ¡®proc¨¦s¡¯ por la crisis sanitaria
La Generalitat abre una v¨ªa para que los internos beneficiados por el 100.2 pasan el confinamiento en sus domicilios
La posibilidad abierta por el Departamento de Justicia de la Generalitat para que los dirigentes independentistas encarcelados por el proc¨¦s pasen la crisis sanitaria en sus casas, ha hecho saltar las alarmas del Tribunal Supremo. La Sala de lo Penal, que conden¨® en octubre pasado por sedici¨®n a los nueve l¨ªderes secesionistas que est¨¢n en prisi¨®n, ha advertido de que, en caso de que se les deje en libertad, actuar¨¢ contra los funcionarios que avalen esa decisi¨®n por la posible comisi¨®n de un delito de prevaricaci¨®n.
La reacci¨®n del Supremo ha llegado horas despu¨¦s de que se hiciera p¨²blico que la Generalitat se plantea que los internos catalanes a los que se aplica el art¨ªculo 100.2 del reglamento penitenciario ¡ªque permite salidas diarias para trabajar, hacer voluntariado o cuidar de familiares, entre otros¡ª puedan estar en sus domicilios durante el confinamiento. La consejera de Justicia, Ester Capella, ha llamado a los directores de las c¨¢rceles catalanas para que analicen f¨®rmulas que permitan reducir la poblaci¨®n penitenciaria para minimizar el riesgo de contagio. Una de ellas pasa por analizar si los 101 presos que ahora mismo disfrutan de los beneficios del 100.2 pueden ser trasladados a sus casas. La medida estar¨¢ en vigor mientras dure la crisis sanitaria por el coronavirus y ser¨¢ decidida en cada caso por los t¨¦cnicos de las c¨¢rceles.
Justicia se?ala que deben darse al menos dos premisas: los presos deben presentar un riesgo bajo de reincidencia y disponer de domicilio. Dos requisitos que, seg¨²n los informes de las juntas de tratamiento que concedieron el 100.2, cumplen sobradamente los dirigentes independentistas. El departamento no indica en ning¨²n momento que la decisi¨®n est¨¦ vinculada a los afectados por la sentencia del Tribunal Supremo, sino que tiene que ver con la crisis sanitaria provocada por el coronavirus.
Sin embargo, el alto tribunal ve en esta medida una clara intenci¨®n de beneficiar a los presos independentistas aprovechando la crisis sanitaria. Fuentes del tribunal advierten de que, en el caso de que la Junta de Tratamiento de las c¨¢rceles donde se encuentran los presos del proc¨¨s acuerde su excarcelaci¨®n, el alto tribunal se dirigir¨¢ a cada una de esas juntas y al director de los centros respectivos para que ¡°a la mayor brevedad¡± expliquen el fundamento jur¨ªdico que justifica esa decisi¨®n e identifiquen de forma nominal a los funcionarios que han apoyado ese acuerdo. ¡°Ello se enmarcar¨ªa en la exigencia de responsabilidades penales por la posible comisi¨®n de un delito de prevaricaci¨®n¡±, advierte el tribunal. Las fuentes consultadas se?alan que la medida que plantea la Generalitat incumple la legislaci¨®n penitenciaria, que no contempla que los presos que se beneficien de la aplicaci¨®n del 100.2 puedan pernoctar en sus casas.
El Departamento de Justicia basa su decisi¨®n en la necesidad de ¡°reducir la poblaci¨®n encerrada en las prisiones¡± para permitir m¨¢s ¡°distancia social¡± y ¡°respetar las indicaciones de la autoridad sanitaria¡±. M¨¢s ahora que el Gobierno ha ¡°endurecido y alargado el confinamiento¡±. Se?ala, no obstante, que las decisiones se tomar¨¢n ¡°despu¨¦s de un escrupuloso an¨¢lisis jur¨ªdico¡±. Justicia subraya que sigue la senda ya aplicada a los presos en tercer grado o r¨¦gimen de semilibertad, o sea los que solo regresan a prisi¨®n a dormir: el 69% de ellos est¨¢ confinado en casa frente al 19% que dorm¨ªa en su domicilio antes de la crisis por la Covid-19.
¡°Nos lo pide Naciones Unidas y hace d¨ªas que estamos recorriendo caminos que hasta ahora no hab¨ªamos recorrido¡±, explica la consejera en un v¨ªdeo difundido por la Generalitat. ¡°Necesitamos que haya menos gente en las prisiones (...) Hemos de preservar m¨¢s que nunca la salud y la vida de las personas privadas de libertad¡±, subraya Capella.
En las c¨¢rceles dependientes del Ministerio del Interior, esa posibilidad no se contempla para presos en la situaci¨®n de los del proc¨¦s. Si bien el pasado 18 de marzo Instituciones Penitenciarias dirigi¨® a las prisiones un oficio con el que facilitaba que las Juntas de Tratamiento estudiaran ¡°de manera individualizada¡± la posibilidad de que los reclusos que estuvieran en semilibertad por estar clasificados en tercer grado o porque se les aplicaba el art¨ªculo 100.2 del Reglamento Penitenciario pudieran seguir cumpliendo sus condenas en casa bajo control telem¨¢tico, restring¨ªa la medida ¡°exclusivamente¡± a aquellos presos que estuvieran ya adscritos a Centros de Inserci¨®n Social (CIS, los establecimientos penitenciarios para reclusos en tercer grado) o las secciones abiertas de las prisiones, con id¨¦ntica funciones que los CIS. Ninguna de los presos del proc¨¨s est¨¢ en ellos.
La medida cre¨® dudas y Prisiones se vio obligado a emitir al d¨ªa siguiente un segundo oficio en el que recalcaba que, en el caso de los presos con medidas de flexibilizaci¨®n del r¨¦gimen de vida penitenciario por aplicaci¨®n del art¨ªculo 100.2, solo se podr¨ªan beneficiar de la misma si ya estaban con anterioridad en un CIS o una secci¨®n abierta. El escrito, al que accedi¨® EL PA?S, conclu¨ªa recalcando que cualquier decisi¨®n que se adoptase de permitir a otros internos que no cumplieran esta condici¨®n para que residieran en sus domicilios particulares durante la crisis del coronavirus no contaba ¡°con soporte legal alguno, salvo que tal decisi¨®n sea aprobada judicialmente¡±.
En los primeros siete d¨ªas en los que se puso en marcha la medida, las c¨¢rceles dependientes de Interior han autorizado a 2.151 presos de los CIS y las secciones abiertas de las c¨¢rceles a seguir cumpliendo las condenas en sus casas bajo control telem¨¢tico. Hasta que se anunci¨® la medida, los reclusos que disfrutaban de este medida eran 2.230.
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