Patada en la puerta
La Constituci¨®n espa?ola es muy clara: Incluso declarado el estado de alarma, no se puede entrar en un domicilio sin autorizaci¨®n del titular o del juez, m¨¢s que en caso de flagrante delito
La pandemia lo ha trastocado todo. Todas las estructuras de nuestra convivencia, interpersonales, sociales, laborales, econ¨®micas y pol¨ªticas, sufrieron los efectos de la sorpresa y del miedo ante la gravedad y la magnitud de la cat¨¢strofe. El Gobierno decret¨® un riguroso confinamiento que fue asumido, inicialmente, con una ejemplar disciplina c¨ªvica. Despu¨¦s fueron apareciendo nuevas disposiciones administrativas que, en ocasiones, eran improvisadas, descoordinadas, incomprensibles, contradictorias, o insoportables econ¨®micamente. Todo ello gener¨® una creciente desconfianza y desobediencias individuales, sectoriales y grupales. Brotaron las contestaciones, alentadas por irresponsables perspectivas pol¨ªticas de oposici¨®n, por negacionismos y por una razonable y creciente fatiga pand¨¦mica.
Las estructuras legales y jur¨ªdicas sufrieron, l¨®gicamente, el mismo embate ante el cataclismo de la pandemia, y no dieron, ni est¨¢n dando, mejor calidad de respuesta que las estructuras c¨ªvicas y pol¨ªticas. La legislaci¨®n sanitaria estatal y auton¨®mica es abundante, pero dispar y confusa. El Consejo de Estado ha tenido que instar a su clarificaci¨®n. Abundan los ejemplos de improvisaciones, ineficiencias, incoherencias y contradicciones en leyes y decretos, y en sentencias y resoluciones.
Abundan los ejemplos de improvisaciones, ineficiencias, incoherencias y contradicciones en leyesAbundan los ejemplos de improvisaciones, ineficiencias, incoherencias y contradicciones en leyes
Un ejemplo de ineficiencia: las autoridades municipales y auton¨®micas han impuesto miles de multas por desobediencia a las normas relacionadas con la covid. Muchas de esas multas se han recurrido ante los tribunales. Ya hay numerosas sentencias de los juzgados y tribunales de lo Contencioso-Administrativo de toda Espa?a, en muchos casos anulando las multas por distintas cuestiones de tramitaci¨®n. Pero son tantas las confirmadas judicialmente, y las no recurridas, que a las administraciones les faltan medios para cobrarlas.
El argumento de Marlaska es una improvisaci¨®n oportunista para granjearse el seguimiento de sus subordinadosEl argumento de Marlaska es una improvisaci¨®n oportunista para granjearse el seguimiento de sus subordinados
Otro ejemplo, de incoherencia: cuando un sindicato de trabajadores gallegos pidi¨® autorizaci¨®n para manifestarse el 1 de mayo, ¡°en coche con un solo ocupante, con mascarilla y guantes¡±, la autoridad lo prohibi¨® por razones sanitarias, y el tribunal contencioso-administrativo, y finalmente el Constitucional, confirmaron la prohibici¨®n previendo posibles contactos con otros ciudadanos antes o despu¨¦s de la manifestaci¨®n. Sin embargo, cuando VOX pidi¨® autorizaci¨®n para manifestarse, tambi¨¦n con autom¨®viles, la prohibici¨®n de la autoridad administrativa por iguales razones sanitarias fue anulada por los tribunales de Barcelona, Tarragona, Girona, Lleida, Valladolid, ?vila, Burgos, Le¨®n, Palencia¡, y los de VOX pudieron manifestarse sin problemas.
Un ¨²ltimo ejemplo de incoherencia institucional ha hecho saltar todas las alarmas: en Madrid, un vecino denunci¨® el ruido de una fiesta nocturna, que le perturbaba gravemente. La polic¨ªa acudi¨® a la vivienda, pero sus ocupantes se negaron a abrir la puerta sin autorizaci¨®n judicial. La polic¨ªa la derrib¨® violentamente, no para impedir los molestos ruidos, sino para cumplir las normas administrativas sanitarias y del estado de alarma sobre m¨¢ximo aforo permitido. El colmo de la incoherencia fue que el ministro de Interior, anteriormente componente de las m¨¢s altas instancias judiciales, justific¨® esa actuaci¨®n policial.
La Constituci¨®n es muy clara: Incluso declarado el estado de alarma, no se puede entrar en un domicilio sin autorizaci¨®n del titular o del juez, m¨¢s que en caso de flagrante delito. Como ni el titular ni el juez lo hab¨ªan autorizado, y tampoco hab¨ªa delito flagrante, porque no se trataba de delito alguno, al ministro solo se le ocurri¨® una peregrina soluci¨®n: negar que se entr¨®. La vivienda allanada por la polic¨ªa, que era un piso tur¨ªstico, no era, seg¨²n ¨¦l, un domicilio sino un local contratado para fiestas.
Pues bien, a¨²n en ese supuesto, m¨¢s que discutible, tambi¨¦n era necesaria la previa autorizaci¨®n de un juez, siempre imprescindible para la entrada no solo en los domicilios sino tambi¨¦n ¡°en los restantes edificios o lugares cuyo acceso requiera el consentimiento de su titular, para la ejecuci¨®n forzosa de actos de la Administraci¨®n¡±. Esto dice la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, y el exjuez lo sabe. Por eso, si su argumento es una improvisaci¨®n oportunista para granjearse el seguimiento de sus subordinados, justificando una iniciativa policial injustificable, el argumento es tan irrisorio que recuerda aquel consejo de Quevedo: ¡°Si quieres que las mujeres te sigan ponte delante de ellas¡±. Aunque no parece que ese consejo le haya resultado eficaz. Pero, lamentablemente, si el argumento del ahora ministro, constituyera un razonamiento elaborado, estrat¨¦gico, estar¨ªa justificando, sin autorizaci¨®n judicial, unas facultades policiales solo posibles, constitucionalmente, en estado de excepci¨®n. Estar¨ªamos pasando de la irrisi¨®n a la preocupaci¨®n y el estupor. Ser¨ªa la convalidaci¨®n pol¨ªtica de la patada en la puerta, el inicio de la normalizaci¨®n de la excepcionalidad, en una espiral de incontenible deterioro democr¨¢tico. Una grav¨ªsima patada en la puerta de nuestra Constituci¨®n.
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