Los due?os del tobog¨¢n hinchable donde muri¨® una ni?a aceptan un a?o de c¨¢rcel por homicidio imprudente
El matrimonio elude el ingreso en prisi¨®n tras asumir que cometi¨® una negligencia y pagar la indemnizaci¨®n a la familia
Los due?os del tobog¨¢n hinchable de Caldes de Malavella (Girona) que en 2017 caus¨® la muerte a una ni?a de seis a?os han aceptado una condena de un a?o de c¨¢rcel por homicidio imprudente. La atracci¨®n estaba mal anclada y salt¨® por los aires, lo que adem¨¢s del fallecimiento de la menor provoc¨® heridas a otros seis ni?os. La sentencia, a la que ha accedido EL PA?S, concluye que el accidente fue fruto de una negligencia: ¡°Fue consecuencia directa de la inobservancia de las medidas de montaje, seguridad y supervisi¨®n¡±.
La semana pasada deb¨ªa celebrarse el juicio contra el matrimonio que regentaba el restaurante-mas¨ªa Mas Oller, donde se instal¨® el hinchable. La Fiscal¨ªa solicitaba inicialmente cuatro a?os de c¨¢rcel por homicidio imprudente para Jaume M. y Mar¨ªa Pilar P, pero finalmente llegaron a un acuerdo. A cambio de asumir los hechos, la pareja se benefici¨® de una rebaja de la pena gracias a sus esfuerzos para reparar el da?o causado. La pareja, defendida por el penalista Carles Monguilod, ha consignado ya parte del dinero para hacer frente a la indemnizaci¨®n para las v¨ªctimas y sus familias (640.000 euros). La mayor parte de ese dinero ha sido abonado por la aseguradora que ten¨ªan contratada. La sentencia, dictada por el juzgado de lo penal n¨²mero 2 de Girona, deja en suspenso la ejecuci¨®n de la pena, por lo que la pareja no deber¨¢ ingresar en prisi¨®n.
En marzo de 2017, Jaume y Mar¨ªa Pilar compraron un tobog¨¢n hinchable con dibujos del personaje infantil Bob Esponja a un particular. Pagaron 3.000 euros y la instalaron en la mas¨ªa. La atracci¨®n, recoge la sentencia, no ten¨ªa manual de instrucciones ni normas de seguridad y ninguno de los dos se interes¨® por esos documentos. El tobog¨¢n dispon¨ªa de diez anclajes, cinco por lado, y estuvo en funcionamiento todos los fines de semana. Los acusados, sin embargo, solo sujetaban la atracci¨®n con dos anclajes, los de la zona posterior, no dispon¨ªan de las cuerdas necesarias para llevar a cabo la sujeci¨®n por delante.
Las negligencias fueron numerosas. La normativa europea, recuerda la sentencia, se?ala que este tipo de juegos infantiles deben disponer al menos de seis puntos de anclaje al suelo. A?ade que ning¨²n trabajador supervisaba la instalaci¨®n cuando estaba en funcionamiento, pese a que la normativa obliga a ello. Y se?ala que la pareja ni siquiera pidi¨® la licencia administrativa correspondiente para este tipo de atracciones.
El 7 de mayo de 2017, Jaume y Mar¨ªa Pilar no estaban en el restaurante. Uno de sus trabajadores instal¨® el hinchable, como siempre, con los dos ¨²nicos puntos de anclaje. Alrededor de las 15.30, se produjo una r¨¢faga de aire que rompi¨® los dos puntos de anclaje. La atracci¨®n se desprendi¨® de su base y salt¨® por los aires. El tobog¨¢n, donde hab¨ªa entonces siete menores, lleg¨® a desplazarse hasta 39 metros de su posici¨®n inicial y acab¨® en el tejado del restaurante. Los ni?os cayeron al suelo desde diferentes alturas. Ar¨¢n, una ni?a de seis a?os, sufri¨® un impacto especialmente severo. Fue trasladada en helic¨®ptero al y, a las pocas horas de llegar al hospital, muri¨®.
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