El Supremo rebaja a una multa la pena impuesta a un inspector de los Mossos por las cargas del 15-M y evita su ingreso en prisi¨®n
La Audiencia de Barcelona conden¨® inicialmente al mando policial a dos a?os y cuatro meses de c¨¢rcel
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado a una multa de 9.000 euros la condena de dos a?os y cuatro meses de c¨¢rcel que la Audiencia de Barcelona impuso al inspector de Mossos Jordi Arasa por las cargas en la acampada de indignados del 27 de mayo de 2011, aunque reprueba su ¡°agresiva¡± conducta. En su sentencia, el Supremo estima parcialmente los recursos que presentaron la Fiscal¨ªa y la defensa de Arasa, representado por los servicios jur¨ªdicos del sindicato SPC a trav¨¦s del bufete Fuster-Fabra, y revoca la condena que se le impuso por dos delitos de lesiones a dos manifestantes.
Arasa fue condenado por la Audiencia de Barcelona, nueve a?os despu¨¦s de las im¨¢genes de las cargas en la plaza Catalu?a que dieron la vuelta al mundo, porque el tribunal entendi¨® injustificados los golpes de porra que dio a los indignados, quienes se hab¨ªan concentrado sentados en el suelo para impedir el desalojo de la acampada. El Supremo ha reducido ahora la condena a solo un delito de lesiones, al entender que las heridas que el inspector, que fue jefe de la unidad ARRO de Mossos, provoc¨® a dos indignados que intentaban pedir el desalojo de la acampada del 15-M no eran tan graves como estimaba la Audiencia de Barcelona.
La sentencia, no obstante, coincide con la Audiencia en el que inspector hizo un uso desproporcionado de la fuerza contra los indignados, que permanecieron sentados en el suelo con los brazos en alto para impedir el desalojo, sin que hubiera una ¡°situaci¨®n de peligro¡± que la justificara. ¡°Todo apunta a un actuar precipitadamente agresivo por parte de quien, como jefe de las ARRO, cuerpo especialmente destinado a intervenir en situaciones de conflicto, precisamente por raz¨®n del cargo que ostenta ha de estar acostumbrado a soportar situaciones de presi¨®n y a quien incumbe un participar esfuerzo de contenci¨®n¡±, sostiene el Supremo.
Para la sala, aunque los concentrados trataran de obstaculizar la salida de los camiones de limpieza de la plaza, su comportamiento ¡°no era agitado ni se produjeron actos de agresi¨®n a los agentes ni altercados singulares, lo que dejaba espacio razonable para proseguir con las t¨¦cnicas de disuasi¨®n¡±. ¡°No olvidemos que los hechos se desarrollan en el contexto de una concentraci¨®n pac¨ªfica que duraba ya varios d¨ªas y en distintos puntos de la geograf¨ªa espa?ola¡±, a?ade la sentencia.
Con su sentencia, el Supremo zanja un caso que se inici¨® en 2011 y que puso en el punto de mira a los antidisturbios de los Mossos pese a que el Govern de Artur Mas, con Felip Puig al frente de la conselleria de Interior, cerr¨® filas con su polic¨ªa. La intervenci¨®n en la acampada del 15-M, movimiento que en 2011 vivi¨® su momento de popularidad m¨¢s ¨¢lgido, se planific¨® inicialmente junto a la Guardia Urbana de Barcelona como un intento de limpieza de la plaza de Catalunya ante la inminente celebraci¨®n de la final de la Champions League.
No obstante, los indignados entendieron que la operaci¨®n de limpieza no era m¨¢s que un excusa para sacarlos de la plaza y se atrincheraron en su acampada, entrelaz¨¢ndose por los brazos y sent¨¢ndose en el suelo, mientras su n¨²mero crec¨ªa. A lo largo de toda la ma?ana del 27M, los antidisturbios cargaron contra grupos de indignados con las manos en alto -estampa que se col¨® en las portada de medios de todo el mundo-, sin lograr su prop¨®sito: horas m¨¢s tarde, las tiendas de campa?a se multiplicaban y el 15M reun¨ªa a miles de manifestantes en la plaza de Catalunya.
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