Un juzgado de Girona suspende por primera vez un juicio en previsi¨®n de que se apruebe la ley de amnist¨ªa
La Abogac¨ªa del Estado apoy¨® la solicitud de la defensa para paralizar la vista, y la Fiscal¨ªa se opuso
El Juzgado de lo Penal N¨²mero 2 de Girona ha sido el primero en suspender un juicio vinculado al proc¨¦s en previsi¨®n de que sea aprobada la ley de amnist¨ªa. Los pr¨®ximos 12 y 13 de diciembre deb¨ªan ser juzgados cuatro hombres por el corte de las v¨ªas del AVE en octubre de 2018, durante las protestas organizadas en el primer aniversario del refer¨¦ndum ilegal del 1-O. Est¨¢n acusados de delitos de des¨®rdenes p¨²blicos, atentado, da?os y lesiones leves. Se enfrentan a cuatro a?os de prisi¨®n y multas por valor de 12.150 euros. Pero la defensa solicit¨® la suspensi¨®n del juicio esgrimiendo la futura aprobaci¨®n de la ley de amnist¨ªa, solicitud a la que se adhiri¨® la Abogac¨ªa del Estado (los servicios jur¨ªdicos del Gobierno) y a la que se opuso la Fiscal¨ªa. La letrada de la administraci¨®n de justicia (LAJ) ha estimado la petici¨®n porque, ¡°de prosperar la aprobaci¨®n [de la ley], habr¨ªa hecho in¨²til la celebraci¨®n de un juicio con alto coste material y personal¡±.
Los abogados de la defensa, Montserrat Vinyets y Benet Salellas, recordaron que ya ha sido presentada en el registro del Congreso de los Diputados la proposici¨®n de la Ley Org¨¢nica de Amnist¨ªa para la normalizaci¨®n institucional, pol¨ªtica y social en Catalu?a. La norma establece, entre otras cosas, que quedar¨¢n amnistiados ¡°actos de des¨®rdenes p¨²blicos, atentado a agentes de la autoridad y aquellos materialmente conexos desarrollados en las protestas relativas a la secesi¨®n de Catalu?a¡±. Los letrados sostuvieron que el caso de sus defendidos encaja en esos supuestos y que, con la suspensi¨®n, se evitar¨ªa ¡°celebrar un juicio largo por unos hechos que despu¨¦s pudieran quedar amnistiados¡±.
La Abogac¨ªa del Estado tambi¨¦n pidi¨® la suspensi¨®n ante la posibilidad de que la aprobaci¨®n de la ley de amnist¨ªa ¡°implique la extinci¨®n de la responsabilidad de los acusados¡±, y apel¨® al ¡°coste personal y material para los intervinientes y el principio de econom¨ªa procesal¡±. La Fiscal¨ªa se opuso a la suspensi¨®n porque ¡°se solicita en base a una ley no vigente a fecha de hoy, de tramitaci¨®n posiblemente larga y de ¨¢mbito de aplicaci¨®n incierto en relaci¨®n a los hechos de los autos¡±.
El decreto del juzgado de Girona admite que la causa alegada para suspender ¡°no est¨¢ entre las causas objetivas de suspensi¨®n de se?alamientos¡± y que ¡°la ley de amnist¨ªa se halla al comienzo de su tramitaci¨®n parlamentaria y no es vigente ni aplicable¡±. Concluye, no obstante, que deben tenerse en cuenta aspectos en este se?alamiento concreto; por ejemplo, que est¨¢ se?alado para dos d¨ªas y tendr¨ªa ¡°un gran volumen de actuaciones y testigos¡±, muchos de los cuales deben desplazarse desde varios puntos de Espa?a porque no han sido admitidas intervenciones telem¨¢ticas. La resoluci¨®n a?ade que no se ha localizado a un testigo que para la Fiscal¨ªa ¡°resulta esencial¡± y cuya ausencia fue el motivo de la tercera suspensi¨®n de este juicio. Adem¨¢s, sigue de baja de larga duraci¨®n el agente de los Mossos d¡¯Esquadra instructor de la causa.
El juzgado indica que, aunque la ley de amnist¨ªa ¡°no se halla vigente, s¨ª est¨¢ en tramitaci¨®n parlamentaria¡± y recoge en su actual redactado, dentro de su ¨¢mbito objetivo, los hechos objeto de la presente causa. En caso de que la norma llegue a buen puerto, ¡°habr¨ªa hecho in¨²til la celebraci¨®n de un juicio con alto coste material y personal¡±. Por todo ello, y haciendo suya la argumentaci¨®n de la Abogac¨ªa del Estado, la funcionaria estima ¡°como m¨¢s juicioso posponer la fecha de juicio¡± con un margen temporal para clarificar la situaci¨®n legislativa de la proposici¨®n de ley citada, y acordar uno de nuevo para el 11 y 12 de noviembre de 2024.
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