La Audiencia de Valencia archiva la causa contra Camps por la visita del Papa
El tribunal considera que no hay delito porque el traspaso de fondos del Consell se hizo a una fundaci¨®n que se convirti¨® en p¨²blica
La secci¨®n cuarta de la Audiencia de Valencia ha rechazado los recursos del ministerio fiscal y la Generalitat Valenciana contra la decisi¨®n de la magistrada del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de sobreseer, por dos veces, la causa contra el expresidente Francisco Camps y otros ex altos cargos por presuntas irregularidades en las contrataciones de la Fundaci¨®n V Encuentro Mundial de las Familias (FVEMF) para la visita del papa Benedicto XVI a la ciudad en 2006.
Contra esta decisi¨®n de la sala no cabe recurso, por lo que se convierte en definitiva. Adem¨¢s de Camps, en la causa tambi¨¦n figuraban como investigados cargos de la Fundaci¨®n; el exvicepresidente V¨ªctor Campos; el obispo auxiliar de Valencia Esteban Escudero; el secretario del arzobispado, Antonio Corb¨ª y Enrique P¨¦rez Boada, comisionado de la visita de Benedicto XVI.
Esta causa derivaba de la principal abierta por la visita del Papa, dentro del caso G¨¹rtel, que permiti¨® a la red, liderada por Francisco Correa, embolsarse 3,2 millones de euros. La Audiencia Nacional impuso, en 2020, penas de hasta 15 a?os y cinco meses a 19 de los 23 acusados por el desv¨ªo a la trama de fondos p¨²blicos.
En la pieza que quedaba viva, la sala ve ¡°inatacable¡± y ¡°fundada¡± la resoluci¨®n de la juez de Instrucci¨®n que explic¨® las razones por las que consideraba que, tras el agotamiento de la investigaci¨®n, no hab¨ªa encontrado indicios probatorios suficientes para apreciar los delitos atribuidos por las acusaciones a los investigados. Rechaza que hubiera malversaci¨®n de caudales p¨²blicos por las aportaciones del Consell a la Fundaci¨®n, dado que la entrega del dinero se hizo a una entidad convertida en p¨²blica y porque ¡°no fue una decisi¨®n personal y privada de ning¨²n investigado revestido de autoridad, ni su destino fue enriquecer injustamente un patrimonio privado sino que se emple¨® en el abono de los trabajos y servicios realizados para la celebraci¨®n del evento p¨²blico¡±, por lo que ¡°no cabe hablar de gesti¨®n desleal alguna¡± sustentadora de los elementos de ese delito.
Para la sala, ¡°es innegable¡± que los contratos ¡°tuvieron lugar formalmente en el seno de una fundaci¨®n privada¡± y se llevaron a caso ¡°bajo los auspicios de la legislaci¨®n civil reguladora de la vida privada de la Fundaci¨®n¡± pero apunta que la jueza de Instrucci¨®n se decant¨® por el criterio t¨¦cnico de las defensas, al igual que lo ha hecho ahora la Audiencia, porque el hecho ¡°clama la aplicaci¨®n de la regla del in dubio pro reo, vista la imposibilidad de configurar con suficientes garant¨ªas t¨¦cnicas el elemento objetivo del delito (la existencia de una resoluci¨®n arbitraria e ilegal en asunto administrativo)¡±. Y subraya que si esta ¡°insuficiencia indiciaria¡± ha aparecido de ¡°modo flagrante¡±, la respuesta de la instructora de sobreseer la causa debe ser considerada ¡°adecuada y procedente¡±.
¡°Comentarios personales¡±
En esta l¨ªnea, recalca que no se adivina, como se?ala la jueza, ¡°ning¨²n prop¨®sito delictivo en el acuerdo de creaci¨®n de la Fundaci¨®n, ni actuaci¨®n posterior dirigida a se?alar el camino il¨ªcito a los contratistas de la Fundaci¨®n¡± y sostiene que el alegado por el Ministerio Fiscal ¡°protagonismo jactancioso¡± del presidente de la Generalitat en el ejercicio de sus funciones p¨²blicas, o la manifestaci¨®n de que ¡°en aquella ¨¦poca se hac¨ªa lo que mandaba el presidente¡±, ¡°no son m¨¢s que comentarios personales extra?os al debate jur¨ªdico¡±.
Sobre la denuncia de las acusaciones acerca de la aportaci¨®n a la Fundaci¨®n de 2.000.000 de euros por el Consell en 2010 en concepto de dotaci¨®n fundacional, suma destinada de inmediato a abonar las deudas pendientes por los trabajos y servicios contratados en los a?os 2005 y 2006 y la entrega posterior en 2014 de 1.306.897 euros con el mismo destino, la sala se?ala que las cantidades fueron transferidas ¡°al comp¨¢s de la modificaci¨®n jur¨ªdica de la fundaci¨®n, convertida en p¨²blica por el Consell mediante su adscripci¨®n a este sector, recibiendo en tal concepto el dinero¡±.
¡°En primer lugar por cuanto el dinero fue entregado a una Fundaci¨®n convertida en p¨²blica, y en segundo lugar porque dichas entregas son fruto de una decisi¨®n pol¨ªtica, tanto por raz¨®n del sujeto que las concedi¨® (acuerdos del pleno del Consell a propuesta de la Conselleria de Econom¨ªa y Hacienda), como del objeto a que se destinaron (subvenir a los gastos llevados a cabo por la Fundaci¨®n en la consecuci¨®n de un bien de inter¨¦s general)¡±, indica la sala.
Para el tribunal, ¡°no cabe duda en relaci¨®n con este ¨²ltimo extremo que as¨ª debe considerarse el objetivo del buen desarrollo de los actos del VEMF, por ser de notorio y p¨²blico conocimiento el inmenso n¨²mero de personas asistentes directamente a los mismos y el ingente seguimiento que tuvo a trav¨¦s de los medios de comunicaci¨®n, con la consiguiente y paralela proyecci¨®n mundial de la imagen de la Ciudad de Valencia, viniendo pues a prestar la Fundaci¨®n un irrefutable servicio p¨²blico finalmente auxiliada en sus costos por el Gobierno auton¨®mico¡±.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.