La justicia mantiene la prohibici¨®n de que los usuarios de residencias valencianas tengan contacto f¨ªsico con los familiares
La patronal de las residencias de la tercera edad hab¨ªa pedido autorizaci¨®n para que hubiera abrazos al inicio y al final de las visitas
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por la patronal de las residencias de la Comunidad Valenciana para que los familiares pudieran mantener contacto f¨ªsico con los residentes.
En la resoluci¨®n, el TSJ entiende que no se dan los requisitos necesarios para aceptar el contacto f¨ªsico ya que el inter¨¦s general de salud p¨²blica prevalece sobre los argumentos aportados por la asociaci¨®n, que defend¨ªa la necesidad de recuperar ese contacto f¨ªsico para proteger la salud emocional y ps¨ªquica de las personas atendidas.
¡°Aerte ha hecho todo lo que estaba en su mano, incluso acudir a los tribunales, para que los familiares y las personas usuarias pudieran tocarse de manera segura. Creemos que la situaci¨®n actual de los centros residenciales lo permite, a pesar del incremento de los casos en el conjunto de la sociedad, ya que los brotes que se han producido tienen una evoluci¨®n muy distinta a la de meses anteriores. Eran los magistrados del TSJCV los que deb¨ªan decidir cumpliendo con su papel en la sociedad y, en este caso, no han considerado suficientes los argumentos que hemos presentado, lo que asumimos de la misma manera que en otras ocasiones en las que nos han dado la raz¨®n¡±, ha declarado el presidente de la Asociaci¨®n Empresarial de Residencias y Servicios de Atenci¨®n a la Dependencia de la Comunidad Valenciana (Aerte), Jos¨¦ Mar¨ªa Toro, a trav¨¦s de un comunicado.
La asociaci¨®n esgrimi¨® la necesidad de contacto f¨ªsico entre familiares y residentes ¡°puntual al inicio y a la terminaci¨®n de la visita, con todas las precauciones¡± pero con el objetivo de prevenir ¡°mayores da?os psicol¨®gicos¡± a los usuarios de los centros. Aerte tambi¨¦n argument¨® el alto ¨ªndice de vacunaci¨®n y los bajos datos de contagios y fallecidos. Aun as¨ª, la justicia se?ala que debe prevalecer ¡°frente al inter¨¦s particular invocado por la recurrente (¡) el inter¨¦s general que trata de proteger la Administraci¨®n auton¨®mica con la resolucion recurrida¡±.
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