El Gobierno valenciano podr¨¢ multar con cerca de un mill¨®n de euros los abusos inmobiliarios
El decreto reci¨¦n aprobado recoge la cesi¨®n forzosa y temporal de viviendas vac¨ªas de grandes tenedores en casos de calamidades p¨²blicas, desplazados por guerras o situaciones de sinhogarismo
El Gobierno valenciano ha aprobado este viernes, despu¨¦s de meses de negociaci¨®n entre los socios de coalici¨®n (PSPV, Comprom¨ªs y Unides Podem), un decreto ley ¡°para combatir los abusos de los fondos buitre y hacer frente a la emergencia residencial¡± en la Comunidad Valenciana, ha expuesto el vicepresidente y consejero de Vivienda, H¨¦ctor Illueca. La norma prev¨¦ multas de casi un mill¨®n de euros para los casos graves de abusos inmobiliarios. ¡°El objetivo es proteger a las familias, luchar contra el acoso y garantizar la funci¨®n social de la vivienda¡±, ha manifestado el vicepresidente.
El titular auton¨®mico de Vivienda ha calificado la norma de ¡°audaz¡± para combatir los acosos y abusos inmobiliarios y para hacer frente a la ¡°situaci¨®n de emergencia residencial que vivimos¡±, y ha reconocido que exist¨ªa una laguna legal sobre el abuso inmobiliario que ahora se cubre con conductas tipificadas y multas de hasta 950.000 euros, y con un sistema de inspecci¨®n que garantizar¨¢ la eficacia de la normativa.
Illueca ha justificado el decreto por la situaci¨®n de emergencia que ha provocado la invasi¨®n de Ucrania ¡ªla Comunidad Valenciana es una de las comunidades aut¨®nomas espa?olas que ha acogido m¨¢s desplazados¡ª, las tensiones inflacionistas y la subida de los tipos de inter¨¦s y su efecto en el encarecimiento de las hipotecas. ¡°Todo ello puede provocar que muchas familias entren en una situaci¨®n de insolvencia¡±, ha remarcado el vicepresidente.
El decreto ley permite adem¨¢s la cesi¨®n forzosa y temporal del uso de inmuebles que permanezcan vac¨ªos desde hace m¨¢s de un a?o y que son propiedad de grandes tenedores, es decir, aquellos con m¨¢s de 10 viviendas, en casos de calamidades p¨²blicas, desplazados por guerras o situaciones de sinhogarismo. Tambi¨¦n cuando en un municipio se hayan producido el a?o anterior ¡°incrementos significativos, de al menos un 20% en familias desahuciadas, desalojadas o lanzadas de su vivienda habitual¡±.
La norma garantizar¨¢ una justa compensaci¨®n a los grandes tenedores por las viviendas cuyo usufructo se ceda obligatoriamente, que se calcular¨¢ de acuerdo con la normativa estatal de expropiaci¨®n forzosa; y la cesi¨®n se llevar¨¢ a cabo por un plazo m¨¢ximo de 5 a?os si el gran tenedor es una persona f¨ªsica, o de 7 a?os si es jur¨ªdica.
Seg¨²n el vicepresidente, la norma clarifica los supuestos en los que se puede llevar a cabo esa especie de ¡°expropiaci¨®n¡± temporal del uso de los inmuebles con el objetivo de generar mayor ¡°seguridad jur¨ªdica¡±. Los recelos en torno a la cesi¨®n forzosa por parte de alguno de los socios del Ejecutivo ha tenido atascado el decreto durante meses pero, finalmente, el Bot¨¤nic cerr¨® un acuerdo ayer jueves tras concretar todav¨ªa m¨¢s las situaciones que dar¨ªan pie a la cesi¨®n obligatoria. Illueca ha explicado que los cambios se han introducido tras un proceso de di¨¢logo en el seno del Consell que ha tenido como resultado la clarificaci¨®n de los casos de intervenci¨®n.
La Administraci¨®n valenciana prev¨¦ adem¨¢s la creaci¨®n de un registro de grandes tenedores de viviendas; la creaci¨®n de un r¨¦gimen espec¨ªfico de colaboraci¨®n p¨²blico-privada en materia de vivienda; medidas de acompa?amiento, apoyo y asesoramiento integral a familias en vulnerabilidad y da carta de legalidad a la unidad antidesahucios con un nuevo protocolo de actuaci¨®n. Los funcionarios que realizar¨¢n las inspecciones ya existen actualmente pero ahora se enmarcar¨¢n en el nuevo sistema de inspecci¨®n, y est¨¢ prevista la creaci¨®n de un cuerpo profesional para detectar irregularidades.
Como novedad, el decreto tipifica y regula la definici¨®n del acoso inmobiliario como ¡°toda acci¨®n u omisi¨®n en perjuicio de la persona ocupante de una vivienda con el fin de perturbarla en el uso y disfrute pac¨ªfico de la misma, incluso generando un entorno material, social, personal o familiar hostil o humillante¡±, recoge el texto. ¡°Especialmente si dicha conducta se realiza con intenci¨®n de forzar a la persona ocupante a desalojar la vivienda o a adoptar cualquier otra decisi¨®n no deseada sobre el derecho que pudiere ampararle de uso y disfrute de dicha vivienda¡±, concluye el decreto.
Illueca ha explicado que se tipifican varias de las ¡°conductas de acoso¡± m¨¢s habituales como la negativa a aceptar el pago del alquiler ¡°por parte muchas veces de fondos de inversi¨®n que quieren quitarse de encima a las familias¡±; la negativa a hacer las reformas necesarias para que la vivienda est¨¦ en condiciones y ¡°las conductas que tienden a perturbar el pac¨ªfico disfrute de las viviendas sirvi¨¦ndose de terceras personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas¡±.
El vicepresidente ha destacado que con la norma la Generalitat completa el despliegue competencial hasta el l¨ªmite de sus posibilidades y se sit¨²a a la vanguardia en Espa?a en pol¨ªticas de vivienda con un conjunto de herramientas que ha desplegado a lo largo de la legislatura.
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