Afianzando igualdades
Reforzar la dimensi¨®n auton¨®mica de la igualdad resulta pues una tarea irrenunciable.
Siendo m¨¢s que cuestionable que las leyes, y m¨¢s las normas b¨¢sicas institucionales, tengan un ¡°orden de g¨¦nero¡±, lo cierto es que ¨¦ste, como se?alan los expertos, habr¨ªa venido a condicionar no s¨®lo la producci¨®n legislativa y normativa de las principales instituciones de la Generalitat, Corts y Consell, sino, incluso, toda la aplicaci¨®n jur¨ªdica del ordenamiento jur¨ªdico auton¨®mico por los ¨®rganos judiciales.
La tramitaci¨®n parlamentaria de la ¨²ltima gran reforma estatutaria sirvi¨® para que algunas voces advirtiesen de sus deficiencias m¨¢s acusadas. As¨ª, la entonces presidenta del Consell Valenci¨¤ de la Dona, ¨®rgano consultivo y de car¨¢cter asesor del departamento competente, postul¨® la inclusi¨®n de un ep¨ªgrafe dedicado exclusivamente a apoyar la igualdad y la dignidad de las mujeres.
La apertura del Estatuto valenciano al constitucionalismo multinivel ha propiciado importantes avances en materia de igualdad efectiva inter-sexos, en particular en el ¨¢mbito del empleo y la pr¨¢ctica laboral; sin olvidar, tampoco, la lucha y protecci¨®n de la violencia ejercida contra las mujeres que ha focalizado en los ¨²ltimos tiempos otra ¡°cuesti¨®n de nombres¡±, similar a la ling¨¹¨ªstica que se dio en la Transici¨®n valenciana.
Desde el inicio de la autonom¨ªa en 1982, la Comunitat Valenciana ha establecido un amplio marco legislativo para impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, integrando sus t¨ªmidas competencias auton¨®micas en la materia con el mandato constitucional. A trav¨¦s de leyes como la pionera Ley 9/2003 para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, de gran calidad t¨¦cnica, que ha posibilitado articular pol¨ªticas p¨²blicas que buscan erradicar cualquier forma de discriminaci¨®n en dicho ¨¢mbito. Adem¨¢s, la Ley 7/2012 contra la violencia sobre la mujer refuerza la protecci¨®n social, consolidando a la Comunitat como referente en la promoci¨®n de derechos de la mujer.
Tampoco podemos olvidar la Ley 4/2012, de 15 de octubre, que aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat, que dedica todo su T¨ªtulo II a ese cometido, incorporando importantes principios rectores y directrices, y dotando de transversalidad jur¨ªdica al principio igualitario, sin agotar todos los ¨¢mbitos de proyecci¨®n de este. Este enfoque legislativo ha permitido avanzar hacia una mayor justicia social y equidad de g¨¦nero en el territorio, consolidando un marco normativo en constante evoluci¨®n, que busca responder a los desaf¨ªos actuales en materia de igualdad.
Ahora bien, los importantes desarrollos legislativos estatales que se han producido desde entonces, en materia de igualdad efectiva (Ley Org¨¢nica 3/2007, de 22 de marzo); trato igualitario e interdicci¨®n de la discriminaci¨®n (Ley 15/2022, de 12 de julio); o, incluso, en materia de representaci¨®n paritaria y presencia equilibrada (Ley Org¨¢nica 2/2024, de 1 de agosto) exigen, urgentemente, una puesta al d¨ªa del despliegue legislativo valenciano.
Por un lado, est¨¢ la Ley 9/2003, modificada hasta en cuatro ocasiones (2024, 2019, 2018 y 2016) , exige una precisa reordenaci¨®n, reforzando su coherencia interna respecto del grueso de ordenamiento auton¨®mico. Quiz¨¢s lo m¨¢s perentorio es actualizar las estructuras de igualdad, que han ido ganado en complejidad a lo largo de las ¨²ltimas d¨¦cadas. Una misi¨®n perentoria es, sin duda, tambi¨¦n reforzar la dimensi¨®n auton¨®mica de la igualdad de trato, que ahora cuenta con un marco integral de car¨¢cter estatal y supletorio, pero que ya ha sido interiorizado por algunas autonom¨ªas, incluso, anticip¨¢ndose al legislador estatal. Una actuaci¨®n que quiz¨¢s podr¨ªa ser aprovechada para armonizar nuestro marco normativo reciente en materia de igualdad y reconocimiento de nuevos derechos. Por ¨²ltimo, la actualizaci¨®n de una representaci¨®n paritaria y equilibrada en el seno de las instituciones de autogobierno, propiciada por la Ley 12/2017, de 2 de noviembre, podr¨ªa ser, finalmente, traslada al seno de la Administraci¨®n de la Generalitat y todo su sector p¨²blico instrumental, dando efectividad a una anomal¨ªa que ni el voluntarismo de los ¨²ltimos gobiernos ha logrado doblegar. Cerrando el c¨ªrculo de un equilibrio real en todo nuestro sistema institucional auton¨®mico.
Reforzar, pues, la dimensi¨®n auton¨®mica de la igualdad resulta pues una tarea irrenunciable. Que, sin duda, hubiese facilitado un haz competencial actualizado, que hubiese incorporado la perspectiva igualitaria en todo el ordenamiento jur¨ªdico valenciano. Posibilitando as¨ª, no s¨®lo nuevos derechos vinculados a la dignidad de la mujer sino fortaleciendo un criterio hermen¨¦utico capaz de reinterpretar algunos valores sobre los que hemos construido nuestro como la igualdad de oportunidades o, incluso, la interdicci¨®n de la discriminaci¨®n de todo tipo.
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