Los ¡°gastos de representaci¨®n¡± que cobra Feij¨®o, una hist¨®rica remuneraci¨®n en el PP bajo sospecha
No queda claro en la legislaci¨®n si es posible cobrar como parlamentario y a la vez como cargo de un partido pol¨ªtico, seg¨²n expertos consultados. El presidente del Senado da al l¨ªder popular hasta el 4 de julio para informar sobre cu¨¢nto percibe de su formaci¨®n, la direcci¨®n popular se niega hasta el 17 de agosto
Los ¡°gastos de representaci¨®n¡± acumulan un largo recorrido en el Partido Popular. Y en momentos puntuales, el camino ha sido truculento. Desde hace a?os, la direcci¨®n del partido ha utilizado esa denominaci¨®n para referirse a las retribuciones que cobran los miembros de su ejecutiva, con especial atenci¨®n a su l¨ªder. El actual presidente de la formaci¨®n, Alberto N¨²?ez Feij¨®o, admiti¨® el d¨ªa 19 en la Cadena SER, por primera vez, que percibe tambi¨¦n esa cantidad al margen de su salario como senador. Pero en su declaraci¨®n de bienes y rentas, presentada en la C¨¢mara alta en mayo de 2022, no figura tal cobro, ni tampoco se ha modificado a posteri, lo que llev¨® al PSOE a protestar ante el Senado el lunes. El presidente de la C¨¢mara, el socialista Ander Gil, ha pedido a Feij¨®o que actualice su declaraci¨®n antes del 4 de julio, a 20 d¨ªas de la cita con las urnas. Fuentes de la direcci¨®n popular insisten en esperar hasta el 17 de agosto, cuando abandone el acta. Pero, ?puede un diputado o un senador cobrar dinero de un partido pol¨ªtico? La respuesta encierra una laguna jur¨ªdica, seg¨²n expertos consultados, sorteada por los populares en el pasado.
El art¨ªculo 157 de Ley Org¨¢nica del R¨¦gimen Electoral General (LOREG) contempla que ¡°el mandato de los diputados y senadores ser¨¢ incompatible con el desempe?o, por s¨ª o mediante sustituci¨®n, de cualquier otro puesto, profesi¨®n o actividad, p¨²blicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldo, salario, arancel, honorarias o cualquier otra forma¡±. Este r¨¦gimen de dedicaci¨®n absoluta se aplica, salvo algunas excepciones, como impartir clases en la universidad. Respecto al caso de Feij¨®o, s¨ª es compatible ostentar un cargo en un partido pol¨ªtico y a la vez ocupar un esca?o, seg¨²n detallan varias fuentes de Las Cortes, y as¨ª se ha reflejado en distintos dict¨¢menes emitidos por la Comisi¨®n del Estatuto de los Diputados. Pero lo que no recoge la norma es si se puede o no cobrar por ejercer un cargo org¨¢nico en un partido pol¨ªtico cuando ya se est¨¢ percibiendo un sueldo parlamentario. Y tampoco ha habido pronunciamientos espec¨ªficos al respecto.
Recuerdan fuentes de esa comisi¨®n que nunca entraron a valorar este extremo precisamente porque el PP los califica como ¡°gastos de representaci¨®n¡± y no salario. Esta denominaci¨®n por parte de los populares no es nueva, pues desde tiempos del expresidente del Gobierno y del PP, Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, se recoge como tal. Sin embargo, en el pasado se demostr¨® que esos ¡°gastos de representaci¨®n¡± se abonaban en 14 pagas, incluyendo dos pagas extra, como suele ocurrir con los salarios al uso. Pablo Casado, el antecesor de Feij¨®o, expuso, en la declaraci¨®n de rentas que registr¨® en junio de 2019 en el Congreso, percibir del PP un sueldo de 47.720 euros netos, aparte de lo que recib¨ªa por su condici¨®n de diputado. Mariano Rajoy declar¨® entre 2006 y 2011 unos ingresos del partido de entre 146.000 y 200.000 euros brutos al a?o, seg¨²n sus declaraciones de bienes, y de 50.000 euros brutos al a?o como diputado en el Congreso.
En la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, el extesorero del PP Luis B¨¢rcenas ya cont¨® en 2014 que los altos cargos del partido cobraban unos sobresueldos como ¡°gastos de representaci¨®n¡± por los que pagaban impuestos. Y que esa f¨®rmula de pago estaba avalada por el despacho jur¨ªdico de Miguel Crisantemo. El Colegio General de la Abogac¨ªa Espa?ola remiti¨® a EL PA?S una respuesta en la que asegur¨® que en sus archivos ¡°no apareci¨® ning¨²n abogado colegiado¡± con el nombre de Miguel Crisantemo. En el PP tampoco sab¨ªan d¨®nde estaba el informe jur¨ªdico que valid¨® el pago de sobresueldos en forma de gastos de representaci¨®n. Ni si exist¨ªa Miguel Crisantemo. Ni si se le pag¨® por un informe jur¨ªdico. ¡°Eso lo dijo B¨¢rcenas. ?l sabr¨¢¡±, contestaron entonces. Ese dictamen, seg¨²n el extesorero, fue el que permiti¨® el pago de sueldos colosales. Aznar pas¨® en apenas seis a?os ¡ªde 1990 a 1996¡ª de cobrar 42.000 euros del PP a ingresar 73.000 euros por el concepto de gastos de representaci¨®n, adem¨¢s de su salario oficial de diputado en el Congreso. En el PP, la legalidad de esas retribuciones extraordinarias se justific¨®, seg¨²n B¨¢rcenas, en el informe jur¨ªdico que elabor¨® el desconocido Miguel Crisantemo.
En el caso de otros partidos pol¨ªticos, como el PSOE, los cargos de la ejecutiva que adem¨¢s son parlamentarios no cobran un sueldo extra, seg¨²n fuentes del partido. La ley s¨ª prev¨¦ expresamente que los miembros del Gobierno no pueden percibir una remuneraci¨®n al margen de su retribuci¨®n como ministros o como presidente del Ejecutivo, a diferencia de la laguna jur¨ªdica creada en torno a los parlamentarios. En cuanto a otros partidos, el l¨ªder de Ciudadanos, Adri¨¢n V¨¢zquez, cobra entre 1.000 y 5.000 euros mensuales en virtud de su cargo como secretario general, como se refleja en la declaraci¨®n presentada como eurodiputado ante Bruselas. Mientras que en la declaraci¨®n presentada en el Congreso por Santiago Abascal no consta que ingrese ninguna cantidad como presidente de su partido.
Estos sueldos extra no tienen por qu¨¦ tener un origen espurio. Pero expertos como el catedr¨¢tico de Derecho Constitucional Agust¨ªn Ruiz Robledo ponen el acento en que, de cobrarse, deber¨ªa estar a disposici¨®n de los ciudadanos cu¨¢nto perciben. Los partidos pol¨ªticos se financian en un 80% con dinero p¨²blico, sufragado con ¡°los impuestos de todos¡±.
Fuera del contexto concreto del Parlamento, la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Informaci¨®n p¨²blica y Buen Gobierno indica en su art¨ªculo 8 que los sujetos incluidos en su ¨¢mbito de aplicaci¨®n ¡°deber¨¢n hacer p¨²blica, como m¨ªnimo, la informaci¨®n relativa a los actos de gesti¨®n administrativa con repercusi¨®n econ¨®mica o presupuestaria que se indican a continuaci¨®n¡± como ¡°las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y m¨¢ximos responsables de las entidades incluidas en el ¨¢mbito de la aplicaci¨®n¡±. En su ¨¢mbito de aplicaci¨®n se incluye precisamente a los partidos pol¨ªticos.
Requerimiento del Senado
Gil afirm¨® este martes en un escrito dirigido a Feij¨®o que ¡°los senadores tienen la obligaci¨®n de cumplimentar tanto las declaraciones de actividades como las de bienes y rentas, no solamente al inicio de su mandato y al finalizar el mismo, sino tambi¨¦n cuando se produzca una modificaci¨®n de las circunstancias inicialmente declaradas, contando para ello con un plazo de treinta d¨ªas naturales desde que se produzca dicha modificaci¨®n¡±. Por lo que da de margen hasta el d¨ªa 4 a Feij¨®o para que presente la modificaci¨®n de su declaraci¨®n y refleje la cantidad percibida del partido. En la direcci¨®n del PP, tras el requerimiento de Gil, reiteran su negativa: ¡°Es una carta que firma el presidente del Senado pero que ha escrito el director de campa?a del PSOE. Los plazos legales son conocidos para un senador miembro de la diputaci¨®n permanente¡±.
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