Condenan a siete a?os de inhabilitaci¨®n al exalcalde de Coristanco por prevaricaci¨®n administrativa
El fallo deja en m¨ªnimos la pena solicitada por la Fiscal¨ªa de A Coru?a al absolver a Antonio Pensado y a tres empresarios de tr¨¢fico de influencias y falsedad documental
La secci¨®n segunda de la Audiencia de A Coru?a ha condenado al que fue alcalde de Coristanco entre 1991 y 2015, Antonio Pensado, a siete a?os de inhabilitaci¨®n para empleo o cargo p¨²blico por cometer un delito de prevaricaci¨®n al autorizar, en 2012, a una empresa el almacenaje de residuos de demolici¨®n y construcci¨®n en una finca. Los tres empresarios encausados en este proceso, beneficiarios de las decisiones de la alcald¨ªa, tambi¨¦n han sido condenados con la misma pena.
La Fiscal¨ªa solicitaba para el exregidor del Partido Popular cuatro a?os y medio de prisi¨®n y 36 de inhabilitaci¨®n, mientras que para los otros tres acusados la condena solicitada era de cuatro a?os y siete meses de prisi¨®n por prevaricaci¨®n continuada y tr¨¢fico de influencias, as¨ª como 5,4 millones de euros de multa. El fallo absuelve a los cuatro acusados de los delitos de prevaricaci¨®n de contenido econ¨®mico, tr¨¢fico de influencias y falsedad documental, aunque han anunciado que recurrir¨¢n la sentencia.
El tribunal ha tenido en cuenta en su resoluci¨®n la atenuante de dilaciones indebidas, y destaca que la decisi¨®n del entonces regidor municipal fue ¡°arbitraria y contraria a la legalidad¡± por lo que impuso la misma pena a los tres hermanos administradores de la compa?¨ªa beneficiaria como cooperadores necesarios del delito de prevaricaci¨®n administrativa. As¨ª, los jueces afirman que el exalcalde actu¨® ¡°concertadamente¡± con los tres empresarios ¡°para tratar de dejar sin efecto¡± las sanciones de la Xunta por el dep¨®sito de materiales no autorizad.
Seg¨²n recoge la sentencia, era evidente¡± que la autorizaci¨®n del mandatario ¡°se apartaba de cualquier legalidad vigente¡± y que esa circunstancia era ¡°conocida por todos los acusados, puesto que en el a?o 2007 ya hubo denuncias por acopio de material en la misma finca y un expediente sancionador de la Xunta¡±. Los jueces explican que, seg¨²n declararon los agentes de la Guardia Civil y del Seprona que se desplazaron al terreno, en ¨¦l hab¨ªa ¡°m¨²ltiple material que estaba amontonado¡±. Tras la inspecci¨®n, uno de los tres empresarios, seg¨²n consta en la resoluci¨®n, fue al Ayuntamiento para conseguir ¡°un papel para acreditar que ten¨ªan autorizaci¨®n¡±. Por ello, el exalcalde emiti¨® un escrito, con su firma y con el sello municipal el cual carec¨ªa ¡°de cualquier requisito que permita entenderlo ajustado a la legalidad¡±, ya que la competencia en este asunto era de la Conseller¨ªa de Medio Ambiente.
Adem¨¢s, el tribunal se?ala que ¡°tampoco existe o consta expediente alguno relativo a dicha autorizaci¨®n¡± y recalca que los acusados ¡°conoc¨ªan la injusticia de la resoluci¨®n, que precisamente trataba de solventar esa situaci¨®n en la finca, pero que ya se ven¨ªa produciendo de tiempo atr¨¢s, y justificar ante la inspecci¨®n realizada el contar con la correspondiente autorizaci¨®n¡±. En la sentencia, la Audiencia tambi¨¦n ha absuelto al exalcalde de los dem¨¢s delitos de prevaricaci¨®n que le imputaba el Ministerio P¨²blico, as¨ª como del de falsedad, y, a los empresarios, de los dem¨¢s delitos de prevaricaci¨®n y del de tr¨¢fico de influencias. As¨ª, entiende que no ha quedado acreditado que el entonces regidor municipal tratase de favorecer a los tres hermanos empresarios, a los que supuestamente le un¨ªa una amistad, a la hora de adjudicar obras.
En la sentencia, los jueces aseguran que el procedimiento negociado sin publicidad por el que se contrataron los trabajos ¡°se ajustaba a lo contemplado en la Ley de Contratos del Sector P¨²blico 2007 y 2011¡å. Tambi¨¦n inciden en que ¡°ninguna incidencia surgi¨® con las distintas administraciones de las que proced¨ªan los planes¡± dentro de los cuales se ejecutaron las obras.
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