La Fiscal¨ªa acusa de homicidio imprudente a una gerente y otra doctora de una residencia madrile?a
Es la primera denuncia tras conocerse este lunes la imputaci¨®n de la directora de una residencia de la capital
La Fiscal¨ªa Provincial de Madrid ha denunciado por homicidio imprudente a la doctora y a la gerente de una residencia privada de ancianos al considerar que hicieron caso omiso al protocolo de actuaci¨®n frente al covid-19, lo que provoc¨® el fallecimiento de una mujer de 85 a?os. La denuncia, la primera de la Fiscal¨ªa por ese delito en la Comunidad de Madrid, llega tras conocerse ayer un auto del juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 50 de Madrid en el que, tambi¨¦n por primera vez, se imputa por un delito de homicidio a la directora de una residencia de la capital por la muerte de una anciana con coronavirus que no fue derivada a un hospital.
Adem¨¢s, la Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado investigar la muerte de nueve ancianos en residencias del municipio de Legan¨¦s. El escrito de la Fiscal¨ªa se?ala que la residencia dispon¨ªa de un equipo sanitario compuesto de un m¨¦dico y una terapeuta. Durante la crisis sanitaria del coronavirus, entre marzo y junio, la atenci¨®n sanitaria a los residentes la sigui¨® prestando la misma doctora -tambi¨¦n est¨¢ acusada de denegaci¨®n de asistencia sanitaria- de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas y el resto del tiempo estaba disponible en su tel¨¦fono m¨®vil.
Adem¨¢s, contaba con la colaboraci¨®n del Centro de Salud Isla de Oza y, desde el 13 de marzo, con el apoyo de una geriatra de referencia. El protocolo de coordinaci¨®n para la atenci¨®n a pacientes institucionalizados en la Comunidad de Madrid, cuyo borrador fue remitido el d¨ªa 19 de marzo a la residencia, establec¨ªa un sistema de comunicaci¨®n con el hospital de referencia para que el geriatra de enlace decidiera si los pacientes se beneficiaban m¨¢s de su traslado hospitalario o de la asistencia en el centro residencial.
La Fiscal¨ªa sostiene que ¡°desatendiendo todas estas previsiones que le eran conocidas¡±, la doctora no contact¨® hasta ocho d¨ªas con el servicio de geriatr¨ªa del Hospital Universitario Fundaci¨®n Jim¨¦nez D¨ªaz, en relaci¨®n con la situaci¨®n de una residente que hab¨ªa comenzado con problemas respiratorios el 22 de marzo. La Fiscal¨ªa sostiene que ¡°desatendiendo todas estas previsiones que le eran conocidas¡±, la doctora no contact¨® hasta ocho d¨ªas despu¨¦s. El 23 de marzo, la anciana fallecida presentaba un cuadro inespec¨ªfico, que inclu¨ªa saturaci¨®n de ox¨ªgeno en sangre por lo que la doctora denunciada le paut¨® gafas nasales, consiguiendo que aumentara la saturaci¨®n. Sin embargo, en lugar de contactar con la geriatra de referencia, como establec¨ªa el protocolo, llam¨® a una doctora del Centro de Salud Isla de Oza, para que tramitara la derivaci¨®n hospitalaria, lo que no fue posible porque, seg¨²n este centro, el 061 estaba aplicando protocolos de priorizaci¨®n de pacientes en los traslados. ¡°Lejos de llamar a la Fundaci¨®n Jim¨¦nez D¨ªaz para activar el protocolo de derivaci¨®n que le correspond¨ªa, , procedi¨® a tratar a la usuaria en la residencia¡±, seg¨²n explica la Fiscal¨ªa.
Los d¨ªas 28 y 29, ¡°dado que era fin de semana¡±, no se le realiz¨® ning¨²n examen, pues la doctora no ten¨ªa servicio ¡°y no dej¨® solicitada visita de los m¨¦dicos de urgencia del centro de salud¡±. La gerente de la residencia tampoco se encontraba en las instalaciones esos d¨ªas ¡°dejando a la usuaria al cuidado de los gerocultores, que carec¨ªan de cualificaci¨®n sanitaria¡±. Finalmente, el 30 de marzo, los familiares de la fallecida se pusieron en contacto con el servicio de atenci¨®n al paciente de la Fundaci¨®n Jim¨¦nez D¨ªaz, donde realizaron la consulta urgente a la geriatra de referencia, ¡°que nada sab¨ªa sobre la situaci¨®n de esta usuaria¡±.
Pese al r¨¢pido traslado al hospital, no se pudo impedir su fallecimiento al d¨ªa siguiente, como consecuencia de una parada cardiorrespiratoria. Seg¨²n la denuncia, la gerente de la residencia, que est¨¢ acusada de omisi¨®n del deber de socorro, adem¨¢s de homicidio imprudente, conoc¨ªa la situaci¨®n cl¨ªnica de la paciente y las posibilidades reales de tratamiento m¨¦dico que ten¨ªa en su centro. Pese a ello, ¡°nada dispuso para asegurar la cobertura sanitaria¡± de la usuaria durante la ausencia de la doctora, especialmente el fin de semana anterior al fallecimiento, ni para alertar a las autoridades de la necesidad de tratamiento urgente de la usuaria.
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