El estado de sitio supone la suspensi¨®n de las garant¨ªas constitucionales
El art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n, que es el que faculta la disposici¨®n del estado de sitio, dice, textualmente, lo siguiente: "En caso de conmoci¨®n interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constituci¨®n y de las autoridades creadas por ellas, se declarar¨¢ en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbaci¨®n del orden, quedando suspensas all¨ª las garant¨ªas constitucionales. Pero durante esta suspensi¨®n no podr¨¢ el presidente de la Rep¨²blica condenar por s¨ª ni aplicar penas. Su poder se limitar¨¢ en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Naci¨®n, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino."
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.