Espiar el tel¨¦fono celular de la pareja ser¨¢ delito federal en Argentina
La Corte Suprema entiende que la falta est¨¢ relacionada a un servicio de telecomunicaciones
Los celos sin control tendr¨¢n consecuencias graves en Argentina. La Corte Suprema determin¨® que espiar el correo electr¨®nico, el Facebook y el tel¨¦fono celular de la pareja es un delito federal, es decir que debe ser investigado por los mismos jueces que juzgan terrorismo, narcotr¨¢fico o corrupci¨®n. Los magistrados fallaron en el caso de una mujer que denunci¨® a su marido por violar sus contrase?as en las redes sociales y servicios de correo y hasta copiar los datos de su tarjeta SIM en busca de pruebas de una supuesta infidelidad. Definida la cuesti¨®n de la calidad del delito, un juez federal deber¨¢ ahora investigar y dictar una sentencia.
El caso lleg¨® a la Corte porque un juez entendi¨® que la denuncia de la mujer no superaba el inter¨¦s estrictamente individual y, por lo tanto, no justificaba la participaci¨®n de un tribunal federal. Pero la intervenci¨®n del procurador general adjunto, Eduardo Casal, lo cambi¨® todo. El jefe de los fiscales dijo en un largo escrito que "el uso de la red social y el correo electr¨®nico constituyen una comunicaci¨®n electr¨®nica o dato inform¨¢tico de acceso restringido, cuyo acceso s¨®lo es posible a trav¨¦s de un medio que por sus caracter¨ªsticas propias se encuentra dentro de los servicios de telecomunicaciones". Como las cuestiones relacionadas con las telecomunicaciones ¡°son de inter¨¦s de la Naci¨®n¡±, el mal uso es un delito federal. La Corte Suprema apoy¨® sin disidencias el argumento del procurador.
Los supremos ya hab¨ªan fallado en forma similar en 2014 en una causa relacionada con la violaci¨®n de una cuenta de Facebook, tambi¨¦n por un tema de competencia entre dos jueces, uno federal y otro contravencional. En aquel momento, la Corte trat¨® el tema como ¡°violaci¨®n de correspondencia¡±, equiparable al espionaje de los correos electr¨®nicos. En sus argumentos utiliz¨® palabra por palabra las mismas que ahora ha recuperado el procurador en su ¨²ltimo fallo: como se trata de la violaci¨®n de un servicio de telecomunicaciones no puede considerarse una acci¨®n limitada al ¨¢mbito individual.
Seg¨²n las leyes argentinas, el espionaje electr¨®nico merece penas de entre 15 d¨ªas y 6 meses, y por lo tanto es excarcelable. La pena puede aumentar a un a?o si se prueba que el acusado difundi¨® los datos a un tercero. Los celosos lo pensar¨¢n dos veces antes de fisgonear a sus parejas.
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