La Suprema Corte decidir¨¢ si Veracruz debe despenalizar el aborto
El m¨¢ximo ¨®rgano de justicia de M¨¦xico votar¨¢ un informe que obliga al Estado a modificar su c¨®digo penal por ser "discriminatorio" y generar "violencia contra la mujer"
En M¨¦xico hay Estados donde una mujer puede abortar libremente hasta las 12 semanas de embarazo ¡ªen la Ciudad de M¨¦xico y, desde hace menos de un a?o, en Oaxaca¡ª y muchos otros donde incluso aunque esta hubiera sido violada, un m¨¦dico puede acogerse a la objeci¨®n de conciencia, como es el caso de Veracruz. La despenalizaci¨®n no es general, pues depende de las leyes estatales, y eso implica conflictos constitucionales que garantizan derechos a unas y anulan los de otras. Sobre este punto, pero tambi¨¦n basado en un informe que documenta graves restricciones de las autoridades de Veracruz a los derechos reproductivos de las mujeres, la Suprema Corte de Justicia decidir¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas si el Congreso estatal debe reformar su C¨®digo Penal. Si el fallo dicta que s¨ª, el dictamen puede derivar en un conflicto entre el poder judicial y el poder legislativo de ese Estado.
En Veracruz se reconoce el derecho al aborto en casos de violaci¨®n, peligro de muerte para la madre o malformaci¨®n del feto. Si no se dan estas razones, el delito contempla de seis meses a cuatro a?os de prisi¨®n; tambi¨¦n est¨¢ penado para quien efect¨²e el aborto con el consentimiento de la embarazada con dos a?os de prisi¨®n m¨¢xima. Al art¨ªculo cuarto de la Constituci¨®n se le agreg¨®, adem¨¢s, una frase: ¡°Proteger la vida desde el momento de la concepci¨®n hasta la muerte natural¡±. Esto podr¨ªa incurrir en contradicci¨®n incluso con los abortos permitidos en el Estado y ha originado numerosos conflictos entre los m¨¦dicos, cuentan en el Observatorio del Feminicidio, pues pueden alegar que no hay garant¨ªas legales para practicar la interrupci¨®n del embarazo bajo ning¨²n concepto.
Para comprender el contexto por el cual este amparo llega a la Suprema Corte es necesario remontarse a 2016. En ese a?o, las organizaciones sociales exig¨ªan la declaraci¨®n oficial de una alerta de violencia de g¨¦nero, que mencionaba, adem¨¢s de la violencia expl¨ªcita contra las mujeres por el hecho de serlo, la violencia institucional. ¡°Nosotras solicitamos que se decretara aquella alerta por agravio comparativo, porque se estaba documentando que las mujeres v¨ªctimas de una violaci¨®n, y la mayor¨ªa menores de edad (de 400 casos que se encuentran en el informe), se les negaba el acceso, a pesar de la norma. La autoridad no estaba generando las condiciones suficientes para que las mujeres y las ni?as accedieran a un aborto legal. Y m¨¢s del 90% del personal de salud se declaraba objetor de conciencia; ve¨ªamos un contexto grave para las mujeres¡±, explica Luz Estrada, directora del Observatorio del Feminicidio, una de las organizaciones implicadas en este amparo.
Un a?o despu¨¦s, un equipo de trabajo dirigido por la Comisi¨®n Nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (Conavim), que depende de la Secretar¨ªa de Gobernaci¨®n, valid¨® el informe y formul¨® unas recomendaciones a los ¨®rganos estatales, incluido el legislativo. Se ped¨ªa la reforma de tres art¨ªculos del C¨®digo Penal, que no hubiera plazos para los casos de violaci¨®n, que se agregara como causa la salud de la madre y que se despenalizara el aborto en las 12 primeras semanas de embarazo. Las autoridades aceptaron revisar la propuesta, incluso se llev¨® al Congreso una iniciativa, pero esta nunca se discuti¨® en la C¨¢mara. En 2017 se decret¨® la alerta por violencia de g¨¦nero solicitada, pero, seg¨²n las organizaciones sociales, no se avanz¨® en ninguno de los puntos a los que hac¨ªa referencia el informe de la Comisi¨®n, pese a que el reglamento marcaba un plazo de seis meses.
Esa omisi¨®n legislativa dio lugar, en 2018, al amparo interpuesto por las organizaciones. ¡°Pudimos documentar que el legislativo hab¨ªa cometido irregularidades que iban en contra de los derechos de las mujeres. Todo eso se meti¨® en el amparo. Y lo ganamos a nivel federal. Un juez nos dio la raz¨®n y reconoci¨® que la autoridad, el legislativo, fue omisa y expuso todos los argumentos para la reforma del C¨®digo Penal. Pero el Congreso rechaz¨® el dictamen del juez, al que acus¨® de extralimitarse. Veracruz, dijeron, ¡°se rige por su ley estatal¡±, explica Estrada.
El Congreso de Veracruz pidi¨® entonces la intervenci¨®n de la Suprema Corte, y el ministro Juan Luis Gonz¨¢lez Alc¨¢ntara tom¨® la propuesta de las organizaciones y redact¨® un proyecto para resolver si el poder legislativo estatal fue omiso o no. ¡°Se obliga al poder legislativo local a modificar los art¨ªculos 149, 150 y 154 del C¨®digo Penal para el Estado de Veracruz, ya que no superan el umbral establecido por dichos instrumentos, al ser normas discriminatorias y/o constitutivas de violencia contra la mujer que debieron haber sido reformadas sin dilaci¨®n por el Estado de Veracruz¡±, se lee en parte del proyecto hecho p¨²blico que analizar¨¢ la Corte el pr¨®ximo mi¨¦rcoles. Para su validez definitiva se requiere una mayor¨ªa de tres votos a favor (de cinco jueces).
¡°Es muy importante aclarar que no se puede saber todav¨ªa a ciencia cierta cu¨¢les son las implicaciones de la sentencia, pues no se ha publicado el razonamiento completo y no sabemos qu¨¦ le va a ordenar al Congreso de Veracruz, en caso de que el fallo sea a favor¡±, explica la doctora en Derecho Constitucional Mariana Velasco. ¡°Tambi¨¦n ser¨¢ muy interesante saber qu¨¦ decidir¨¢ la Corte en el caso de que el Congreso se niegue, pues puede llevar a la destituci¨®n del cargo del responsable. Pero llegados a ese punto, ser¨ªan los legisladores y se entrar¨ªa en un conflicto pol¨ªtico entre ambos poderes¡±, a?ade Velasco. En el Congreso de Veracruz ahora gobierna Morena, el partido del presidente Andr¨¦s Manuel L¨®pez Obrador.
Aunque en muchos medios de comunicaci¨®n veracruzanos se ha especulado estos d¨ªas sobre si una decisi¨®n favorable de la Corte propiciar¨ªa la despenalizaci¨®n del aborto en todo el pa¨ªs, no es del todo exacto. En M¨¦xico, desde que en 2008 la capital lo regulara hasta las 12 semanas de gestaci¨®n ¡ªy la Suprema Corte se pronunciara a favor¡ª ya existe la posibilidad de que cualquier mujer condenada por abortar en otros Estados recurra ante un ¨®rgano superior alegando la inconstitucionalidad de su delito. Tambi¨¦n, la capacidad de que se siente jurisprudencia a partir de cinco casos que se fallen en el mismo sentido y la declaraci¨®n general de inconstitucionalidad que puede derivar en una despenalizaci¨®n. De manera que el camino, aunque lleno de obst¨¢culos burocr¨¢ticos y largo en el tiempo, ya se encontraba abierto.
Lo que falle el mi¨¦rcoles la Corte puede que no cambie la situaci¨®n jur¨ªdica de miles de mujeres en otros Estados del pa¨ªs, pues se concreta en Veracruz, pero dar¨ªa un espaldarazo a la lucha feminista. ¡°Da un mensaje muy importante sobre c¨®mo tiene que ser la legislaci¨®n en todos los Estados y fortalece los argumentos que organizaciones como GIRE y otras hemos venido dando. Los Congresos deben tomar nota, aunque tenemos que ver las condiciones para cumplir con el amparo¡±, se?ala la directora de la organizaci¨®n por los derechos reproductivos GIRE, Rebeca Ramos.
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