Las feministas saludan la rectificaci¨®n del fiscal Gertz sobre el tipo penal de feminicidio
El texto legal ha incorporado leves modificaciones para que los ministerios p¨²blicos no encuentren dificultades al investigar y calificar estos cr¨ªmenes como violencia de g¨¦nero
El delito de feminicidio recogido en el C¨®digo Penal mexicano ha sido reformado levemente para que no haya lugar a malas interpretaciones ni excusas que impidan su aplicaci¨®n. La comisi¨®n del Congreso encargada de la modificaci¨®n se ha reunido esta semana con el fiscal general, Alejandro Gertz Manero, quien ahora les propuso que ¡°toda muerte violenta de una mujer sea investigada bajo el protocolo de feminicidio¡±, dice Lorena Villavicencio, diputada de Morena, el partido del Gobierno, quien saluda este cambio del fiscal. ¡°Bienvenido Gertz Manero. Rectificar es de sabios¡±. En febrero, el fiscal levant¨® una tormenta pol¨ªtica en el feminismo cuando afirm¨® que aplicar el tipo penal de feminicidio era complejo para las fiscal¨ªas y sugiri¨® eliminarlo. La pol¨¦mica oblig¨® al presidente Andr¨¦s Manuel L¨®pez Obrador a intervenir para asegurar que no habr¨ªa retrocesos en esa materia. En M¨¦xico son asesinadas un promedio de 11 mujeres al d¨ªa.
El tipo penal, sin embargo, estaba ya entonces redactado con mucha claridad, y ahora apenas se ha modificado en algunos aspectos, lo suficiente para permitir una rectificaci¨®n indolora a la fiscal¨ªa, a decir de las feministas. El texto original, que ya tienen adaptado numerosos Estados del pa¨ªs, especifica ocho circunstancias que pueden darse para que el asesinato de una mujer sea investigado y juzgado como feminicidio, entre ellas presentar se?ales de violencia sexual, haber tenido relaciones sentimentales previas, sufrido amenazas o antecedentes de maltrato, que la v¨ªctima haya estado incomunicada o que su cuerpo haya sido expuesto. Cualquiera de las circunstancias descritas daba lugar a una investigaci¨®n por feminicidio, pero por si no quedaba claro en las fiscal¨ªas, se ha remachado la redacci¨®n. Basta con que concurra ¡°una¡± sola de esas circunstancias.
A los antecedentes de violencia ocurridos en los ¨¢mbitos familiar, laboral o escolar, se a?ade ahora el ¡°comunitario¡± y ¡°pol¨ªtico¡± ante la constataci¨®n de que muchos de estos cr¨ªmenes vienen precedidos por maltrato en estos ambientes. La palabra ¡°comunitario¡± cobra especial inter¨¦s, porque ah¨ª tienen cabida cr¨ªmenes ocurridos sin que haya relaci¨®n entre la v¨ªctima y el victimario, y no son pocos en M¨¦xico, y porque numerosas comunidades ind¨ªgenas se rigen con reglas propias que no tienen en cuenta el concepto de g¨¦nero. ¡°En ocasiones, esos usos y costumbres que se aplican en estas comunidades parecen estar al margen de la regulaci¨®n estatal, de esta forma, ahora se sentir¨¢n concernidos¡±, dice la diputada Villavicencio.
Es destacable tambi¨¦n que se tendr¨¢n en cuenta las amenazas que haya recibido la v¨ªctima a trav¨¦s de terceros, no solo directamente, y que en el punto en que se menciona como factor de g¨¦nero que el cad¨¢ver de la mujer haya sido expuesto o exhibido se han a?adido las palabras ¡°arrojado o depositado¡±, para aquilatar bien el proceso. Se incorpora tambi¨¦n como circunstancia determinante para la aplicaci¨®n del tipo penal que la v¨ªctima haya sido obligada a ejercitar un trabajo o cualquier forma de explotaci¨®n. El feminicidio infantil queda incluido. Dado que muchos de estos cr¨ªmenes se tratan como homicidio en raz¨®n de parentesco, se ha incorporado la ¡°consanguinidad¡± y ¡°afinidad¡± entre la v¨ªctima y el criminal tambi¨¦n como factor de g¨¦nero. Y las relaciones ¡°laborales¡± y ¡°docentes¡± se han a?adido a la lista de aquellas que evidencian desigualdad o abuso de poder.
En realidad, el texto del art¨ªculo 325 del C¨®digo Penal se prestaba a interpretar como cr¨ªmenes de g¨¦nero todas estas circunstancias que ahora se incorporan. Pero a la vista de las dificultades que, seg¨²n la fiscal¨ªa, encontraban los investigadores para acreditar estas circunstancias en el proceso, la redacci¨®n del texto legal ha quedado mucho m¨¢s cerrada. Las penas previstas para cr¨ªmenes de g¨¦nero van de 40 a 60 a?os de c¨¢rcel, se pierden los derechos sucesorios y se contemplan agravantes.
¡°En realidad, la fiscal¨ªa quer¨ªa incluir muchas otras circunstancias, pero creemos que las que hay son suficientes y acreditables. Nos preocupa que la inclusi¨®n de otros elementos pueda servir como pretexto para no calificar bien el feminicidio¡±, afirma Villavicencio. Esa es la raz¨®n de que se hayan quedado fuera los asesinatos ocurridos en el ¨¢mbito del crimen organizado, que cada d¨ªa m¨¢s las feministas reclaman como violencia de g¨¦nero, habida cuenta del trabajo forzado que ejercen muchas mujeres para estas organizaciones y del uso moral que se hace de sus muertes y sus cad¨¢veres. Vengativo, ejemplarizante: de g¨¦nero.
En cualquier caso, si toda muerte violenta de una mujer deber¨ªa investigarse con perspectiva de g¨¦nero, como propone el fiscal, cualquiera de las que se dan en los grupos criminales podr¨ªa circunscribirse en ello. Pero el tipo penal, por m¨¢s detallado que est¨¦, nunca es suficiente si no hay voluntad para una correcta interpretaci¨®n, o capacitaci¨®n para ello. ¡°Se necesita echar abajo toda la cadena de obst¨¢culos e impunidad que rodea a estos asesinatos. Muchos servidores p¨²blicos act¨²an con indolencia y revictimizan. No hay perspectiva de g¨¦nero ni de derechos humanos en estos procesos. Falla la investigaci¨®n y los jueces que echan en reversa los avances del ministerio p¨²blico¡±, dice Ana Yeli P¨¦rez Garrido, del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio. ¡°El tipo penal no es el problema, pero bienvenido sea este nuevo texto y la rectificaci¨®n del fiscal¡±, dice P¨¦rez Garrido.
A su parecer, la prevenci¨®n es la segunda clave de este asunto. ¡°La protecci¨®n de las mujeres antes de que las maten sigue siendo una deuda en todos los niveles de la Administraci¨®n¡±, as¨ª como ¡°la intervenci¨®n desde la escuela para ir echando abajo estereotipos como el amor rom¨¢ntico que en este pa¨ªs causan estragos¡±.
¡°Nuestro sistema judicial es absolutamente deficiente¡±, coincide la diputada Villavicencio. ¡°Y le falta mucho presupuesto, eso es culpa de quienes lo aprobamos¡±, reconoce. ¡°No quiero con ello eximirles de responsabilidad cuando no clasifican correctamente estos delitos, pero es cierto que trabajan en unas condiciones penosas, donde ni siquiera hay un lugar adecuado para proteger las pruebas¡±, a?ade.
En anteriores Gobiernos se liberaron millones de pesos para la formaci¨®n y capacitaci¨®n de polic¨ªas, jueces y otras figuras intervinientes en estos procesos. ¡°S¨ª, pero no sirvi¨® de mucho, yo misma he visto c¨®mo se capacitaba a polic¨ªas a toda prisa, despu¨¦s de desayunar y 24 horas antes de que acabara el plazo. Mero tr¨¢mite¡±. Est¨¢ bien documentado el calvario que pasan las v¨ªctimas de violencia cuando han de denunciar sus casos, la incomprensi¨®n que reciben, incluso la burla en algunas ocasiones. La falta de informaci¨®n y estad¨ªsticas no permiten afinar mucho, pero entre un 70% y un 90% de estos delitos quedan impunes.
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