Aguinaldo 2023: ¨²ltimo d¨ªa de pago y qu¨¦ pasa si no se deposita a tiempo
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores en M¨¦xico tienen derecho a recibir la prestaci¨®n una vez al a?o
El pago del aguinaldo, una de las prestaciones m¨¢s esperadas por los trabajadores en M¨¦xico, se realiza durante el cierre del a?o. El monto a depositar se calcula con base en el tiempo laborado; sin embargo, la Ley Federal del Trabajo establece un pago m¨ªnimo equivalente a 15 d¨ªas de salario. Aquellas personas con menos de un a?o de servicios tambi¨¦n tienen derecho a recibir un aguinaldo. La Procuradur¨ªa de la Defensa del Trabajo (Profedet) es el organismo encargado de vigilar los intereses de la clase trabajadora y garantizar que el pago de la prestaci¨®n se realice conforme a la ley.
?C¨®mo calcular el aguinaldo en 2023?
En caso de que el trabajador tenga un a?o o m¨¢s de servicio con el mismo empleador debe recibir de aguinaldo el equivalente a 15 d¨ªas de salario neto, como m¨ªnimo. El monto de la prestaci¨®n no aumenta conforme a la antig¨¹edad del empleado. A los trabajadores con menos de un a?o de servicios les corresponde una parte proporcional al tiempo laborado. Para calcular el monto del aguinaldo basta con dividir el pago quincenal entre los 365 d¨ªas del a?o y multiplicar el resultado por el n¨²mero de d¨ªas trabajados. Si el empleado est¨¢ contratado con un sueldo variable debe promediar el ingreso de sus ¨²ltimos 30 d¨ªas laborales y realizar el resto de las operaciones.
Al respecto, el art¨ªculo 87 de la Ley Federal del Trabajo se?ala: ¡°los que no hayan cumplido el a?o de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidaci¨®n del aguinaldo, tendr¨¢n derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado¡±.
?Qu¨¦ trabajadores tienen derecho a recibir la prestaci¨®n?
Los trabajadores contratados por honorarios no tienen derecho a recibir la prestaci¨®n. En este sentido, las personas que presten servicios subordinados para una persona f¨ªsica o moral cuya relaci¨®n se sustente por la Ley Federal del Trabajo tienen derecho al pago del aguinaldo en M¨¦xico. Esto incluye a los siguientes trabajadores:
- De base
- De confianza
- De planta
- Sindicalizados
- Contratados por obra o tiempo determinado
- Eventuales
- Comisionistas
- Agentes de comercio
- Agentes de seguros
- Vendedores
?Se puede renunciar al pago de la prestaci¨®n?
La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo es un derecho irrenunciable. Bajo ninguna circunstancia se puede negar el cobro de la prestaci¨®n, incluso aunque el empleador acuse dificultades econ¨®micas o falta de utilidades. Ninguna carta ni documento puede acreditar la renuncia al aguinaldo.
El aguinaldo no se puede entregar en especie, es decir, a trav¨¦s de mercanc¨ªas, vales, fichas o cualquier producto que pretenda sustituir la moneda en curso legal. La prestaci¨®n se deposita a una cuenta bancaria, tarjeta de d¨¦bito, transferencia o cualquier otro medio electr¨®nico. El patr¨®n est¨¢ obligado a cubrir los gastos generados por la transacci¨®n.
?Hasta cu¨¢ndo se puede pagar el aguinaldo? Este es el ¨²ltimo d¨ªa
El aguinaldo se debe pagar antes del 20 de diciembre. Sobre la fecha l¨ªmite, la Ley Federal del Trabajo establece que los ¡°trabajadores tendr¨¢n derecho a un aguinaldo anual que deber¨¢ pagarse antes del d¨ªa 20 de diciembre, equivalente a quince d¨ªas de salario, por lo menos¡±. Si una persona renuncia antes del 20 de diciembre recibe la cantidad proporcional al tiempo que dur¨® la relaci¨®n de trabajo. El pago se realiza en el momento que termina el contrato, como parte de la liquidaci¨®n o finiquito; lo mismo ocurre en caso de despido. En caso de deceso, los beneficiarios tendr¨¢n que iniciar un juicio de designaci¨®n para solicitar el pago de la prestaci¨®n.
?Qu¨¦ pasa si no pagan el aguinaldo a tiempo en 2023?
En M¨¦xico, el empleador est¨¢ obligado a pagar el aguinaldo en tiempo y forma. Si incurre en una falta completa o extempor¨¢nea ser¨¢ acreedor a una multa econ¨®mica de 50 a 5.000 veces la Unidad de Medida (UMA). El trabajador tendr¨¢ hasta un a?o para reclamar el pago de su aguinaldo ante las instancias correspondientes como Juntas de Conciliaci¨®n y Arbitraje, Tribunales Laborales y Centros de Conciliaci¨®n y Registro Laboral.
El trabajador puede reclamar el pago de su aguinaldo en la Procuradur¨ªa Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), organismo encargado de velar por los derechos laborales y de seguridad social, adscrito a la Secretar¨ªa del Trabajo y Previsi¨®n Social (STPS). La denuncia es gratuita y se inicia en cualquiera de los Centros Federales de Conciliaci¨®n y Registro Laboral de la Profedet, distribuidos en los 32 Estados de la Rep¨²blica. Tambi¨¦n se asesora v¨ªa telef¨®nica en los n¨²meros 800 911 7877 y 800 717 2942; por WhatsApp al 55 14 84 87 37 y por correo electr¨®nico orientacionprofedet@stps.gob.mx. La Profedet recomienda acudir a los Centros de Conciliaci¨®n y Registro Laboral con los siguientes documentos para iniciar una denuncia por la falta de aguinaldo:
- Identificaci¨®n oficial vigente
- CURP
- N¨²mero de seguridad social
- Contrato laboral, recibos de n¨®mina o documentos equivalentes
- Informaci¨®n sobre el empleador: datos del contacto, raz¨®n social, tel¨¦fono y domicilio
En Ciudad de M¨¦xico, los trabajadores tambi¨¦n pueden acudir a la Secretar¨ªa de Trabajo y Fomento al Empleo, que ofrece asistencia gratuita en temas jur¨ªdicos y laborales. El tr¨¢mite se realiza en la p¨¢gina de la Procuradur¨ªa del Trabajo. Para iniciar sesi¨®n es necesario contar con una Cuenta Llave Ciudad de M¨¦xico. Esta opci¨®n de denuncia por el pago del aguinaldo solamente aplica si el centro o residencia de trabajo se ubica en la capital del pa¨ªs.
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