Pacto de futuro
El decreto ley sobre teletrabajo permite estimular una producci¨®n m¨¢s flexible
El Consejo de Ministros aprob¨® este martes un decreto ley para regular el teletrabajo cuya importancia no puede minusvalorarse. De entrada, se ha conseguido con el acuerdo total de las fuerzas sociales concernidas por la aplicaci¨®n de este modo de trabajo, que se ha multiplicado por tres durante la pandemia. El Ministerio de Trabajo est¨¢ consiguiendo firmar acuerdos sociales que a otros Gobiernos se les resist¨ªan y ha involucrado a empresarios y sindicatos en una rutina negociadora que deber¨ªa ser un ejemplo para otros ¨¢mbitos de la vida p¨²blica, como el pol¨ªtico. El texto legal se sostiene adem¨¢s sobre criterios que son asumibles por todos y, lo que es m¨¢s importante, pueden entenderse sin problemas por los afectados. Esos criterios son: la actividad del teletrabajo es voluntaria y reversible, las empresas tendr¨¢n que correr con los costes de los suministros necesarios para que los trabajadores puedan ejercer su labor desde casa y los derechos de quienes producen en su hogar son los mismos que los que benefician a los trabajadores presenciales.
Es importante, adem¨¢s, que se haya llegado a un acuerdo sobre un punto tan disputado como es aclarar qu¨¦ se entiende por teletrabajo. Para considerarlo como tal, la actividad en casa deber¨¢ ser al menos el 30% de la jornada durante un m¨ªnimo de tres meses. Aunque el l¨ªmite no satisfaga a los sindicatos, hubiera sido poco inteligente plantear ahora una cuesti¨®n de principio en este punto. Tiempo habr¨¢ para negociar una reducci¨®n de ese porcentaje si se juzga necesario, porque la tendencia a medio plazo es que el trabajo a distancia se extienda. El acuerdo se muestra igualmente preciso en establecer que el horario es flexible, pero con tiempo de disponibilidad obligatoria, o al fijar que la modificaci¨®n del porcentaje de presencialidad es voluntaria por ambas partes.
El pacto encauza con eficacia pol¨ªtica un problema laboral que pod¨ªa haberse convertido en un motivo de enfrentamiento y construye un precedente para estimular la f¨®rmula del teletrabajo que, con pandemia o sin ella, no har¨¢ m¨¢s que crecer en el futuro. Es verdad que algunos detalles cruciales de la nueva regulaci¨®n, como el pago de los costes atribuidos a las empresas, la negociaci¨®n horaria o la presencialidad se dejan a la negociaci¨®n de los convenios. Pero era conveniente desviar parte de los detalles a negociaciones m¨¢s espec¨ªficas para conseguir el acuerdo fundamental entre los agentes sociales. Quiz¨¢ el punto que va a resultar m¨¢s espinoso sea la voluntad de excluir de la nueva norma a las empresas que se hayan acogido al teletrabajo empujadas por la covid-19; aunque se reconozca que tambi¨¦n en este caso los gastos corren por cuenta de la empresa, debe tenerse en cuenta que no todos los problemas de un r¨¦gimen laboral proceden del salario o de los costes f¨ªsicos.
Resulta tranquilizador que, quiz¨¢ como efecto de la crisis v¨ªrica, los agentes sociales hayan acelerado su actitud negociadora y su disposici¨®n a respaldar acuerdos globales, relegando los motivos de discusi¨®n individual m¨¢s enconados a los ¨¢mbitos donde deben estar, es decir, en los convenios y en los acuerdos de empresa. Se est¨¢ construyendo poco a poco y sin demasiados aspavientos una cultura de negociaci¨®n que va a resultar muy ¨²til cuando haya que afrontar reformas estructurales m¨¢s dif¨ªciles, como, por ejemplo, la de las pensiones.
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