El Brexit y los derechos de autor en Europa
Desde el 1 de enero, figuras como Woolf, Orwell, Eliot o Lennon han acelerado su paso a dominio p¨²blico
Cuando el 24 de diciembre David Frost y Michel Barnier aprobaron las casi 2.000 p¨¢ginas del acuerdo del Brexit, dif¨ªcilmente pod¨ªan sospechar que estaban empujando a Virginia Woolf al filo del dominio p¨²blico. El conflicto acerca de qui¨¦n est¨¢ legitimado para publicar los Diarios de Stefan Zweig ha puesto de relieve un efecto colateral y tal vez impremeditado del Brexit sobre los creadores brit¨¢nicos en Espa?a. Desde el 1 de enero, figuras de las letras inglesas de la talla de Virginia Woolf, George Orwell, T. S. Eliot o Agatha Christie, pero tambi¨¦n cantautores como John Lennon y cineastas como Hitchcock o Chaplin, entre tantos otros autores nacidos en Gran Breta?a y fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987, habr¨ªan visto mermado el plazo de vigencia de sus derechos de autor en Espa?a de 80 a 70 a?os despu¨¦s de su muerte.
El Brexit les arrebata 10 a?os de vida legal. En el caso de Virginia Woolf, su obra habr¨ªa sido literal y abruptamente empujada al vac¨ªo con el ¨²ltimo repique de campanas de la Puerta del Sol y la venida del nuevo a?o. Es casi seguro que el bar¨®n Frost, jefe de los negociadores brit¨¢nicos, no tuvo presente a la autora de Mrs. Dalloway cuando sell¨® el acuerdo. Pero ?eran conscientes editores y herederos del impacto del Brexit en sus derechos?
Con car¨¢cter general, las leyes de propiedad intelectual en Europa protegen las creaciones literarias y art¨ªsticas durante la vida del autor y 70 a?os despu¨¦s de su muerte. Transcurrido ese plazo, la obra pertenece al dominio p¨²blico: cualquiera puede explotarla sin necesidad de pagar regal¨ªas (por m¨¢s que la autor¨ªa intelectual y la integridad deban siempre respetarse). Razones hist¨®ricas han motivado, sin embargo, que algunos pa¨ªses mantengan excepciones a la norma. En el Reino Unido, Peter Pan nunca pasar¨¢ al dominio p¨²blico (o no del todo) y los derechos que se recauden seguir¨¢n destin¨¢ndose al Hospital Great Ormond de Londres. Francia otorga una mayor protecci¨®n a quienes cayeron por la Rep¨²blica o en acto de servicio en alguna de las guerras mundiales. Y algo parecido sucede en Holanda con las obras p¨®stumas publicadas antes de 1995, cuyo paradigma es El diario de Anna Frank.
En Espa?a, la ley de 1879 contemplaba un plazo de 80 a?os tras la muerte del autor. El texto decimon¨®nico rigi¨® los destinos de generaciones enteras de literatos, compositores y artistas (la generaci¨®n del 98, la del 27, los autores de la posguerra y el franquismo) hasta su derogaci¨®n a finales de 1987 en una Espa?a instalada ya en la comunidad europea. Con la ley de 1987 ¡ªque Javier Solana defini¨® como ¡°la m¨¢s moderna del mundo¡±¡ª el plazo se redujo para acomodarse a los c¨¢nones europeos. Pero el legislador espa?ol decidi¨® reservar a los autores fallecidos durante la vigencia de la ley de 1879 la protecci¨®n m¨¢s generosa de los 80 a?os.
El dominio p¨²blico opera por pa¨ªses. Seg¨²n el Convenio de Berna, para saber si una obra ha ca¨ªdo en el dominio p¨²blico debe atenderse a la ley del pa¨ªs donde se busca protecci¨®n, pero no podr¨¢ superarse el plazo previsto en su pa¨ªs de origen: es el denominado ¡°criterio del plazo m¨¢s corto¡±. Si tomamos el ejemplo de Virginia Woolf, su obra entr¨® en el dominio p¨²blico en el Reino Unido en 2012. ?Por qu¨¦ entonces segu¨ªa protegida en Espa?a? Porque el TJUE hab¨ªa aclarado en los asuntos Phil Collins y Puccini que el criterio del plazo m¨¢s corto no puede aplicarse en la Uni¨®n Europea: de lo contrario, se estar¨ªa discriminando a unos ciudadanos europeos frente a otros por raz¨®n de su nacionalidad, algo proscrito por los tratados.
Al consumarse el Brexit, los brit¨¢nicos dejan de ser nacionales de un Estado de la Uni¨®n y vuelven a regirse por la legalidad internacional: en primer lugar, por el acuerdo de cooperaci¨®n que Von der Leyen y Boris Johnson firmaron el 30 de diciembre. El acuerdo instaura en materia de propiedad intelectual el ¡°principio de trato nacional¡±. Eso significa que cada parte debe garantizar a los nacionales de la otra ¡°un trato no menos favorable que el que concede a sus propios nacionales¡±, pero con una precisi¨®n: ¡°a reserva de las excepciones previstas en el Convenio de Berna¡±. De la literalidad de la norma se desprende que las excepciones al trato nacional del Convenio deben ser observadas y eso incluir¨ªa la aplicaci¨®n del plazo m¨¢s corto: los 70 a?os que el Reino Unido reconoce en su territorio deben regir tambi¨¦n para sus autores en Espa?a.
Para Virginia Woolf, la consecuencia del Brexit habr¨ªa sido un dominio p¨²blico anticipado de apenas un pu?ado de meses (el 28 de marzo se cumplen 80 a?os de su muerte). La disputa por los Diarios de Stefan Zweig se antoja mucho m¨¢s delicada: nacido en Viena, exiliado del nazismo por su condici¨®n de jud¨ªo, ap¨¢trida y obligado a refugiarse en una nacionalidad extranjera poco antes de suicidarse, resulta estremecedor pensar que el fantasma del nacionalismo sigue acechando en el mundo de hoy al autor de Memorias de un europeo.
Antonio Mu?oz Vico es abogado especialista en derechos de autor.El Brexit y los derechos de autor en Europa
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