?C¨®mo se puede mejorar la democracia directa?
EL PA?S presenta un fragmento del libro ¡®Ciudadan¨ªa en expansi¨®n. Or¨ªgenes y funcionamiento de la democracia directa contempor¨¢nea¡¯, de David Altman, traducido por Sergio Huertas-Hern¨¢ndez
A pesar del notable aumento del uso de los refer¨¦ndums en todo el mundo, no hay consenso sobre la mejor manera de dise?arlos (tal como ocurre con las elecciones ordinarias). Varios organismos han propuesto diferentes protocolos en cuanto a la regulaci¨®n de las elecciones, pero pocos de ellos se refieren en particular a las votaciones populares, y los que lo hacen se ocupan principalmente de la regulaci¨®n y la financiaci¨®n m¨¢s que del dise?o. Teniendo esto en cuenta, a continuaci¨®n se exponen algunos de los aspectos que cualquier persona interesada en adoptar (o reformar) la votaci¨®n popular directa mediante la recolecci¨®n ciudadana de firmas deber¨ªa considerar respecto a su dise?o.
La mayor¨ªa de las preguntas cruciales sobre el dise?o de los refer¨¦ndums son profundamente normativas, en el sentido de que carecen de una respuesta t¨¦cnicamente correcta. Por ejemplo, no hay una respuesta precisa a la pregunta ?cu¨¢l es el n¨²mero ¨®ptimo de firmas que deber¨ªan requerirse para activar un refer¨¦ndum de iniciativa ciudadana? Se trata de una pregunta relacionada con qui¨¦n podr¨¢ activar una votaci¨®n popular y cualquier respuesta depender¨¢ de las preferencias de los redactores. Adem¨¢s, no hay una receta ¨²nica para tratar estos temas pol¨¦micos porque ¡°una talla no les queda a todos¡±. Cualquier decisi¨®n sobre estos temas debe ser sensible al contexto (entendido en sentido amplio, incluyendo el sistema de partidos, factores socioecon¨®micos, etc.). Consideremos como ejemplo el voto por correo. En un contexto con un alto grado de clientelismo, el voto por correo podr¨ªa ser un desastre, al igual que lo ser¨ªa en un contexto no clientelista pero con servicios postales lentos o poco confiables. El contexto es crucial, diverso y en constante evoluci¨®n.
Las primeras cuestiones que deben enfrentar los organizadores de los refer¨¦ndums de iniciativa ciudadana son: ?qui¨¦n redacta la pregunta que se someter¨¢ a votaci¨®n popular y c¨®mo debe redactarse? Por convenci¨®n, el grupo que patrocin¨® la iniciativa original suele ser el encargado de redactar la pregunta. No obstante, dado que no solo es importante lo que se pregunta, sino c¨®mo se hace, se recomienda que las autoridades electorales y los ¨®rganos de gesti¨®n ayuden a los actores interesados a redactar preguntas inteligibles y constitucionalmente s¨®lidas. Por ejemplo, cuando David Cameron present¨® su pregunta sobre el Brexit a la Comisi¨®n Electoral brit¨¢nica, tal y como exige la ley, su propuesta dec¨ªa: ¡°?Debe el Reino Unido seguir siendo miembro de la Uni¨®n Europea?¡± Tras reunir a un grupo de expertos, la Comisi¨®n sugiri¨® una alternativa: ¡°?Debe el Reino Unido seguir siendo miembro de la Uni¨®n Europea o abandonar la Uni¨®n Europea?¡± Se argument¨® que el borrador original sesgaba al elector, pues expl¨ªcitamente ocultaba la opci¨®n de ¡°salida¡±. Adem¨¢s, hay consenso en que la pregunta debe ser lo m¨¢s clara, corta y neutral posible: sin sorpresas y sin omisiones. Sin embargo, la otra cara de la moneda de una pregunta muy corta y seca es que, si se acepta, la falta de detalles podr¨ªa abrir la puerta a la interpretaci¨®n por parte de los responsables de la aplicaci¨®n.
El n¨²mero de firmas necesarias para poner en marcha un refer¨¦ndum de iniciativa ciudadana es quiz¨¢s uno de los factores m¨¢s determinantes a la hora de delimitar qui¨¦n va a poder utilizar estas instituciones e, impl¨ªcitamente, de seleccionar los tipos de organizaciones y grupos que puedan respaldarlas. En primer lugar, al igual que a menudo se requieren supermayor¨ªas para el cambio constitucional, pero no para las leyes ordinarias, lo mismo ocurre con el voto popular directo mediante la recolecci¨®n ciudadana de firmas. Por lo tanto, el n¨²mero de firmas deber¨ªa depender del tipo de mecanismo que se considere: las iniciativas populares para la reforma constitucional deber¨ªan requerir m¨¢s firmantes que las iniciativas populares para la legislaci¨®n ordinaria o los refer¨¦ndums.
Teniendo en cuenta todos los pa¨ªses del mundo que hoy utilizan los refer¨¦ndums de iniciativa ciudadana, el n¨²mero medio de firmas necesario para poner en marcha una iniciativa popular equivale a alrededor de 9% del electorado, cifra un punto inferior en el caso de los refer¨¦ndums, aunque hay una variaci¨®n considerable de un lugar a otro. En Estados Unidos, estos umbrales suelen ser m¨¢s bajos: las iniciativas populares requieren las firmas de alrededor de 9% de los que votaron al gobernador del estado en las elecciones generales anteriores (a veces esta cifra se basa en el n¨²mero de votos para el secretario de Estado), lo que representa alrededor de 4.5% del electorado. Las iniciativas populares para la legislaci¨®n ordinaria y los refer¨¦ndums suelen requerir un 6.5 y un 3.3%, respectivamente. Para aquellos que quieran implantar por primera vez este tipo de mecanismos, establecer el umbral de firmas en un porcentaje fijo del electorado es probablemente la mejor opci¨®n para evitar los problemas antes mencionados. Lo ideal es que esta cifra se sit¨²e entre 5 y 10% para los refer¨¦ndums y entre 8 y 13% para las iniciativas constitucionales.
Por supuesto, ciertos problemas parecen m¨¢s agudos en algunos contextos que en otros. El proceso de iniciativa en Estados Unidos es especialmente notable por los problemas que han rodeado la regulaci¨®n de la financiaci¨®n de las campa?as democr¨¢ticas directas, incluido el pago a los recolectores de firmas y el gasto en publicidad pol¨ªtica. Como se ha argumentado arriba, estos problemas pueden atribuirse en gran medida a varias decisiones controvertidas de la Suprema Corte de Justicia, que han borrado todos los l¨ªmites al gasto en estas campa?as por parte de intereses privados. Aquellos que se planteen a?adir los mecanismos de democracia directa de iniciativa ciudadana a su repertorio institucional deber¨ªan ver este ejemplo como un cuento con moraleja m¨¢s que como uno a emular; lo ideal ser¨ªa minimizar el papel del dinero en la medida de lo posible para evitar que el bando de los ricos domine el debate. El gasto deber¨ªa estar moderado por reglas claras de divulgaci¨®n, con la prohibici¨®n expl¨ªcita de pagar por las firmas. En t¨¦rminos generales, la arquitectura de la campa?a de los refer¨¦ndums de iniciativa ciudadana en t¨¦rminos de organizaci¨®n, duraci¨®n, educaci¨®n c¨ªvica, gasto y control deber¨ªa ser similar a las normas correspondientes de las elecciones ordinarias. Estas campa?as deber¨ªan estar bajo el control de autoridades electorales competentes que act¨²an en nombre del inter¨¦s p¨²blico y las partes interesadas deber¨ªan limitarse a la condici¨®n de observadores.
Es importante tener en cuenta que estas decisiones sobre el dise?o del refer¨¦ndum no deben tomarse de forma aislada como una simple lista de control. M¨¢s bien, cada elemento est¨¢ inextricablemente ligado a los dem¨¢s, y todos son notablemente contingentes al contexto en el que se producen.
* Editado por Siglo XXI Editores.
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