?Puede Hungr¨ªa ostentar la presidencia rotatoria del Consejo de la Uni¨®n?
Es preciso reflexionar sobre c¨®mo es posible que un Estado miembro de la UE que ha incumplido en m¨²ltiples ocasiones los valores fundamentales de la Uni¨®n pueda presidir de forma cre¨ªble una de sus principales instituciones
La presidencia rotatoria del Consejo de la Uni¨®n es un legado del pasado, de la ¨¦poca en que esa instituci¨®n que representa a todos los gobiernos de la UE no ten¨ªa un presidente permanente. Esto explica a su vez por qu¨¦ la presidencia ha perdido poder con el tiempo, en beneficio del reci¨¦n nombrado presidente permanente, actualmente Charles Michel. Sin embargo, al no haber sido suprimida, la presidencia sigue siendo un elemento fijo de la maquinaria diaria de la Uni¨®n. Confiere a su titular el poder de fijar la agenda, al presidir pr¨¢cticamente todas las reuniones que se celebran entre los ministros de los Veintisiete y representar al Consejo en las relaciones con las dem¨¢s instituciones.
De ah¨ª la leg¨ªtima pero inc¨®moda pregunta:
?C¨®mo es posible que un Estado miembro de la UE ¡ªcomo Hungr¨ªa o Polonia¡ª que ha incumplido en m¨²ltiples ocasiones los valores fundamentales de la UE y cuyos fondos han sido suspendidos pueda presidir de forma cre¨ªble una de las principales instituciones de la UE? ?No existe un conflicto irreconciliable entre ostentar la Presidencia rotatoria del Consejo y estar incumpliendo persistentemente la legislaci¨®n de la UE?
Dado que se espera que cualquier gobierno que ostente la presidencia act¨²e como ¡°mediador honesto¡±, cabe preguntarse c¨®mo un gobierno que est¨¢ sujeto al procedimiento del art¨ªculo 7 (por incumplimiento sistem¨¢tico de los valores fundamentales de la UE) y cuyos fondos comunitarios han sido suspendidos puede presidir las reuniones del Consejo fijadas para abordar estas mismas cuestiones.
A pesar de no estar previsto legalmente, existen varias opciones para alterar la presidencia rotatoria entrante por parte de un Estado miembro.
Una opci¨®n es que todos los Estados miembros de la UE modifiquen ¡ªpor mayor¨ªa cualificada¡ª el orden de los pa¨ªses que ostentan la presidencia. Esto podr¨ªa retrasar el derecho de Hungr¨ªa y/o Polonia a ocupar la presidencia hasta una fecha indeterminada.
Una opci¨®n alternativa puede ser que los dos Gobiernos que ocupen las dos presidencias antes de Hungr¨ªa ¡ªes decir, B¨¦lgica (hasta el 24 de junio) y Espa?a (desde julio al 23 de diciembre)¡ª modifiquen sus acuerdos internos (troika) para alterar la Presidencia de Hungr¨ªa. Como resultado, todas las reuniones del Consejo que tuvieran que ver con el respeto del Estado de Derecho (Art. 7, suspensi¨®n de fondos de la UE, cumplimiento de hitos, etc.) podr¨ªan ser aseguradas por otros gobiernos (Espa?a y Portugal). Esto pasar¨ªa a la historia como la primera presidencia agotada del Consejo.
Otra opci¨®n podr¨ªa consistir en una suspensi¨®n total de la presidencia h¨²ngara, con B¨¦lgica y Espa?a dividiendo en dos los 6 meses de la h¨²ngara. De este modo, sus respectivas presidencias durar¨ªan 9 meses cada una.
Teniendo en cuenta que la presidencia h¨²ngara comenzar¨¢ justo despu¨¦s de las pr¨®ximas elecciones al Parlamento Europeo (julio-diciembre de 2024), cuando se produzcan los nombramientos m¨¢s importantes de la UE ¡ªdesde el Presidente de la Comisi¨®n hasta el del Consejo¡ª, el aplazamiento o la suspensi¨®n de la Presidencia parece adquirir cierto momentum pol¨ªtico.
M¨¢s a¨²n cuando la siguiente presidencia la ostentar¨¢ Polonia, otro Estado miembro rebelde.
Ahora la pelota pasa del Parlamento al Consejo, donde los l¨ªderes de la UE tendr¨¢n que responder el llamamiento del Parlamento ¡°para encontrar una soluci¨®n adecuada lo antes posible¡±. De no hacerlo, el Parlamento amenaza con tomar ¡°medidas apropiadas¡±, como boicotear el funcionamiento de la pr¨®xima presidencia h¨²ngara reduciendo la cooperaci¨®n al m¨ªnimo.
Mientras tanto, los gobiernos alem¨¢n, holand¨¦s y sueco han expresado p¨²blicamente de forma inesperada cierto apoyo a la idea, con la ministra de Estado alemana para Europa, Anna L¨¹hrmann, afirmando que tiene ¡°dudas sobre hasta qu¨¦ punto Hungr¨ªa puede llegar a ejercer una presidencia con ¨¦xito¡±. El Gobierno espa?ol a¨²n no se ha pronunciado p¨²blicamente, ya que su capacidad para ocupar la presidencia est¨¢ mermada dadas sus inminentes elecciones nacionales.
Independientemente de si finalmente se suspende la presidencia h¨²ngara (y luego la polaca) del Consejo, el mero hecho de contemplar tal posibilidad ampl¨ªa la caja de herramientas de que dispone Bruselas para obligar a los pa¨ªses rebeldes a cumplir sus obligaciones en virtud de la legislaci¨®n de la UE.
Esta amenaza sin precedentes a los gobiernos h¨²ngaro y polaco puede suscitar un debate pol¨ªtico y jur¨ªdico muy necesario sobre las condiciones en las que la UE puede aceptar a Estados miembros rebeldes dentro de la Uni¨®n. Hacerlo antes de las pr¨®ximas elecciones al Parlamento Europeo puede tener un efecto clarificador de cara al electorado europeo, que sigue esperando una respuesta pol¨ªtica al esc¨¢ndalo del Qatargate¡±.
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