El Constitucional da v¨ªa libre a Bildu para acudir a las elecciones
El Tribunal Constitucional autoriza la concurrencia de Bildu a las elecciones municipales y forales
El pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia hist¨®rica cargada de tensi¨®n y precedida de fort¨ªsimas presiones pol¨ªticas de un lado y otro, revoc¨® anoche la anulaci¨®n de las 254 listas de Bildu por la Sala Especial del Supremo y autoriz¨® la concurrencia de la coalici¨®n a las elecciones municipales de Euskadi y Navarra y a los comicios forales vascos del 22 de mayo. Los dos partidos legales de la coalici¨®n electoral, Eusko Alkartasuna (EA) y Alternatiba (una escisi¨®n de Ezker Batua), que hab¨ªan quedado fuera de la cita electoral, podr¨¢n concurrir en Bildu junto a los independientes que el Supremo identific¨® con la ilegalizada Batasuna. La decisi¨®n se adopt¨® por el estrecho margen de seis votos a cinco. El magistrado progresista Manuel Arag¨®n Reyes vot¨® con los conservadores. El texto completo de la sentencia y de los cinco votos particulares que se han anunciado se conocer¨¢n en los pr¨®ximos d¨ªas.
El Constitucional declara vulnerado el derecho de Bildu a acceder a los cargos p¨²blicos con los requisitos que se?alan las leyes, tal como establece el art¨ªculo 23 de la Constituci¨®n. En consecuencia, declara la nulidad de la sentencia del Supremo del pasado 1 de mayo que sostuvo que Bildu se hab¨ªa erigido en un "cauce simulado y fraudulento para soslayar la ilegalizaci¨®n judicial del brazo pol¨ªtico de ETA".
Votaron a favor de dejar a Bildu concurrir a las elecciones el presidente del Constitucional, Pascual Sala, el vicepresidente, Eugeni Gay y los magistrados Elisa P¨¦rez Vera, Pablo P¨¦rez Tremps, Luis Ortega, Adela As¨²a todos ellos del sector progresista. Anunciaron votos particulares discrepantes los conservadores Javier Delgado Barrio, Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas, Francisco Hernando Santiago y Francisco P¨¦rez de los Cobos. A estos se uni¨® el magistrado Manuel Arag¨®n, del sector progresista, que tambi¨¦n vot¨® con los conservadores en la sentencia sobre el Estatuto de Catalu?a.
La nueva ponencia de la sentencia definitiva recay¨® en el magistrado Luis Ortega, catedr¨¢tico de Derecho Administrativo, que se incorpor¨® al Tribunal en la ¨²ltima renovaci¨®n. Ser¨¢ por tanto el encargado de redactar la sentencia definitiva.
Antes de alcanzar el fallo, el Pleno vot¨® la ponencia inicial del magistrado Francisco Hernando Santiago, favorable a confirmar la sentencia del Supremo y mantener a Bildu fuera de las elecciones. La ponencia decay¨® por los mismos seis votos a cinco que despu¨¦s autorizaron la presencia de Bildu en las elecciones.
Esta es la segunda ocasi¨®n en que el Tribunal Constitucional tumba una resoluci¨®n de la Sala Especial del Tribunal Supremo, despu¨¦s de que en 2009 autorizase a la lista de Iniciativa Internacionalista, encabezada por Alfonso Sastre, a concurrir a las elecciones europeas.
La decisi¨®n comenz¨® a perfilarse a partir de que la Sala Segunda, inicialmente encargada del recurso, lo avocara al pleno. Este se reuni¨® pasadas las 20.30 de la tarde, y mantuvo como ponente al magistrado Francisco Hernando, cuya ponencia, favorable a confirmar la sentencia del Supremo, decay¨® por 6 votos a 5.
La correlaci¨®n de fuerzas era, en principio, de siete progresistas frente a cuatro conservadores, lo que favorec¨ªa las expectativas de Bildu. A medida que avanzaba la noche, se incrementaban las impresiones de que la sentencia del Supremo que expuls¨® a Bildu de la campa?a electoral pod¨ªa ser revocada.
La Sala Segunda declin¨® dictar sentencia despu¨¦s del empate registrado entre sus magistrados y avoc¨® la decisi¨®n al pleno.
Previamente, la prospecci¨®n entre los magistrados de la Sala Segunda, hab¨ªa reproducido las posiciones ideol¨®gicas entre los progresistas Eugeni Gay, presidente de la Sala, Elisa P¨¦rez Vera y Luis Ortega, favorables a revocar la sentencia de la Sala Especial del Supremo, frente a los conservadores Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas, Francisco Hernando Santiago y Francisco P¨¦rez de los Cobos, partidarios de mantener la expulsi¨®n de Bildu de las elecciones. A petici¨®n de los tres magistrados del sector progresista, la Sala remiti¨® al pleno la decisi¨®n sobre Bildu.
En su maratoniana jornada para resolver sobre la comparecencia de Bildu en las municipales, el Constitucional hab¨ªa comenzado debatiendo la recusaci¨®n del magistrado constitucional Francisco Hernando, al que Bildu atribuy¨® un "inter¨¦s directo o indirecto en el pleito" La recusaci¨®n de Hernando fue resuelta por el pleno del Tribunal, que la rechaz¨® de plano. El hecho de que Hernando presidiera en 2003 la Sala del 61 del Supremo que ilegaliz¨® a Batasuna "no constituye, de acuerdo con la doctrina constitucional, un motivo que permita poner en duda la imparcialidad del magistrado, ni tampoco el del ¨®rgano judicial del que forma parte", explic¨® el Tribunal.La Sala Segunda continu¨® los debates a las siete de la tarde. Tras remitir la decisi¨®n sobre Bildu al Pleno, el Constitucional estim¨® el recurso de la Agrupaci¨®n Electoral Independiente de Zalduondo (?lava), ilegalizada por el Supremo para presentarse a las elecciones del 22-M. Esta formaci¨®n est¨¢ compuesta por un ¨²nico candidato, Gustavo Fernando Fern¨¢ndez Villate, y fue avalada por 39 de los 160 habitantes de su municipio.
El Constitucional considera que la decisi¨®n del Supremo vulnera el "derecho a la participaci¨®n pol¨ªtica" de la agrupaci¨®n. La Sala ya "lamentaba" que el supremo hubiese hecho un "pormenorizado escrutinio" sobre "el historial pol¨ªtico y judicial de los candidatos".
Al obrar de este modo, el Supremo emprendi¨® una "v¨ªa improcedente" que el Constitucional resume as¨ª: "Si el designio fraudulento de crear un partido pol¨ªtico de facto o de desnaturalizar las agrupaciones, previo concierto entre ellas no ha quedado acreditado, toda indagaci¨®n ulterior no supone sino plantarse la posible exclusi¨®n de unas u otras agrupaciones". "Y ello, prosigue la sentencia, "a pesar de que no haya quedado acreditada trama o estrategia fraudulenta alguna".
La Sala Segunda del Constitucional tambi¨¦n abort¨® las alegaciones de la Fiscal¨ªa del Tribunal Constitucional y de la Abogac¨ªa del Estado, que presentaron en la madrugada anterior, junto a un informe de la Guardia Civil sobre "nuevas investigaciones a Bildu", fechado justo el 5 de mayo de 2011. Dicho informe incorpora un acta de una reuni¨®n supuestamente celebrada entre EA y ETA, pero en el mes de febrero de 2009, que fue incautado en el curso de una operaci¨®n del juzgado central de instrucci¨®n n¨²mero 3 de la Audiencia Nacional. El documento concluye que ETA y EA coincidieron en la necesidad futura "de articular una acumulaci¨®n de fuerzas independentistas". Finalmente, no hubo acuerdo para las elecciones europeas, si bien ETA sigui¨® apostando por la estrategia de "acumulaci¨®n de fuerzas independentistas" y por realizar una alianza estrat¨¦gica con EA, materializada finalmente en el acuerdo Lortu Arte, firmado por EA y Batasuna.
El acuerdo Lortu Arte fue considerado como prueba en la sentencia de la Sala del 61 del Tribunal Supremo, que anul¨® las listas de Bildu el pasado lunes, que apreci¨® que dicho documento pon¨ªa de manifiesto la pol¨ªtica de concertaci¨®n de EA con la izquierda abertzale ilegalizada, "lo que viene a reforzar la solidez de uno de los elementos objetivos en que se basa la sentencia recurrida", dicen los impugnantes. La Abogac¨ªa del Estado y el fiscal conclu¨ªan pidiendo al tribunal que admitiese el informe.?
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