El Constitucional avala la celebraci¨®n de manifestaciones en jornada de reflexi¨®n
Una sentencia de 2010 permite concentraciones si la capacidad de influir en el electorado es "remota"
El Tribunal Constitucional? avala la celebraci¨®n de manifestaciones durante la jornada de reflexi¨®n siempre y cuando su capacidad de influir en el electorado sea "remota". As¨ª lo estableci¨® el alto tribunal en una sentencia de 2010. En ella la Sala Segunda anulaba una decisi¨®n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa que en 2008 no autoriz¨® una manifestaci¨®n para conmemorar el D¨ªa Internacional de la Mujer por estar convocada el d¨ªa previo a unas elecciones auton¨®micas y poder afectar a la "tranquilidad y sosiegos deseables en el d¨ªa anterior al ejercicio del derecho al sufragio activo". El alto tribunal entendi¨® entonces que la "mera posiblidad" de vulnerar el derecho de participaci¨®n pol¨ªtica no pod¨ªa anular el derecho de reuni¨®n y manifestaci¨®n.
La "mera posiblidad" de vulnerar el derecho de participaci¨®n pol¨ªtica no puede anular el derecho de reuni¨®n y manifestaci¨®n
Esa resoluci¨®n apoya la determinaci¨®n del movimiento 15-M que est¨¢ a la espera de lo que esta tarde decida la Junta Electoral Central. A partir de las cinco se pronuncia sobre la prohibici¨®n de concentraciones que ayer acordaron varias juntas electorales provinciales. El organismo deber¨¢ unificar doctrina y decidir sobre las que se han convocado para el s¨¢bado, la jornada de reflexi¨®n.
El hecho es que la resoluci¨®n del alto tribunal contradice los argumentos que ayer esgrimi¨® la Junta Electoral de Madrid para vetar la concentraci¨®n de la Puerta del Sol. Seg¨²n el comunicado de la Delegaci¨®n del Gobierno, la manifestaci¨®n se desautoriz¨® por entender que no concurr¨ªan ¡°causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de la convocatoria solicitada en un espacio de 24 horas" y por considerar que "la petici¨®n del voto responsable" que reclama el Movimiento 15-M podr¨ªa "afectar a la campa?a electoral y a la libertad del derecho que tienen los ciudadanos a ejercer el voto". Motivos muy similares a los alegados en 2008 por la Junta Electoral Provincial de Sevilla.
Por esa v¨ªa llegar¨ªamos al absurdo de admitir la prohibici¨®n de toda reuni¨®n o manifestaci¨®n por el simple hecho de serlo y coincidir con la jornada de reflexi¨®n Sentencia Tribunal Constitucional
En la sentencia de 2010, el Constitucional -cuyo ponente fue su actual presidente, Pascual Sala S¨¢nchez- concluy¨® que aunque el art¨ªculo 53 de la Ley Org¨¢nica del R¨¦gimen Electoral General (LOREG) impide difundir propaganda o celebrar actos de campa?a durante la jornada de reflexi¨®n, eso no significa "naturalmente" que en ese d¨ªa no puedan desarrollarse manifestaciones cuyo objeto tenga algo que ver con el debate pol¨ªtico y, por tanto, pudea influir indirectamente en las decisiones de los electores. Para el alto tribunal, toda reuni¨®n puede conectarse "aunque sea de forma remota" con el debate pol¨ªtico y "por esa v¨ªa llegar¨ªamos al absurdo de admitir la prohibici¨®n de toda reuni¨®n o manifestaci¨®n por el simple hecho de serlo y coincidir con la jornada previa de reflexi¨®n".?
El Constitucional supera este silogismo y determina que "la mera sospecha" de que una manifestaci¨®n "pudiera perturbar la deseable neutralidad pol¨ªtica de la jornada de reflexi¨®n" no es una hip¨®tesis suficiente para "limitar el derecho de reuni¨®n en periodo electoral". En el fallo, el alto tribunal determina que ¨²nicamente podr¨ªa primar el dercho de "neutralidad pol¨ªtica propia de la jornada de reflexi¨®n" cuando las razones sean "meritorias y fundadas" y prueben el "car¨¢cter electoral de la manifestaci¨®n".?
Esta ma?ana los concentrados en la Puerta del Sol han registrado nuevas peticiones para legalizar su situaci¨®n y poder hacer una concentraci¨®n esta tarde con la autorizaci¨®n de la Junta Electoral Provincial, seg¨²n fuentes de la Delegaci¨®n del Gobierno en Madrid. Este organismo no ha tomado ninguna decisi¨®n, ya que est¨¢ a la espera de que resuelva de manera conjunta la Junta Electoral Central para ver si tienen obligaci¨®n de disolver a los concentrados o, por el contrario, pueden permanecer hasta el d¨ªa de las elecciones.?
Lo que s¨ª han confirmado desde la Delegaci¨®n del Gobierno y fuentes policiales es que el dispositivo de la Unidad de Intervenci¨®n Policial (UIP, m¨¢s conocidos por antidisturbios) se mantendr¨¢ durante toda la concentraci¨®n y que hasta el momento no han recibido ninguna orden del Ministerio del Interior para disolver a los concentrados. Durante las ¨²ltimas jornadas, la vigilancia de la zona estaba garantizada por m¨¢s de 500 agentes, entre polic¨ªas nacionales (el grueso del dispositivo) y municipales, que est¨¢n en apoyo de los primeros.
En 2010 los magistrados de la Sala Segunda se decantaron por preservar el derecho de reuni¨®n y manifestaci¨®n "a¨²n en detrimento de otros derechos, en especial los de participaci¨®n pol¨ªtica". Esta tarde lr toca pronunciarse a la Junta Electoral Central.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.