El Gobierno favorecer¨¢ el retorno de los menores 'sin papeles' a su pa¨ªs de origen
Hoy entra en vigor el Reglamento de Extranjer¨ªa que garantiza a las inmigrantes irregulares que denuncien maltrato que no ser¨¢n expulsadas
Hoy entra en vigor, con un a?o de retraso, el Reglamento de Extranjer¨ªa que desarrolla la Ley de Extranjer¨ªa de 2009. Con 266 art¨ªculos, la nueva norma es m¨¢s extensa que la anterior y busca, seg¨²n declar¨® la secretaria de Estado de Inmigraci¨®n, Anna Terr¨®n, en su presentaci¨®n, "consolidar un modelo basado en la regularidad, vinculado con el mercado de trabajo".
El reglamento incluye modificaciones materiales, favorece la protecci¨®n a los extranjeros en situaci¨®n de vulnerabilidad, fortalece la cooperaci¨®n con las comunidades aut¨®nomas, que ahora tienen m¨¢s competencias, y procura una mayor integraci¨®n de los inmigrantes.
Menores
El nuevo Reglamento se escuda en el principio del inter¨¦s superior de menor para favorecer el retorno de los menores extranjeros no acompa?ados a sus pa¨ªses de origen. Seg¨²n avanz¨® la secretaria de Estado de Inmigraci¨®n, este principio prima en "primera instancia" el desarrollo del menor en su entorno, por lo que el Estado optar¨¢ por la repatriaci¨®n, si eso garantiza que vaya a desenvolverse en un contexto familiar. Este proceso deber¨¢ ser impulsado por las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de la provincia donde se encuentre el menor con las m¨¢ximas garant¨ªas legales.
Si los menores cumplen la mayor¨ªa de edad indocumentados bajo la tutela de la administraci¨®n p¨²blica, podr¨¢n acceder a un permiso de residencia por circunstancias excepcionales si han "participado adecuadamente en las acciones formativas y actividades para favorecer su integraci¨®n social" programadas por la entidad encargada de su custodia.
Arraigo social
Es una de las principales novedades del Reglamento. El arraigo social es un nuevo motivo para solicitar la residencia temporal. Pretende evitar que haya menores espa?oles cuyos progenitores est¨¦n en situaci¨®n irregular. De acuerdo con el art¨ªculo 124.3 de la nueva norma "los inmigrantes en situaci¨®n irregular en Espa?a y que sean padres de menores de edad con nacionalidad espa?ola podr¨¢n solicitar la residencia temporal por espacio de un a?o, siempre que el progenitor tenga a cargo al menor y conviva con este o est¨¦ al corriente de las obligaciones paternofiliales".?
El nuevo Reglamento favorece el principio de inter¨¦s superior de menor
Pese a ser muy? esperada, no son tantas las personas que puedan acogerse al arraigo familiar. ?nicamente podr¨¢n hacerlo los inmigrantes que no tengan nacionalidad reconocida, es decir, los ap¨¢tridas, cuyos hijos hayan nacido en Espa?a o cuyo primer lugar conocido de estancia sea el territorio espa?ol. Y es que la mayor¨ªa de los hijos de padres extranjeros adquieren la nacionalidad de sus padres aunque hayan nacido en territorio espa?ol y seg¨²n el C¨®digo Civil, salvo en el caso de los descendientes de ap¨¢tridas, solo adquieren la nacionalidad espa?ola los menores que han nacido en Espa?a si uno de los progenitores tambi¨¦n es espa?ol.
El Reglamento mantiene la regularizaci¨®n por arraigo laboral, para la que se exigen dos a?os de residencia y un contrato laboral de duraci¨®n no inferior a seis meses, -lo que supone una rebaja respecto al anterior Reglamento que exig¨ªa un a?o-, por arraigo social (tres a?os en Espa?a, contrato laboral y v¨ªnculos familiares) y por razones de protecci¨®n internacional, humanitarias y por circunstancias excepcionales.
Informes de las comunidades aut¨®nomas
Para regularizar la situaci¨®n por arraigo, no basta con ser ap¨¢trida y tener un hijo nacido en territorio espa?ol, se requiere un informe que acredite el "esfuerzo de integraci¨®n" y la "adecuaci¨®n de la vivienda" de los solicitantes. Estos informes tambi¨¦n son necesarios para renovar la autorizaci¨®n o acceder a la reagrupaci¨®n familiar,
Solo podr¨¢n acogerse al arraigo social los inmigrantes ap¨¢tridas
Las comunidades aut¨®nomas en las que residan los solicitantes son las que deber¨¢n emitir ambos informes. En el que debe valorar el "esfuerzo de integraci¨®n", deber¨¢n tenerse en consideraci¨®n las acciones formativas destinadas al respeto y conocimiento de los valores constitucionales de Espa?a, los estatutarios de la comunidad aut¨®noma en la que resida, y los de la Uni¨®n Europea, los derechos humanos, o el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia. Respecto a este "aprendizaje", en Catalu?a, Pa¨ªs Vasco, Galicia, Valencia y Baleares, el criterio se centrar¨¢ en valorar el esfuerzo por aprender sus lenguas oficiales, pero no se exigir¨¢ un conocimiento de esos idiomas.
El informe que acredite la "adecuaci¨®n de la vivienda" del solicitante "para atender sus necesidades y las de su familia" tambi¨¦n podr¨¢ emitirlo el Ayuntamiento de la localidad donde el este resida, si as¨ª lo ha dispuesto la comunidad aut¨®noma correspondiente. Si en 30 d¨ªas el municipio o la administraci¨®n auton¨®mica no ha emitido el documento, podr¨¢ ser el propio inmigrante quien se los presente al Gobierno.
Violencia de g¨¦nero y trata
Otra de las novedades es la protecci¨®n a las mujeres en situaci¨®n irregular v¨ªctimas de la violencia de g¨¦nero o trata. En el art¨ªculo 131 se establece que "si al denunciarse una situaci¨®n de violencia de g¨¦nero contra una mujer extranjera se pusiera de manifiesto su situaci¨®n irregular" se suspender¨¢ el expediente administrativo sancionador por esta ¨²ltima causa, hasta que finalice el proceso penal por el maltrato. En el caso de que el expediente de expulsi¨®n no se hubiera iniciado todav¨ªa en el momento de presentar la denuncia por violencia de g¨¦nero, su apertura se pospondr¨¢ hasta que una sentencia o un informe del fiscal acredite que la mujer ha sido v¨ªctima de malos tratos. Mientras tanto, la afectada y sus hijos tendr¨¢n acceso a permisos temporales de residencia y trabajo.
La nueva regulaci¨®n del retorno voluntario pretende priorizar el acceso al contingente y a la contrataci¨®n en origen
La nueva norma modifica sustancialmente la situaci¨®n actual. Ahora la polic¨ªa puede iniciar el expediente de expulsi¨®n, aunque la deportaci¨®n quede suspendida hasta la resoluci¨®n del juez sobre los malos tratos. A partir de hoy, no se incoar¨¢ el expediente hasta que la justicia no se pronuncie sobre la violencia de g¨¦nero.
El Reglamento tambi¨¦n favorece la regularizaci¨®n de su situaci¨®n a los extranjeros sin papeles que sean "v¨ªctimas, testigos o perjudicados" y colaboren con las autoridades en la lucha contra redes organizadas de ¡°tr¨¢fico de seres humanos, inmigraci¨®n ilegal, explotaci¨®n laboral o de tr¨¢fico il¨ªcito de mano de obra o de explotaci¨®n en la prostituci¨®n¡±. En estas situaciones la norma da prevalencia a las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno para que determinen si el inmigrante en situaci¨®n irregular que contribuye en la investigaci¨®n est¨¢ exento o no del procedimiento administrativo sancionador en materia de extranjer¨ªa. Si el colaborador es v¨ªctima de la trata tendr¨¢ acceso a una autorizaci¨®n temporal de residencia y trabajo. Si se demostrara que la denuncia es falsa, la medida perder¨¢ su vigencia.
Retorno voluntario
Se trata de otra de las nuevas incorporaciones del Reglamento. A los inmigrantes que se hayan acogido a un programa de retorno voluntario a su pa¨ªs de origen -cuyos tr¨¢mites tambi¨¦n se han agilizado- y luego regresen a Espa?a, se les mantendr¨¢ su antig¨¹edad (el tiempo que han estado residiendo aqu¨ª) para comput¨¢rselo dentro del per¨ªodo necesario para adquirir los permisos de residencia y trabajo. Eso s¨ª, deber¨¢n haber estado al menos tres a?os en su pa¨ªs. Con esta medida se pretende "dar prioridad a esos inmigrantes en el acceso al contingente y a la contrataci¨®n en origen", explic¨® Ana Terr¨®n.
Reagrupaci¨®n familiar
La extinci¨®n de la residencia de larga duraci¨®n se producir¨¢ por la ausencia del territorio de la Uni¨®n Eurpea durante 12 meses consecutivos?
El Reglamento incluye por primera vez el supuesto de la pareja de hecho, frente al anterior que ¨²nicamente contemplaba el matrimonio. Para obtener la reagrupaci¨®n del primer familiar el inmigrante deber¨¢ acreditar unos ingresos equivalentes al 150% del Indicador P¨²blico de Renta de Efectos M¨²ltiples (IPREM) (532,51euros mensuales en 2011) y un 50% adicional para cada nuevo miembro de la familia que se integre.
Gesti¨®n colectiva de contrataci¨®n en origen
Es la nueva denominaci¨®n del "contingente" del anterior Reglamento. Con ¨¦l se pretende atraer a Espa?a a profesionales cualificados.
Extinci¨®n residencia de larga duraci¨®n
Es una de las principales modificaciones introducidas por el nuevo Reglamento. En la anterior regulaci¨®n uno de los supuestos para la p¨¦rdida de la residencia de larga duraci¨®n era la ausencia de Espa?a durante m¨¢s de 12 meses consecutivos o m¨¢s de 30 meses en el c¨®mputo de los cinco a?os de residencia. El art¨ªculo 166 de la norma actual establece que la extinci¨®n se producir¨¢ "por la ausencia del territorio de la Uni¨®n Europea durante 12 meses consecutivos" o "tras la ausencia de territorio espa?ol de seis a?os".
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