Alta traici¨®n
En el ¡®caso Fais¨¢n' solo por delirio pol¨ªtico o ignorancia jur¨ªdica se puede decir que hubo colaboraci¨®n con ETA
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, ha calificado el caso Fais¨¢n como un delito de alta traici¨®n, a?adiendo que deb¨ªa invalidar a Rubalcaba como candidato. Hay expresiones que resuenan como un trueno. Durante siglos los declarados traidores a la Patria perd¨ªan su cabeza bajo el limpio tajo del verdugo.
A estas alturas solo un despistado puede ignorar en que consiste el famoso caso Fais¨¢n que se pretende elevar por algunos a la categor¨ªa del asunto Dreyffus y al mismo tiempo emular a Emile Zola redactando un apocal¨ªptico Yo acuso. Las crisis pol¨ªticas y sociales que agitaron a Francia ante la falsedad de la acusaci¨®n no parecen observarse en Espa?a. Quiz¨¢ porque el asunto es de bajo vuelo como el ave en cuesti¨®n.
Fais¨¢n es el nombre de un bar al que presumiblemente tendr¨ªa que acudir un presunto etarra dedicado a cobrar el sarc¨¢sticamente denominado impuesto revolucionario. Es posible, ?por que no? que los m¨¢ximos responsables del Ministerio del Interior, decidieran, por razones de pol¨ªtica de Estado y en aras de consolidar unas expectativas de alto el fuego de la banda terrorista, demorar una operaci¨®n policial por si se produc¨ªa una decisi¨®n que ser¨ªa beneficiosa para todos los espa?oles.
Al conocerse estos detalles, algunos medios de comunicaci¨®n decidieron que ten¨ªan en sus manos una especie de Watergate que les iba a catapultar a la fama mundial. Estas expectativas fueron fantasiosamente valoradas. Se puede repasar la prensa internacional, desde que comenz¨® el ruido medi¨¢tico celtib¨¦rico, para comprobar que su repercusi¨®n no ha sido la que seguramente esperaban.
Con seguridad y rotundidad admirable se sostiene que el aviso o chivatazo, que queda m¨¢s castizo, constituye, ni m¨¢s ni menos, que un delito de colaboraci¨®n con banda armada. Solo el delirio pol¨ªtico o la m¨¢s supina ignorancia jur¨ªdica, puede sustentar esta afirmaci¨®n. Para adobar las informaciones se acude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo tritur¨¢ndola en peque?os fasc¨ªculos para uso y consumo de superficiales analistas disfrazados bajo el manto an¨®nimo de las fuentes jur¨ªdicas. No conozco ni un solo catedr¨¢tico de Derecho Penal que haya salido a la palestra sosteniendo tan peregrina tesis.
Perd¨®n por la perogrullada pero para colaborar hay que colaborar. El C¨®digo Penal, con car¨¢cter taxativo, describe cu¨¢les son los actos de colaboraci¨®n que constituyen delito. En primer lugar la colaboraci¨®n tiene que ser con grupos cuya finalidad sea la de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz p¨²blica. Los actos concretos consisten en vigilar e informar sobre personas, bienes o instalaciones, construcci¨®n o cesi¨®n de alojamientos o escondites, ocultaci¨®n o traslado de terroristas y organizar o asistir a pr¨¢cticas de entrenamiento. Como los supuestos podr¨ªan extenderse demasiado, cierra con una cl¨¢usula en la que incluye cualquier forma de colaboraci¨®n equivalente a las anteriores y m¨¢s concretamente la financiaci¨®n econ¨®mica activa o de otro g¨¦nero.
La pregunta es muy sencilla, ?en el caso Fais¨¢n se ha colaborado a subvertir el orden constitucional o se ha alterado gravemente la paz p¨²blica m¨¢s all¨¢ de gritos medi¨¢ticos? ?Se atrever¨ªa alguien a mantener las tesis de la colaboraci¨®n con el terrorismo en una reuni¨®n de Ministros del Interior de la Uni¨®n Europea?
La actuaci¨®n policial en modo alguno puede ser calificada de antijur¨ªdica
Me imagino la respuesta un¨¢nime: ?Oh, estos espa?oles, siempre tan imaginativos! No se puede considerar igual la actuaci¨®n policial cuestionada que los actos que acabamos de describir. Las conductas que describe el legislador son claramente contrarias a derecho. La actuaci¨®n policial en modo alguno puede ser calificada de antijur¨ªdica. Los juristas de ocasi¨®n deber¨ªan leer otras leyes en las que se autoriza a la polic¨ªa a infiltrarse en bandas terroristas, adoptar identidades falsas y retrasar la incautaci¨®n de efectos, declar¨¢ndoles exentos de responsabilidad criminal por los hechos que cometieren siempre bajo unas pautas de proporcionalidad.
Nadie con criterio medianamente sano se atrever¨ªa a comparar el acto que se imputa indiciariamente a los jefes de la polic¨ªa antiterrorista, con el carpintero o alba?il que construye un zulo o un refugio, con el familiar o amigo que da cobijo a un terrorista o con el falsificador que les proporciona documentos de identidad falsos. Todos ellos pueden actuar sin compartir la ideolog¨ªa o los fines de la banda terrorista pero incuestionablemente saben y asumen que cometen un acto de colaboraci¨®n penalmente castigado. ?Se puede afirmar, sin sonrojo, que los jefes policiales que luchan contra el terrorismo ayudan a los terroristas, cuando planifican una estrategia policial?
Es necesario repasar toda la jurisprudencia sin ocultar los hechos que han motivado las resoluciones del Tribunal Supremo. Hemos dicho de forma clara y rotunda, con ocasi¨®n del intento de criminalizar las conversaciones entre pol¨ªticos vascos y la ilegalizada Batasuna, que no nos corresponde el control de la actividad pol¨ªtica ejercida por los gobiernos democr¨¢ticamente elegidos, entre la que se encuentra la b¨²squeda de la mejor opci¨®n de gobierno para garantizar la ordenada convivencia social.
Tambi¨¦n hemos recordado que el ejercicio del control judicial sobre la actuaci¨®n del Poder Ejecutivo debe respetar la regla democr¨¢tica que encomienda a este ¨®rgano la direcci¨®n de la pol¨ªtica interior y exterior.
El juez que lleva la causa y dos de los magistrados que vieron los recursos contra sus resoluciones insisten y reiteran que se encuentran ante simples indicios.
Creo que la realidad es otra. Es cierto que se avis¨® al due?o del bar Fais¨¢n y se hizo por las razones que venimos exponiendo. Como recuerda el voto disidente, los hechos investigados, en s¨ª mismos considerados, ni colaboran ni aportan nada a la organizaci¨®n terrorista. No se puede sostener que existe revelaci¨®n de secretos en una decisi¨®n policial perfectamente justificada y suficientemente motivada. Lo del encubrimiento es de aurora boreal.
En estos momentos la justicia se ve inmersa, en pleno proceso electoral, en un hecho con repercusiones exclusivamente pol¨ªticas. Demorar su soluci¨®n solo puede ocasionar da?os y efectos demoledores para su prestigio.
Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, exmagistrado del Tribunal Supremo es comisionado de la Comisi¨®n Internacional de Juristas (Ginebra).
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